Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2002 (21/08/2002)


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Orden de las letras despues del sorteo 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º 13º 14º 15º 16º 17º 18º 19º 20º 21º 22º 23º 24º 25º 26º 27º

NORMAS LEGALES
Denominacion que empieza con: C D U X W V A P O N N M L K J I F E T S R Q

MORDAZA, miercoles 21 de agosto de 2002

Observamos que si hay una organizacion politica cuyo nombre comienza con la letra "Y" en esta jurisdiccion, entonces la posicion en cedula seria la siguiente: Posicion en la Organizacion Cedula Politica 1º Buena Vecindad 2° Barrio Alto 3° Yoyo es el Vecino De igual manera se procede para ubicar en la cedula a las organizaciones politicas locales de ambito distrital. 10 Salidas · Acta del Sorteo 14924

Realizado este paso se ordenan las organizaciones politicas aplicando el resultado del sorteo solo al primer caracter de su denominacion. Si existen coincidencias respecto al primer caracter, se procede a comparar el MORDAZA caracter teniendo en cuenta esta vez, el orden alfabetico; si la coincidencia persiste, se compara el tercer o MORDAZA caracter segun se presente y se ordena alfabeticamente. Ejemplo: Las organizaciones politicas locales provinciales de una jurisdiccion X son tres: Barrio Alto Yoyo es el Vecino Buena Vecindad Segun el resultado del ejemplo, tenemos que la primera posicion corresponde a la organizacion politica cuya denominacion comienza con la letra del primer bolillo extraido, o sea, la letra "B" (ver la tabla Resultados del Sorteo, en el ejemplo precedente). Observamos que, para la primera posicion se tiene dos organizaciones politicas cuya denominacion empieza con la letra "B" Barrio Alto Buena Vecindad Para saber cual de ellas va primero se compara la MORDAZA letra de su denominacion y se ordena alfabeticamente. Barrio Alto Buena Vecindad Considerando que en el alfabeto la letra "a" esta MORDAZA de la letra "u". Entonces, el orden de las organizaciones politicas de ambito provincial en la cedula es: Posicion en la Cedula 1º 2º 3º Organizacion Politica Barrio Alto Buena Vecindad

Aprueban diseno de cedulas de votacion a utilizarse en las Elecciones Regionales y Municipales 2002
RESOLUCION JEFATURAL Nº 284-2002-J/ONPE MORDAZA, 20 de agosto de 2002 VISTOS: El Memorandum Nº 199-2002-GIEE/ONPE, de fecha 19 de agosto de 2002, mediante el cual la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral remite el Formato de las Cedulas de Sufragio que seran utilizadas en las Elecciones Regionales y Municipales 2002, y las especificaciones tecnicas de las mismas. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM, de fecha 18 de marzo del ano en curso, el senor Presidente Constitucional de la Republica, convoco a Elecciones Regionales y Municipales para el MORDAZA 17 de noviembre del 2002, Que, de conformidad con el articulo 2º de la Ley Nº 26487, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular, manifestada a traves de los procesos electorales de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que el literal c) del articulo 5º del precitado dispositivo legal senala que es funcion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, senala en su articulo 5º, literal b) que es funcion de la ONPE disenar la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo; Que la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones establece en su articulo 159º, que corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales determinar las caracteristicas de las cedulas de sufragio, disponer lo relacionado con la impresion y distribucion de las mismas en la forma que estime mas conveniente, asi como las indicaciones ilustrativas que debe llevar la cedula para facilitar el MORDAZA al elector; Que el precitado dispositivo legal senala en su articulo 165º que el diseno de la cedula de sufragio debe "publicarse y presentarse ante los personeros de partidos politicos, las organizaciones politicas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos dias calendario del cierre de inscripcion de candidaturas"; Que de acuerdo al articulo 56º, literal f) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales aprobado mediante Resolucion Nº 190-2002-J/ONPE, es funcion de la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral proponer y efectuar el diseno de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo MORDAZA de materiales que permi-

Nota: Si la coincidencia continua, se comparara alfabeticamente la tercera o cuarta letra hasta determinar el orden. En el ejemplo, la tercera posicion en la cedula corresponde a la organizacion politica cuyo nombre comienza con la letra "Z" (ver tabla Resultados del Sorteo) pero observamos que en esta jurisdiccion no hay una organizacion politica cuya denominacion empieza con la letra "Z"; entonces, sube a la tercera posicion la organizacion politica cuyo nombre comienza con la letra "Y"; para ello vamos a la tabla de Resultados del Sorteo.

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