Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2001 (27/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de febrero de 2001

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante los cuales solicita se deje sin efecto la suspension del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica, declarado en la Resolucion Nº 1351-2000-JNE, por revocatoria del mandato de detencion que existia en su contra; y, se le reponga en el cargo de MORDAZA del citado Concejo; El Oficio Nº 55-01-JPVCH-EXP.Nº 2000-416.SA recibido el 9 de febrero del ano 2001, el Juez Titular del Primer Juzgado Penal de Chincha, informa que se ha dictado mandato de comparecencia contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tejada; el mismo que se encuentra confirmado; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 1351-2000-JNE de fecha 13 de diciembre del ano 2000, el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra suspendido en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Sunampe, a resultas del MORDAZA penal que se sigue en su contra ante el MORDAZA Juzgado Penal de Chincha, por la comision de los delitos de concusion ilegal y falsificacion de documentos, en agravio de la Municipalidad Distrital de Sunampe y el Estado; convocandose provisionalmente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA para que asuman los cargos de MORDAZA y Regidor respectivamente; Que de fojas 41 a 43, obra la resolucion de fecha 13 de diciembre del 2000, por el cual el MORDAZA Juzgado Penal de Chincha revoca el mandato de detencion por el de comparecencia al inculpado procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la instruccion que se le sigue por delito contra la administracion publica - concusion, en agravio de la Municipalidad Distrital de Sunampe, disponiendo la excarcelacion del citado procesado; auto confirmado por la Sala Mixta de Chincha mediante resolucion de fecha 18 de enero del ano 2001, segun consta a fojas 51 y 52; Que el Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, dispone que, concluido el MORDAZA penal respectivo, el MORDAZA o Regidor absuelto reasume sus funciones en forma automatica e inmediata; Que conforme lo dispone el Articulo 29º de la citada ley, la suspension de los cargos de MORDAZA y Regidor es la privacion temporal del ejercicio del cargo MORDAZA por imposibilidad fisica y, tratandose de la causa por impedimento legal mientras subsista el mandato de detencion, si bien, en el caso de autos no ha concluido el MORDAZA penal con la absolucion del procesado, sin embargo, la causa que origino la suspension ha desaparecido; por tanto, procede su reincorporacion en el cargo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA reasuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica. Articulo Segundo.- Dar por concluida las designaciones de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA en los cargos de MORDAZA y Regidora del Concejo Distrital de Sunampe, respectivamente; y, dejar sin efecto las credenciales que le fueron otorgadas. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 18981

remitidos por MORDAZA Cedan MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Celendin, departamento de MORDAZA, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de regidor MORDAZA MORDAZA Carrascal, por motivo de ausencia de la localidad por mas de 30 dias e inasistencia injustificada a sesiones de concejo, solicitando se nombre reemplazante; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en sesion ordinaria de fecha 2 de octubre del 2000, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; cinco (5) votos a favor, de un total de seis (6) integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor correspondiente a MORDAZA MORDAZA Carrascal, por las causales de vacancia previstas en los numerales 2) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, tal como aparece de la MORDAZA del acta que corre de fojas 17 a 20; asimismo, por Resolucion Nº 017-2000-MDJCH, se ratifico la declaratoria de la mencionada vacancia, tal como aparece de la MORDAZA que obra a fojas 21; Que, del analisis de autos se establece que, el concejo recurrente no ha cumplido con remitir las constancias de notificacion realizadas al regidor MORDAZA MORDAZA Carrascal citandolo a las sesiones de fechas 12, 19, 24 de septiembre y 2 de octubre del 2000, toda vez que, los documentos cuya MORDAZA obra de fojas 10 a 12, emitidos por el Juez de Paz de Primera Nominacion del distrito de MORDAZA MORDAZA, si bien hacen mencion a notificaciones realizadas al regidor en mencion no indican a que sesiones fue citado, observandose que en los mismos se senala que dicho regidor trabaja en la MORDAZA de Chachapoyas; no habiendose acreditado haber realizado las citaciones a sesiones de concejo, conforme a ley; conforme lo dispuesto por el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, por otro lado, si el Juez de Paz de Primera Nominacion del distrito de MORDAZA MORDAZA informa que el regidor MORDAZA MORDAZA Carrascal se encuentra en la MORDAZA de Chachapoyas, teniendo en consideracion que se trata de una persona ausente, el concejo recurrente no acredita que MORDAZA cumplido con notificar al regidor MORDAZA MORDAZA Carrascal el acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo MORDAZA, mediante la publicacion de edictos o la difusion de mensajes por empresas de radiodifusion de la localidad, a fin de no limitar su derecho de defensa; de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 165º y 169º del Codigo Procesal Civil; Que, asimismo, el certificado expedido por el gobernador del distrito de MORDAZA MORDAZA que, acreditaria la supuesta ausencia de la localidad del regidor MORDAZA MORDAZA Carrascal por mas de 30 dias consecutivos, no precisa la fecha exacta el periodo de ausencia de MORDAZA MORDAZA Carrascal y si la misma perdura; Que, el citado de concejo no ha acreditado que el regidor MORDAZA MORDAZA Carrascal se encuentre incurso en las causales de vacancia establecidas en los numerales 2) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por tanto, deviene, en nulo el acuerdo y la resolucion de concejo que declaran la vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA Carrascal, por no ser los mismos conforme a ley; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulos e insubsistentes el acuerdo del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA de sesion ordinaria de fecha 2 de octubre del 2000 y la Resolucion Municipal Nº 007-2000-MDJCH de fecha 5 de octubre del 2000, que declaran la vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA Carrascal en el citado concejo, por no estar conforme a ley; en consecuencia, improcedente la solicitud de nombramiento de reemplazante en el cargo de regidor, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Celendin, departamento de Cajamarca. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA Carrascal continua desempenando el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, elegido para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 18983

Declaran que regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA continua en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 200-2001-JNE MORDAZA, 26 de febrero de 2001 Visto, el Expediente Nº 1588, formado con los escritos recibidos el 5 de diciembre del 2000 y 15 de enero del 2001,

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