Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2001 (05/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de agosto de 2001

Horario : H24 Ubicacion de la Planta Retransmisora : Av. Serafino MORDAZA Cuadra 4, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin. Coordenadas: L.O. 76° 57' 14.3" L.S. 06° 02' 9.7" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- La empresa CORPORACION GESTION S.A. esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 28697

029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso de Operacion de Transporte Turistico de ambito departamental a favor de la empresa de transporte MORDAZA SERVICIOS TURISTICOS S.A.C. por el periodo de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: AMBITO : Departamento de MORDAZA MODALIDAD : Traslados, visitas y excursiones. FLOTA VEHICULAR : Un (1) omnibus de placa: UZ-1606 (1994) Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS y demas disposiciones vigentes concernientes al Servicio de Transporte Turistico Terrestre de Pasajeros por Carretera que se autoriza. Tercero.- La empresa no podra realizar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera, bajo apercibimiento de aplicarse la sancion establecida en la Tercera Disposicion Complementaria del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Decreto Supremo Nº 046-99-MTC y de reincidirse se dejara sin efecto la autorizacion del Permiso de Operacion dispuesta en el Articulo Primero de esta resolucion. Cuarto.- La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 26634

Otorgan permiso de operacion de transporte turistico a favor de MORDAZA Servicios Turisticos S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 825-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 28 de junio de 2001 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2001-003271 de fecha 28 de marzo del 2001, organizado por la empresa de transporte MORDAZA SERVICIOS TURISTICOS S.A.C., sobre Permiso de Operacion para realizar Servicio Publico de Transporte Turistico, Informe Nº 414-2001MTC/15.18.04.1 y Memorandum Nº 1582-2001-MTC/ 15.18.04 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transporte MORDAZA SERVICIOS TURISTICOS S.A.C. mediante el expediente indicado en Vistos y al MORDAZA del Reglamento de Empresas de Transporte Turistico aprobado por Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS, solicita permiso de operacion para realizar Servicio Publico de Transporte Turistico en las modalidades de traslados, visitas y excursiones, para el ambito departamental; Que, en el Informe Tecnico Nº 414-2001-MTC/ 15.18.04.1 elaborado por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional, se concluye que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0292000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 1582-2001-MTC/15.18.01 y de Asesoria Legal en Informe Nº 922-2001-MTC/15.18.01; De conformidad con lo establecido en la Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS de fecha 6 de febrero de 1978, Oficio Nº 1283-2001-MITINCI/VMT/DNT, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 07089-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº

Sancionan a diversos conductores con suspension de sus licencias de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1053-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 0215806, 0261106, 0261506, 0251106, 0272606, 0251406, 0223006, 0248306, 0216306, 0214406, 0268406, 0268306, 0268206, 0268006, 0268706, 0271206, 0272206, 0274706, 0274806, 0243306, 0242506, 0245806, 0243106, 0238706, 0239306, 0236006, 0236206, 0234806, 0247406, 0247706, 0254606, 0252306, 0236906, 0253606, 0264506, 0264606, 0256906, 0256706, 0256206, 0259106, 0259506, 0265706, 0266106, 0224106, 0266506, 0245306, 0225006, 0224406, 0227306, 0227406, 0228406, 0232706, 0220806, 0220906, 0223506, 0223406, 0222306, 0226806, 0226506, 0225606, 0261706, 0266806, 0266906 y 0267006, organizados en torno a la infraccion al Reglamento de MORDAZA, por conducir en estado de ebriedad, Informe Nº 5322001-MTC/15.18.05.03.AA. emitido por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorandum Nº 970-2001MTC/15.18.05. de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarias de la Policia Nacional del Peru, han remitido las Licencias de Conducir retenidas a sus titulares por conducir vehiculos en ESTADO DE EBRIEDAD comprobado con el examen etilico corres-

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