Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2001 (27/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 27 de febrero de 2001
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, de la evaluacion realizada por la Gerencia de Auditoria Interna de COOPOP a la documentacion referida al pago de honorarios derivados del Contrato de Locacion de Servicios que celebro el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maggia con la citada Entidad para el desarrollo de actividades en calidad de apoyo a Proyectos Sociales por el plazo de un mes del 1 al 31 de diciembre del 2000, se evidencia que el arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de la Unidad Operativa Huamanga solicito y dispuso al area de Contabilidad de dicha sede el pago de S/. 1,200 nuevos soles a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maggia por concepto de honorarios, emitiendose al respecto la orden de servicio y comprobante de pago que contaban con la conformidad y aprobacion del citado ex funcionario y de la CPC MORDAZA MORDAZA Riveros; Que, al recabar la informacion sustentatoria correspondiente al pago del servicio brindado por el senor MORDAZA Maggia, tales como el informe de los trabajos desarrollados en diciembre 2000, el informe de trabajo del contratado, y el cuaderno de control de asistencia del mes MORDAZA citado, el personal comisionado por la Gerencia de Auditoria Interna de COOPOP observo en este ultimo documento que se habia insertado de manera irregular el nombre y apellidos, las horas de ingreso y salida y las firmas del senor MORDAZA MORDAZA Maggia, adulterandose el cuaderno de control de asistencia; Ante el indicio de que el pago de S/. 1,200 nuevos soles efectuado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maggia por honorarios, se hubiese realizado sin que este hubiera desarrollado sus servicios y menos aun asistido para cumplir con ello, se requirio la manifestacion de la Especialista Administrativa CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien en su Informe Nº 007-2001COOPOP-UOH/ADM senala que el senor MORDAZA Maggia se constituyo a la oficina de COOPOP-HUAMANGA la MORDAZA semana de diciembre, ordenando el arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA formalizar su contrato, "regularizar" su control de asistencia disponiendo ademas el pago de sus honorarios, acto irregular de todo punto de vista si se considera de acuerdo a la accion de control que el contratado no presto el servicio requerido, no registro asistencia para cumplir con dicho compromiso limitandose a asistir a la citada Unidad Operativa de COOPOP la MORDAZA semana de diciembre del 2000 con el proposito de efectuar el cobro de sus honorarios. En consecuencia, conforme agrega la misma accion de control el contenido del Informe Nº 001-2000-APS-COOPOP/HGA emitido por el senor MORDAZA MORDAZA Maggia en el que sostiene haber participado en la organizacion y ejecucion de las campanas y eventos de informacion, apoyo en la elaboracion de la programacion de actividades y facilitador en el dictado de cuatro cursos de taller de "Organizacion y Liderazgo" carece de sustento; Que, el hecho de haber sido adulterado el cuaderno de control de asistencia por disposicion del arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el proposito de "regularizar" la asistencia del senor MORDAZA MORDAZA Maggia y la emision de documentos internos carentes de veracidad, hace presumir que ademas de la responsabilidad administrativa que le alcanza al arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA conjuntamente con la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, existen indicios de la Comision de Delito Contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos en General y Falsedad Ideologica previstos y penados por los Articulos 427º y 428º del Codigo Penal, debiendose agregar que constituye un agravante el hecho que se dispuso adulterar el control de asistencia del contratado con el proposito de obtener el cobro de recursos de COOPOP sin que se cumpliera con el compromiso pactado, lesionandose de esta manera los intereses de COOPOP y por ende del Estado, no obstante haber devuelto el senor MORDAZA Maggia casi un mes despues de su cobro los S/. 1,200 nuevos soles percibidos indebidamente; Que, los indicios de responsabilidad penal del arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de COOPOP-HUAMANGA alcanzan tambien a la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien facilito el irregular cobro de honorarios contando con la activa participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maggia; lo cual amerita para los fines pertinentes la investigacion por parte del organo jurisdiccional competente; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH modificado por el Decreto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales pertinentes en contra del ARQ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA

por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la Procuraduria Publica de PROMUDEH para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 18990

RELACIONES EXTERIORES
Modifican articulo del Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 016-2001-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 0013/RE, de fecha 5 de octubre de 1984, y modificado por Decreto Supremo Nº 0016/RE, de fecha 13 de noviembre de 1989, el Concurso de Admision esta comprendido por diversas pruebas, la MORDAZA de las cuales es el Examen de Concepto (Art. 22º "e"); Que, segun el Articulo 27º del mismo Reglamento, "el Examen de Concepto constara de una prueba escrita y una prueba oral. La nota sera el promedio aritmetico de ambas"; Que, en el literal "c" de dicho articulo, se prescribe que "la prueba oral se rendira ante un MORDAZA conformado por el Secretario General o un representante MORDAZA quien lo presidira, los Subsecretarios de Politica Bilateral, de Administracion, de Politica Multilateral, de Politica Especial y de Asuntos Economicos; el Director de la Academia Diplomatica y el Director del Instituto Peruano de Relaciones Internacionales"; Que, como resultado de reorganizaciones administrativas, los actuales cargos de Subsecretarios corresponden a otra estructura administrativa y se da tambien el caso de que ya no existe el Instituto Peruano de Relaciones Internacionales; Que, siendo necesario conformar un MORDAZA cuya composicion corresponda a la actual estructura organica, en vista de la proximidad del Concurso de Admision a la Academia Diplomatica para el ano 2001, y que, al mismo tiempo, traduzca la conveniencia de contar con un organo examinador que adopte decisiones agiles y equilibradas; DECRETA: Articulo Unico.- Modifiquese el Articulo 27º, literal "c", del Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru que fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 0013/ RE, de fecha 5 de octubre de 1984, y modificado por Decreto Supremo Nº 0016/RE, de fecha 13 de noviembre de 1989, sustituyendo su tenor por el siguiente: "c) La prueba oral se rendira ante un MORDAZA conformado por el Viceministro Secretario General o un representante MORDAZA quien lo presidira, el Director de la Academia Diplomatica, el Director General de Desarrollo de Recursos Humanos, un Embajador en retiro y un Profesor de la Academia, quienes seran designados por el mismo Viceministro Secretario General". Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de febrero de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 19010

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