Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2002 (05/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 5 de febrero de 2002
DISPOSICION FINAL

Ascenso, aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAGCD, modificado por Resolucion Nº 020-2001-AMAG-CD, en los articulos que a continuacion se detalla, cuyo tenor en adelante sera el siguiente: "Articulo 1º.- Contenido y alcance El presente Reglamento MORDAZA el desarrollo de los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura del Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados (PFA), dirigido a los magistrados titulares y secretarios o relatores titulares. Articulo 2º.- Base legal El presente Reglamento tiene como base legal el Articulo 151º de la Constitucion Politica; el literal b) del Articulo 2º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335; el literal b) del Articulo 7º del Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 0222001-AMAG/CD; y las partes pertinentes del Reglamento del Programa de Capacitacion para el Ascenso (PCA), aprobado por Resolucion Nº 011-99-CRG-AMAG, modificado por Resolucion Nº 025-99-CRG-AMAG. Articulo 8º.- De los Cursos Especiales del PFA Los cursos especiales del PFA comprende los siguientes: a. De capacitacion para el ascenso a Vocal Supremo y Fiscal Supremo, al que podran postular los Vocales Superiores Titulares, los Fiscales Superiores titulares y los Fiscales Adjunto Supremo titulares, que cumplan con los requisitos correspondientes. b. De capacitacion para el ascenso a Vocal Superior y Fiscal Superior, al que podran postular los Jueces Especializados o Mixtos titulares y los Fiscales Provinciales titulares o los Fiscales Adjunto Superior titulares, que cumplan con los requisitos correspondientes. c. De capacitacion para el ascenso a Juez Especializado o Mixto y Fiscal Provincial, al que podran postular los Jueces de Paz Letrados titulares, los Secretarios y Relatores de Sala Superior o Suprema titulares, y los Fiscales Adjunto Provincial titulares respectivamente, que cumplan con los requisitos correspondientes. d. De capacitacion para el ascenso a Juez de Paz Letrado, al que podran postular los Secretarios y Relatores de Sala Superior o Suprema titulares, que cumplan con los requisitos correspondientes. Articulo 9º.- Metodologia Los Cursos Especiales combinan la metodologia de ensenanza presencial y la modalidad de educacion a distancia, para todos los niveles jerarquicos de la magistratura a los que estan dirigidos. Articulo 20º.- Del sistema de evaluacion Para la calificacion final de los Cursos Especiales del Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados, independientemente del nivel de la Magistratura a los que esten dirigidos, se promediaran las calificaciones obtenidas por los alumnos en los respectivos modulos desarrollados. Solo se admite desaprobar (2) modulos del Curso. A efectos de la evaluacion de cada modulo, se tomara un examen de caracter objetivo, con opciones multiples, al termino de las sesiones presenciales del mismo. Articulo 21º.- Calificacion aprobatoria minima de cada modulo y final La calificacion aprobatoria minima de cada modulo y final de los Cursos Especiales, independientemente del nivel de la Magistratura a los que esten dirigidos, es de 13.00 (trece) puntos en la escala vigesimal. Para aprobar los Cursos es necesario, ademas de obtener una calificacion aprobatoria final de 13.00 (trece), haber aprobado 4 (cuatro) de los 6 (seis) modulos que lo integran." Articulo Tercero.- Deroguese el Articulo 22º del Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD. Articulo Cuarto.- Lo dispuesto en el Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD, modificado parcialmente por Resolucion Nº 020-2001-AMAG-CD, se mantendra vigente en lo que no se oponga a lo regulado en la presente Resolucion, entendiendose que las acciones ejecutadas anteriormente por el Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso (PCA) han sido temporalmente asumidas por el Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados (PFA).

Primera.- Facultase al Director General de la Academia de la Magistratura, para que mediante Resolucion, disponga las precisiones que resulten necesarias como consecuencia de los requerimientos especificos de la ejecucion del curso aprobado en el Articulo primero de la presente Resolucion en el ambito nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 2436

ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de Gerente de Estudios Economicos a los EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION DEL DIRECTORIO Nº 006-2002 MORDAZA, 1 de febrero de 2002
CONSIDERANDO: Que se ha recibido la invitacion del senor Ministro de Economia y Finanzas para la participacion en presentaciones a inversionistas y bancos de inversion en los Estados Unidos de America; Que, una de las funciones del Banco es informar sobre las finanzas nacionales; Que entre las funciones de la Gerencia de Estudios Economicos se encuentra la de representar al Banco en exposiciones y seminarios en el MORDAZA macroeconomico; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de fecha 24 de enero de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA Rossini Minan, Gerente de Estudios Economicos, a la MORDAZA Nueva MORDAZA, del 5 al 7 de febrero inclusive, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogara dicho viaje sera como sigue: Pasaje Viaticos Tarifa unica de aeropuerto Total 725,10 660,00 25,00 ------------US$ 1 410,10 US$ US$ US$

Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA WEBB DUARTE Presidente 2441

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
ADUANAS
Aprueban circular referida a la prorroga de vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion Nº 20, 33 y de Complementacion Economica Nº 48, suscritos con MORDAZA, Uruguay y MORDAZA
CIRCULAR Nº INTA-CR-010-2002
Callao, 1 de febrero de 2002

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