Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2000 (17/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
LEY Nº 27309

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Pag. 190419

"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2000 ANO XVIII - Nº 7329

CONGRESO DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

1. Los conyuges, concubinos, ascendientes, descendientes y afines en linea recta. 2. El consorte viudo, respecto de los bienes de su difunto conyuge, mientras no hayan pasado a poder de tercero. 3. Los hermanos y cunados, si viviesen juntos." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de junio del dos mil. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia 8127

LEY QUE INCORPORA LOS DELITOS INFORMATICOS AL CODIGO PENAL
Articulo Unico.- Objeto de la ley Modificase el Titulo V del Libro MORDAZA del Codigo Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 635, con el texto siguiente: " TITULO V (...) CAPITULO X DELITOS INFORMATICOS Articulo 207º-A.- El que utiliza o ingresa indebidamente a una base de datos, sistema o red de computadoras o cualquier parte de la misma, para disenar, ejecutar o alterar un esquema u otro similar, o para interferir, interceptar, acceder o copiar informacion en MORDAZA o contenida en una base de datos, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no mayor de dos anos o con prestacion de servicios comunitarios de cincuentidos a ciento cuatro jornadas. Si el agente actuo con el fin de obtener un beneficio economico, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no mayor de tres anos o con prestacion de servicios comunitarios no menor de ciento cuatro jornadas. Articulo 207º-B.- El que utiliza, ingresa o interfiere indebidamente una base de datos, sistema, red o programa de computadoras o cualquier parte de la misma con el fin de alterarlos, danarlos o destruirlos, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de tres ni mayor de cinco anos y con setenta a noventa dias multa. Articulo 207º-C.- En los casos de los Articulos 207º-A y 207º-B, la pena sera privativa de MORDAZA no menor de cinco ni mayor de siete anos, cuando: 1. El agente accede a una base de datos, sistema o red de computadora, haciendo uso de informacion privilegiada, obtenida en funcion a su cargo. 2. El agente pone en peligro la seguridad nacional. CAPITULO XI DISPOSICION COMUN Articulo 208º.- No son reprimibles, sin perjuicio de la reparacion civil, los hurtos, apropiaciones, defraudaciones o danos que se causen:

LEY Nº 27310
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 11º DE LA LEY Nº 27269
Articulo Unico.- Objeto de la ley Modificase el Articulo 11º de la Ley Nº 27269, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 11º.- Los Certificados de Firmas Digitales emitidos por Entidades Extranjeras tendran la misma validez y eficacia juridica reconocidas en la presente Ley, siempre y cuando tales certificados MORDAZA reconocidos por la autoridad administrativa competente." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de junio del dos mil.

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