Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 1999 (23/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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que fuera solicitada con posterioridad al acuerdo de su destitucion, atendiendo a que la investigacion y el MORDAZA disciplinario seguidos en su contra fueron realizados de oficio y, por lo tanto, no le es aplicable el plazo de prescripcion a que se contrae el Articulo 204º de la Ley Organica del Poder Judicial y, mucho menos, el termino establecido en la MORDAZA administrativa a que se refiere el Articulo 41º de la Resolucion Nº 337-98-MP-CEMP, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Fiscalia Suprema de Control Interno, por referirse ambos casos a acciones disciplinarias seguidas como consecuencia de una denuncia de parte, y solo por ese caracter privado opera el plazo de prescripcion y no cuando la investigacion y el MORDAZA disciplinario subsiguiente provienen de fuente oficial". MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 13420

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Declaran fundada denuncia y dan por concluida designacion de magistrado como fiscal provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 810-99-MP-CEMP MORDAZA, 22 de octubre de 1999 VISTO: Oficio Nº 811-99-(EXP. Nº 392-98)-MP-F.SUPR.C.I., de fecha 21 de octubre de 1999, que adjunta el Expediente Nº 392-98 que contiene la denuncia-queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA -suspendido temporalmente en el ejercicio de sus funciones-, por el delito de Corrupcion de Funcionarios e Irregularidades en el Ejercicio de su Funcion; y, CONSIDERANDO: Que, "con fecha 21 de MORDAZA de 1998, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, formula denuncia, por cuanto el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA le estaria cobrando la suma de S/. 1,000.00 para no investigar una denuncia verbal de un tercero, que le llevaria a perder la tenencia del menor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que se encontraba en su poder mediante una adopcion irregular, por lo que el Despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno, mediante Resolucion Nº 014-98-MP-F.SUPR.C.I de fecha 21 de MORDAZA de 1998 dispuso la realizacion de una visita extraordinaria"; Que, "de la investigacion realizada, analisis de los documentos presentados, informe de descargo de fojas 173, cinta magnetofonica, video, demas actuado y oido el Fiscal investigado en Audiencia previa de fecha 18 de octubre de 1999, se advierte que, con fecha 23 de MORDAZA de 1998, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de San MarcosCajamarca, se realizo un operativo contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caballero"; Que, "luego de ingresar el denunciante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, ingreso al Despacho del Fiscal, converso con el y le entrego la suma de S/. 1,000.00, ocurriendo que el investigado salio detras del denunciante y al observar que se acercaban los integrantes del operativo, opto por retomar apresuradamente, dirigiendose a los servicios higienicos, donde se presume arrojo el dinero recibido, el mismo que no fue ubicado, conforme se aprecia del contenido del acta de intervencion de fojas 04-06 y la declaracion indagatoria de la senora MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Tecnico Administrativo de dicha Fiscalia, quien indica que el Fiscal

regreso apresuradamente hasta su despacho luego de acompanar al denunciante a la MORDAZA (fojas 07)"; Que, se advierte de la transcripcion del video a fojas 225, que el Fiscal primero niega haberse acercado a la MORDAZA del Despacho que da acceso a la MORDAZA y luego acepta que si fue hasta alli, tambien refiere que fue al bano y declara no haberse percatado de haber accionado la descarga de agua del inodoro, lo que objetivamente se advirtio que si habia efectuado, verificandose contradicciones que abonarian a los demas indicios; Que, "del dialogo entre el denunciante y el Fiscal denunciado, transcrito a fojas 236 y 237, respectivamente, se advierte que el Fiscal dice: "oiga, pero yo no busco, la gente viene y me dice aca", y luego, cuando el denunciante manifiesta que se ira de San MORDAZA para evitar que le quiten al MORDAZA, el Fiscal dice: "y como vas a corresponder si es que no..." todo lo cual es indicio de la comision del ilicito denunciado, pues todo el dialogo incide a sugerir una contraprestacion economica"; Que, "ante la presencia de los Fiscales intervinientes y los hechos suscitados, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, opto por presentar su renuncia al cargo, entregando su solicitud con firma legalizada, la misma que fuera canalizada ante la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico"; Que, "a fojas 33 y 34 se tiene las declaraciones juradas con firma legalizada de MORDAZA MORDAZA Roncal y Manfredi MORDAZA MORDAZA, quienes senalan que el magistrado investigado solicito dinero en los procesos que se ventilaron en la mencionada Fiscalia"; Que, por resolucion, de fecha 3 de marzo de 1999 (fojas 218), emitida por la doctora MORDAZA I. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Fiscal Superior Presidenta de la Comision Descentralizada Distrital de Control Interno del Ministerio Publico - MORDAZA, se acumula la investigacion por delito de Corrupcion de Funcionarios, a la iniciada por Irregularidad en el Ejercicio de sus Funciones por tratarse de los mismos hechos; Que, de autos se aprecia que la conducta cuestionada del Fiscal Provincial investigado no constituye Irregularidad Funcional, sino indicios de la comision del delito de Corrupcion de Funcionarios; Que, de conformidad con el Informe Nº 037-99-MP-FNF.SUPR.C.I., de fecha 21 de octubre de 1999, emitido por la Fiscalia Suprema de Control Interno y lo establecido en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 52 - Ley Organica del Ministerio Publico, el inciso e) de la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, modificado por la Ley Nº 27147 y la Resolucion Nº 337-98-MP-CEMP, modificada por Resolucion Nº 726-98-MP-CEMP; estando al Acuerdo Nº 6920 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA, por delito de Corrupcion de Funcionarios e INFUNDADA por Irregularidades en el Ejercicio de sus Funciones contra el citado Fiscal. Decidase el ejercicio de la accion penal en su contra. Remitanse los actuados al Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA, para la formalizacion de la denuncia penal. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 902-92-MP-FN, de fecha 23 de diciembre de 1992. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Vocal Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de MORDAZA, Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecu-

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