Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2002 (21/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 21 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 045-2002-INFES-VIVIENDA Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud MORDAZA, 20 de agosto del 2002

Que, de acuerdo al articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del IRTP aprobado por D.S. Nº 0562001-ED, el Titular del Pliego Presupuestal y el Organo de Direccion Administrativa de mas alto nivel de la Institucion es el Presidente Ejecutivo; De conformidad con el D. Leg. Nº 829, D.S. Nº 0562001-ED, D.S. Nº 012-2002-PCM y D.S. Nº 013-2002-PCM; SE RESUELVE:

Vista la renuncia formulada por el arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 013-2002-ME-INFES, de fecha 31 de MORDAZA del 2002 y publicada el 4 de junio del 2002, se le designo en el cargo de confianza de Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES. Que, el citado funcionario mediante carta del 16 agosto del 2002, ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando. Que, el cargo de confianza de Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud INFES, se encuentra vacante por renuncia de su Titular. De conformidad con lo dispuesto en los articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 y los articulos 18º y 19º inciso b del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-PRES. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, la renuncia formulada por el arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo del INFES 14884

Articulo 1º.- Declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-IRTP, para la contratacion de servicio de mantenimiento de la flota vehicular del IRTP, debiendo retrotraerse dicho MORDAZA a la etapa de elaboracion de las bases. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion, asi como poner en conocimiento de los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA DE OCA Presidente Ejecutivo 14903

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Aprueban inclusion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para contratacion de servicios de edicion y reproduccion de videos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 283-2002-J-OPD/INS
MORDAZA, 19 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, requiere la provision de bienes y servicios que aseguren el logro de los objetivos programados para el presente Ejercicio Presupuestal; Que, por Resolucion Ministerial Nº 214-98-SA/DM, se designa al Instituto Nacional de Salud como Unidad Especial de Ministerio de Salud para proporcionar apoyo administrativo y gerencial de los fondos de donacion y contrapartida peruana de la actividad Vigia; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 005-2002-JOPD/INS de fecha 04 de enero del 2002, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud, para el Ejercicio Presupuestal del ano 2002; Que, a traves del Oficio P-VIGIA Nº 754-02 la Directora del Proyecto VIGIA, solicita la contratacion de servicios de edicion y reproduccion de los videos correspondientes al "Curso de microbiologia de las infecciones intrahospitalarias" y "II Curso de vigilancia, prevencion y control de las infecciones intrahospitalarias", por un monto referencial de S/. 28,000.00 (VEINTIOCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); contratacion que no se encuentra contemplada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, referido en el Considerando precedente; Que, mediante Informe Nº 113-2002-DE-OEPP-OGAT/ INS, la Oficina Ejecutiva de Planificacion y Presupuesto, comunica que existe la correspondiente prevision presupuestal para el gasto; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 26850 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberan ser aprobadas por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa para su inclusion en el mismo; En uso de las atribuciones establecidas en el articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 144-2002-SA/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la inclusion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto de Salud,

IRTP
Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa publica convocado para la contratacion de servicio de mantenimiento de la flota vehicular del IRTP
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 084-2002-IRTP
MORDAZA, 14 de agosto de 2002 Visto el expediente del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002/IRTP, para la contratacion de servicio de mantenimiento de la flota vehicular del IRTP, se ha determinado que las bases no han sido lo suficientemente precisas; CONSIDERANDO: Que, se ha llevado a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-IRTP, para la contratacion del servicio de mantenimiento de la flota vehicular del IRTP; Que, de la revision del expediente se ha determinado que las bases no han sido lo suficientemente claras, lo que no ha permitido hacer una evaluacion precisa; Que, de acuerdo al articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2002-PCM, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, puede declarar de oficio la nulidad de un MORDAZA de seleccion hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

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