Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 1999 (23/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 1999

General de Habilitacion MORDAZA Art. 9º, Decreto Supremo Nº 011-99 MTC Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitacion MORDAZA, Art. 10º del Capitulo II en lo concerniente a aprobacion de Habilitaciones Urbanas y que se ha cumplido con los requisitos de la Ordenanza Nº 134 de la Municipalidad de MORDAZA que aprueban el Reglamento de Actualizacion y Reajuste del Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana, que cuentan con informe aprobatorio de Desarrollo MORDAZA Nº 198-99 PV-MDC e Informe Nº 016-99 STDC-MDC de Defensa Civil por lo cual se ha procedido a la evaluacion correspondiente por los especialistas tecnicos en conformidad con las atribuciones que faculta la Ley a las Municipalidades Distritales en su Articulo 6º del D.S. Nº 022-97 MTC y D.S. Nº 011-98 MTC Articulo 7º. Y que el Informe Tecnico Nº 0010-99 TVM, da la conformidad correspondiente a la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA denominada Las MORDAZA de la Planicie, en forma progresiva, la misma que cumple con los formas tecnicas del Reglamento Nacional de Construccion y los aportes reglamentarios de MORDAZA de recreacion, serpar, educacion y salud al igual que las vias publicas y los servicios de agua y alcantarillado y energia electrica tienen factibilidad por los concesionarios correspondientes; h) Que el dos de junio de 1999 el recurrente mediante oficio se acogio al beneficio que la Ley y sus normas otorga en la aprobacion del Proyecto de Habilitacion MORDAZA al MORDAZA del Art. 3º de la Ley General de Habilitacion MORDAZA al MORDAZA del Art. 3º de la Ley General de Habilitacion MORDAZA D.S. Nº 022-98 MTC Art. 13º, D.S. Nº 011-98 MTC Art. 14º y D.S. Nº 022-90 PCM Art. 26º Ley General de Simplificacion Administrativa; i) Que estando al Informe Nº 47-99-AL-MDC, de la Oficina de Asesoria Legal, el mismo que opina por la procedencia de lo solicitado y contenidos en los considerandos anteriormente glosados; Y en virtud a las facultades conferidas por el Art. 3º y a la Sexta Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, Articulo 13º de D.S. Nº 011-98 y Articulo 14º del D.S. Nº 022-90-PCM y Articulo 26º de la Ley General de Simplificacion Administrativa Nº 25035 y el Numeral 6 del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APRUEBESE, los planos de proyecto de lotizacion y trazados para la habilitacion MORDAZA de uso residencial de baja densidad "RIS", del terreno de 104,076.73 m2, denominado "LAS MORDAZA DE LA PLANICIE" ubicado en el distrito de Cieneguilla en la Quebrada La Planicie MORDAZA "B", de conformidad con los considerandos y a los establecidos y las normas MORDAZA senaladas. Articulo Segundo.- Establezcase el plan de ejecucion de obras en tres etapas sucesivas en forma de construccion progresiva distribuida de la siguiente manera en area de lotizacion: PRIMERA ETAPA MORDAZA ETAPA TERCERA ETAPA 12,882.84 M2 12,240.00 M2 13,666.00 M2

Articulo Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el Capitulo IV del Reglamento de Tramitacion Administrativa del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA para la provincia de MORDAZA, aprobada por el Decreto de Alcaldia Nº 134-96-MML del 28 de noviembre de 1996, los recurrentes deberan gestionar la Inscripcion Preventiva ante los Registros Publicos de los aportes reglamentarios para Recreacion Publica de la Mz. G1 Lote 1 con area de 8,270.00 m2 y servicios de parques ubicados en la Mz. E Lotes 11 y 12 con un area de 1470 m2, area de Educacion ubicada Mz. F Lote 9 area 1470 m2 y otros fines Mz. E Lote 13 con un area de 747.67 m2. Articulo Quinto.- La publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, estara a cargo de los interesados. Articulo Sexto.- Transcribase a los Registros Publicos para la Inscripcion Provisional individualizada de Lotes y a la Municipalidad de Cieneguilla para los fines del caso. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13386

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran inaplicable en el distrito la Ordenanza Nº 211 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sobre ratificacion de normas de caracter tributario
ORDENANZA Nº 09 MORDAZA MORDAZA, 13 de octubre de 1999 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 13 de octubre de 1999, el Proyecto presentado por los senores Regidores; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece el MORDAZA de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 192º de la acotada Ley Fundamental establece que "Las municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos municipales"; Igualmente, su Articulo 74º establece que "Los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley". No surten efecto las normas tributarias contrarias a lo que establece el presente articulo; Asimismo, la Constitucion, establece claramente en su Articulo 51º, "LA CONSTITUCION PREVALECE SOBRE TODA MORDAZA LEGAL, LA LEY SOBRE NORMAS DE INFERIOR JERARQUIA Y ASI SUCESIVAMENTE"; Que, recogiendo estos preceptos constitucionales, la Ley Nº 23853 "Ley Organica de Municipalidades", en su Articulo 10º, inciso 4) establece que "Las Municipalidades son competentes para crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos, conforme a Ley". Asimismo el Articulo 94º; de la misma ley, senala que "Las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias se aprueban por la muncipalidad mediante EDICTOS. Los Edictos de las Municipalidades Distritales requieren de la ratificacion del Concejo Provincial para su vigencia". Luego el Articulo 109º dice: "Los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante ordenanzas, edictos y acuerdos". A continuacion el Articulo 110º define "Las ORDENANZAS son normas generales que regulan la organizacion, administracion o prestacion de los servicios publicos locales, el cumplimiento de las funciones generales o especificas de las municipalidades o establecen las limitaciones y modalidades impuestas a la propiedad privada" y en relacion a los edictos dice: "Los Edictos son normas generales por cuya virtud se aprueban los tributos municipales y el reglamento de Organizacion interior". De otro lado el Articulo 122º de la Ley Organica de Municipalidades estable-

Articulo Tercero.- Autorizase la inscripcion provisional individualizada de los lotes que constituyen el area total que es de 104,076.73 m2, correspondiente a area util de 63,146.51 m2 distribuidos de la siguiente manera: AREA TOTAL AREA LOTIZACION AREA DE APORTES AREA ARBORIZACION AREA DE VIAS MORDAZA DE FORESTACION Mz. A B C D E F G H Nº de Lotes 10 11 10 10 13 9 4 1 68 Numeracion 1 al 10 1 al 11 1 al 10 1 al 10 1 al 13 1 al 9 1 al 4 1 TOTAL 104,076.73 38,788.84 11,957.67 10,180.22 12,400.00 30,750.00 M2 M2 M2 M2 M2 M2

Area 6,189.94 m2 6,692.90 m2 6,120.00 m2 6,120.00 m2 8,566.67 m2 6,412.00 m2 2,375.00 m2 8,270.00 m2 50,746.51 m2

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