Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 1999 (30/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 30 de marzo de 1999

Estando a las atribuciones del Concejo Municipal senaladas en los Arts. 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ACORDO: Articulo Primero.- Fijar en S/. 1,400.00 (SON: MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el monto de la dieta que perciben los Regidores por concepto de asistencia efectiva a cada sesion de Concejo. Articulo Segundo.- Establecer, en cuanto a la remuneracion mensual a percibir por la Sra. Alcaldesa de esta municipalidad, sera la que corresponde al nivel remunerativo a su cargo. Articulo Tercero.- El egreso que origine lo indicado en los articulos anteriores, afectaran las correspondientes partidas presupuestales de la municipalidad. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 4104

3º.- Encargar a la Direccion de Administracion velar por el cumplimiento del presente acuerdo. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4192

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Designan auxiliar coactivo de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 219-99-MDSL San MORDAZA, 18 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 200-99-MDSL, se designo a la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a la Srta. MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA en los cargos de AUXILIARES COACTIVOS conforme al Concurso Publico de Meritos S/N realizado para designar a un Ejecutor y dos Auxiliares Coactivos de la Municipalidad de San MORDAZA, obteniendo el primer y MORDAZA puesto respectivamente en el referido concurso; Que la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta renuncia irrevocable al cargo de Auxiliar Coactivo, la misma que fue aceptada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 216-99-MDSL; Que, encontrandose vacante el cargo de AUXILIAR COACTIVO es necesario designar a la persona que asuma dicho cargo a efectos de cubrir el mismo; Que, de la revision del Libro de Actas de la Comision de Evaluacion del Concurso Publico, se visualiza que el tercer lugar en orden de meritos fue obtenido por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de acuerdo a las calificaciones contenidas a fojas 31; Que, estando a lo expuesto y teniendo en consideracion que el Articulo 33º del D.S. Nº 005-90-PCM preve que se pueden cubrir vacantes de iguales caracteristicas a las que postularon, en estricto orden de meritos y segun la "Lista de Elegibles" a que se refiere el acotado articulo, la administracion ha visto por conveniente designar al postulante que ocupo el tercer lugar; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26979, Decreto Legislativo Nº 276 y D.S. Nº 005-90PCM y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir del 22 de marzo de 1999 al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad de San Luis. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolucion a la Direccion Municipal, Oficinas de Rentas, Administracion, Unidad de Personal, Tesoreria y la Oficina de Presupuesto y Planificacion en cuanto le corresponde. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4193

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Ratifican para el presente ano la remuneracion del MORDAZA y el monto de la dieta que percibian los regidores en el ejercicio anterior
ACUERDO DE CONCEJO Nº 13-99-ACDM Miraflores, 24 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en sesion ordinaria de fecha 23 de marzo de 1999; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26317, modificatoria del Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, dispone que los Alcaldes y Regidores son rentados, conforme lo permita el presupuesto y la disponibilidad de los recursos de cada municipalidad; asimismo, se establece que los Alcaldes reciben una remuneracion mensual y los Regidores perciben dieta por sesion; Que, la percepcion de la dieta de los Regidores esta condicionada a la asistencia efectiva a las sesiones de Concejo y a la labor que desempenen en la Comisiones de Trabajo, las mismas que demandan conocimiento, dedicacion y tiempo; Que, el Concejo Distrital de Miraflores acordo no incrementar tanto el monto de las dietas como la remuneracion mensual del MORDAZA para el presente ejercicio presupuestal, teniendo en cuenta la disponibilidad de los recursos economicos y lo presupuestado para el presente ano; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo por UNANIMIDAD; ACORDO: 1º.- Ratificar para el Ejercicio Presupuestal 1999, el nivel remunerativo que venia percibiendo el senor MORDAZA durante el ejercicio 1998. 2º.- Ratificar para el presente Ejercicio Presupuestal, el monto de las dietas que venian percibiendo los senores Regidores durante el ejercicio 1998. La dieta de los Regidores estara condicionada a la asistencia efectiva a las sesiones de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de cuatro sesiones al mes.

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