Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2001 (05/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de agosto de 2001

do con los terminos contenidos en el Anexo Nº 1 al presente CONVENIO. 7.2 Designar a un coordinador y un asesor legal quienes actuaran como sus interlocutores validos frente a LA MUNICIPALIDAD. 7.3 Disponer que las personas designadas conforme al acapite anterior asistan por lo menos ................. al mes a la sede donde funcionara el Comite Especial constituido por Resolucion Suprema Nº ........-2001-EF para llevar adelante el MORDAZA de promocion de la inversion privada en LOS PROYECTOS. 7.4 Colaborar con el Comite Especial en el diseno del Plan de Promocion. 8. OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD En virtud el presente CONVENIO, seran obligaciones de LA MUNICIPALIDAD, las siguientes: 8.1 Brindar todo el apoyo que requiera el Comite Especial para el exito del MORDAZA de promocion de la inversion privada en LOS PROYECTOS. 8.2 Coadyuvar a lograr el apoyo de la poblacion al MORDAZA de promocion de la inversion privada en LOS PROYECTOS, difundiendo las bondades del mismo. 8.3 Brindar todas las facilidades que los miembros del Comite Especial y las personas que LA DIRECCION designe con arreglo al numeral 7.2 de la clausula 7., soliciten para el cumplimiento del objeto del presente convenio. 8.4 Coordinar con las Municipalidades Distritales, en aquellos casos en que por la naturaleza de LOS PROYECTOS, puedan resultar involucradas en el MORDAZA de promocion de la inversion privada. (Esta disposicion solo se aplica si el Convenio fuera celebrado con una Municipalidad Provincial) 8.5 Suscribir todos aquellos contratos necesarios para el desarrollo del MORDAZA de promocion de la inversion privada en LOS PROYECTOS que el Comite Especial determine y cuyo financiamiento estara a cargo de la COPRI como GASTOS DEL PROCESO. 8.6 Suscribir los contratos como resultado del MORDAZA de promocion de la inversion privada en LOS PROYECTOS, una vez que el adjudicatario hubiere cancelado el importe de los GASTOS DEL FOPRI y de los GASTOS DEL MORDAZA, quedando expresamente establecido que, sin este requisito, no podra suscribirlos. 8.7 Efectuar el reembolso de los GASTOS DEL FOPRI y los GASTOS DEL MORDAZA, si por cualquier razon ajena a LA DIRECCION el MORDAZA de alguno de los PROYECTOS fuere suspendido o dejado sin efecto sin su conformidad o si a su solo criterio estimare que ello ha ocurrido. 9. GASTOS DEL FOPRI 9.1 Las partes reconocen como GASTOS DEL FOPRI, la suma de US$ ...................... mensuales contados a partir de la fecha de suscripcion del presente CONVENIO, por cada uno de los proyectos que conforman LOS PROYECTOS y de los que se puedan incluir en el futuro mediante Addendum. Dicha suma mensual por proyecto cubrira todos los gastos en los que incurra LA DIRECCION para la ejecucion del presente CONVENIO. 9.2 Los GASTOS DEL FOPRI seran reembolsados por los respectivos adjudicatarios de la buena pro

de cada concurso que para el otorgamiento de concesion se convoque. Con tal fin, en las Bases de cada Concurso o Licitacion se establecera que mediante circular dirigida a los postores oportunamente, se MORDAZA a conocer el importe de los GASTOS DEL FOPRI que deberan reembolsar directamente a LA DIRECCION en la fecha de cierre, sin cuyo requisito LA MUNICIPALIDAD no suscribira el contrato respectivo. 9.3 Lo senalado en el punto 9.2 anterior no sera de aplicacion y en consecuencia sera LA MUNICIPALIDAD la que deba reembolsar los GASTOS DEL FOPRI, si por cualquier razon ajena a LA DIRECCION el MORDAZA de promocion de la inversion privada en alguno de los proyectos que conforman LOS PROYECTOS fuere suspendido o dejado sin efecto sin su conformidad, o si a su solo criterio estimare que ello ha ocurrido. Dicho reembolso debera producirse dentro de los quince dias siguientes de la comunicacion notarial que remita LA DIRECCION expresando la ocurrencia de alguno de los hechos mencionados en el parrafo anterior. 10.NUEVOS PROYECTOS La inclusion de nuevos proyectos dentro de los alcances del presente CONVENIO deberan seguir los procedimientos establecidos en los Lineamientos para el Apoyo a las Municipalidades, Sociedades de Beneficencia y demas entidades del Estado, aprobados mediante Acuerdo COPRI No. 353-02-2001. 11.TERMINACION DEL CONVENIO Cualquiera de las partes podra poner fin al presente CONVENIO mediante una comunicacion notarial cursada por escrito con por lo menos 15 dias de anticipacion, quedando LA MUNICIPALIDAD obligada al reembolso de los GASTOS DEL FOPRI y los GASTOS DEL MORDAZA conforme se define a estos en las clausulas MORDAZA y tercera, dentro de los quince dias de efectuada la liquidacion correspondiente por LA DIRECCION. Si la DIRECCION decidiera poner fin al CONVENIO por razon no imputable a la MUNICIPALIDAD, esta queda liberada de los reembolsos a que se refiere el parrafo anterior. 12.SOLUCION DE CONTROVERSIAS Toda controversia derivada de la interpretacion o ejecucion de este CONVENIO que no pudiera solucionarse de manera directa por las partes, sera sometida a arbitraje de derecho. Al efecto, cada parte designara a un Arbitro y entre ambos arbitros designados elegiran a un tercero que presidira el Tribunal Arbitral. El arbitraje se desarrollara en la MORDAZA de MORDAZA, bajo las reglas contenidas en la Ley General de Arbitraje. 13.JURISDICCION Sin perjuicio de lo senalado en la clausula anterior, en el caso de requerirse la intervencion del Poder Judicial, las partes se someten a la jurisdiccion de los jueces y tribunales de MORDAZA, debiendo al efecto LA MUNICIPALIDAD, senalar domicilio en la MORDAZA de Lima. Suscrito en ......................, a los ........ dias del mes de .............de 2001, en dos ejemplares de igual valor.

LA MUNICIPALIDAD

LA DIRECCION

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