Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2000 (12/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2000

Que, por Decreto Supremo Nº 010-97-AG del 9 de junio de 1997, se faculto al Ministerio de Agricultura para que, a traves del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural PETT, tramite los expedientes sobre denuncios de tierras eriazas segun las normas establecidas en dicho dispositivo expidiendose asi mismo, como MORDAZA complementaria la Resolucion Ministerial Nº 0467-97-AG; designandose para tal efecto mediante Resolucion Ministerial Nº 0152-99-AG, una Comision Ad Hoc de Saneamiento Fisico-Legal de terrenos eriazos; Que, revisados los Expedientes Nºs. EI-024 y EI-026 tramitados por ante la Unidad Agraria Departamental Lima-Callao, se han emitido los Informes Tecnicos Nºs. 185 y 293-98-AG-PETT-CE/EEP de fecha 27 de octubre y 30 de diciembre de 1998 y los Informes Legales Nºs. 18 y 17AG-PETT-CAH/L de fecha 20 de enero de 1999 respectivamente concluyendose en los primeros, luego de las evaluaciones tecnicas efectuadas a los documentos presentados por los titulares de los denuncios como "Estudios de PreInversion", que estos no reunen los requisitos minimos para ser calificados como tales, opinandose en los segundos en consecuencia, que los procedimientos devienen en improcedentes; Que, asimismo revisados los Expedientes Nºs. 2389-93SAG-I y 1232-84-RA-VII, tramitados por ante la ex Direccion Regional Agraria VII-Ica, se han emitido los Informes Legales Nºs. 040 y 041-99-AG-PETT-CAH/L ambos de fecha 17 de febrero de 1999, en los que se da cuenta que en el primer expediente, se presento el documento denominado "Estudios de pre-inversion de riego y drenaje" en forma extemporanea con fecha 11 de MORDAZA de 1977, excediendo el plazo legal establecido, y en el MORDAZA expediente, no se presento ningun Proyecto, Estudio o algun documento similar, por lo que en ambos casos no reunen los requisitos minimos senalados en el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 010-97-AG; Que, en merito a los mencionados Informes Tecnicos y Legales, que incorporados forman parte integrante de la presente Resolucion, la Comision Ad Hoc de Saneamiento fisico-legal de terrenos eriazos ha emitido el Informe Tecnico-Legal Nº 002-99-AG-PETT-CAH-010 de fecha 1 de marzo de 1999, opinando porque se declare la improcedencia del tramite administrativo de los expedientes a que se refiere el MORDAZA considerando y la caducidad del tramite administrativo de los expedientes citados en el considerando precedente, en aplicacion de las normas contenidas en el Decreto Supremo Nº 010-97-AG; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 006-98-AG, Decreto Supremo Nº 010-97-AG y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0467-97-AG y 0152-99AG, t con las visaciones del Presidente de la Comision Ad Hoc y de la Directora (e) de la Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal de Predios Rurales del PETT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la improcedencia y caducidad del tramite administrativo de los expedientes sobre denuncio de tierras eriazas con fines de irrigacion y/o drenaje, que a continuacion se detallan, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.
U.A.D. LIMA-CALLAO COD. NOMBRE CAUSAL Improcedente Improcedente AREA (ha.) 945.00 948.75 DIST. PROV. DPTO. Huaura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaura MORDAZA

ECONOMIA Y FINANZAS
Nombran vocal del Tribunal Fiscal
RESOLUCION SUPREMA Nº 093-2000-EF MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 98º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Vocales del Tribunal Fiscal son nombrados por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar como Vocal del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economia y Finanzas a la doctora MORDAZA Munoz Garcia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 4179

Aceptan donacion efectuada a favor del Instituto de Investigacion Nutricional
RESOLUCION SUPREMA Nº 094-2000-EF MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Universidad Johns Hopkins de Baltimore, Maryland, Estados Unidos de MORDAZA, ha efectuado una donacion a favor del Instituto de Investigacion Nutricional consistente en diversos bienes, que estan destinados a implementar su laboratorio y biblioteca que presta apoyo a los proyectos que benefician a la poblacion MaternoInfantil de zonas mas deprimidas del pais; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

EI-024 MORDAZA A. MORDAZA Brazzini EI-026 Cooperativa Agraria 28 de MORDAZA Ltda.

EX DIRECCION REGIONAL AGRARIA VII-ICA 2389-93SAG-I 1232-84RA-VII MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caducidad y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asociacion Agraria Caducidad "Proyecto San Juan" 13,100.00 2,860.26 MORDAZA MORDAZA Ica Ica Ica Ica

Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion con arreglo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT 4143

Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano la donacion efectuada por la Universidad Johns Hopkins de Baltimore, Maryland, Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Instituto de Investigacion Nutricional, consistente en tubos para centrifuga, viales y otros bienes, que se encuentran detallados en la Resolucion Directoral Nº 084-99-SA/OFICE de fecha 15 de MORDAZA de 1999 del Ministerio de Salud, con un peso aproximado de 159 kgs., segun Guia Aerea Nº 045-7131 1063 de Lan Chile. Dicha donacion esta destinada a implementar el laboratorio y la biblioteca del Instituto de Investigacion Nutricional, que presta apoyo a los proyectos que benefician a la poblacion MaternoInfantil de zonas mas deprimidas del pais. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-

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