Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2001 (27/11/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 213126

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2001

Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para el Servicio de Produccion de Un (1) Millon de Cuadrifolios, con informacion del Programa MIVIVIENDA para encarte publicitario; Que, la presente resolucion debe ser informada al Directorio, para su ratificacion; SE RESUELVE: 1. Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ano 2001 del Fondo MIVIVIENDA. 2. Hacer de conocimiento la presente resolucion a las areas interesadas del Fondo MIVIVIENDA y al Comite Especial Permanente, para que se proceda a llevar a cabo el correspondiente MORDAZA de seleccion. 3. Disponer que la administracion del Fondo MIVIVIENDA, comunique en los plazos establecidos a las entidades correspondientes y poner a disposicion del publico interesado, la presente modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2001, asi como, proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias siguientes a su aprobacion. 4. Disponer que la Gerencia de Promocion de Mercados, incluya en la Pagina WEB del Fondo MIVIVIENDA, la presente modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2001. 5. Poner a disposicion del Directorio del Fondo MIVIVIENDA la presente resolucion para su ratificacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA S. Secretario Ejecutivo Fondo MIVIVIENDA 35178

recta; entre otros, las adquisiciones que se realicen entre entidades del sector publico nacional, de acuerdo a los criterios de economia que se establezcan en el reglamento de esta norma; Que, el Articulo 20º de la precitada MORDAZA legal, establece las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, estableciendose entre estas la elaboracion de un informe tecnico legal, la expedicion de Resolucion por el Titular del Pliego y su publicacion en el Diario Oficial, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de dicha resolucion y su informe legal correspondiente; Que, el Articulo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM, dispone que la exoneracion entre entidades del Estado a que se refiere el Articulo 19º inciso a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debe estar sustentada en un informe tecnico - economico, en el que se demuestre la existencia de condiciones y requisitos vinculados con la conveniencia o ventaja que ofrece la adquisicion en comparacion con los precios del MORDAZA, el costo de oportunidad de la adquisicion y la mayor eficiencia de contratar con el Estado, asi como la idoneidad y viabilidad de la adquisicion; Que, el informe del visto, precisa el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales establecidos por las normas que regulan la materia para la configuracion de la situacion de excepcion que franquea la Ley, por lo cual es procedente la expedicion del acto administrativo que refrende la adquisicion del servicio para la elaboracion de los ejemplares de un Atlas de Mapa de Peligros en el Peru, a cargo del Instituto Geografico Nacional - IGN; el cual se encuentra justificado tecnica y legalmente; EN CONSECUENCIA:

INDECI
Autorizan contratacion del servicio adecuacion, sistematizacion y elaboracion de un Atlas de Mapa de Peligros en el Peru mediante procedimiento de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 476-2001-INDECI MORDAZA, 19 de noviembre de 2001 VISTO: El Memorandum Nº 1910-2001-INDECI/ 12.0 de fecha 7.11.01, a traves del cual, la Direccion Nacional de Logistica, traslada el requerimiento del Comite de Ciencia y Tecnologia del Instituto Nacional de Defensa Civil, para la contratacion del servicio adecuacion, sistematizacion y elaboracion de un Atlas de Mapa de Peligros en el Peru, a cargo del Instituto Geografico Nacional - IGN, requerimiento formulado en el MORDAZA del convenio PREANDINO; asi como el Informe Tecnico Legal Nº 033-2001INDECI/5.0, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica del INDECI, sobre la exoneracion de los procesos de seleccion para la adquisicion del servicio en mencion; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 19º inciso a) del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Di-

Estando a los documentos del visto, con las visaciones de la Oficina de Asesoria Juridica, Planificacion y Presupuesto; y de conformidad con el Articulo 19º inciso a) del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como del Articulo 106º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM; y de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion del servicio referido en la parte considerativa de la presente Resolucion, autorizandose en consecuencia a la Direccion Nacional de Logistica a contratar dicho servicio, a traves del procedimiento de menor cuantia. Articulo Segundo.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 6,500 (seis mil quinientos dolares americanos), suma que incluye impuestos y tributos a que hubiere lugar. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General e Imagen Institucional, remita MORDAZA de la presente Resolucion con su respectivo informe legal a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion y asi mismo, ejecute las acciones correspondientes para la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 35179

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.