Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2002 (05/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 5 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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la provincia de Huamanga, que no tenia la condicion de damnificados por los efectos del Fenomeno "El Nino"; Que, de los cargos imputados a los ex funcionarios citados en los considerandos precedentes, se desprende la inobservancia de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 09897; el Articulo 8º Inc. ii) de la Ley Nº 26706 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1997; los Articulos 6º y 8º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; asi mismo, lo establecido en el numeral 4 de la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CG - Ejecucion de las Obras Publicas por Administracion Directa, y el Articulo 21º incisos a), b) y d) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, configurando dicha presunta inobservancia comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a), d) y h) del Articulo 28º del acotado Decreto Legislativo Nº 276; Que, en consecuencia, es pertinente se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra los mencionados ex funcionarios, a fin de efectuar el correspondiente deslinde de responsabilidad administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26922 Ley MORDAZA de Descentralizacion, el Decreto Ley Nº 25556, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, el Capitulo XIII del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra el Ing. MORDAZA Solar La MORDAZA, ex Presidente y el Abog. MORDAZA MORDAZA Sihue, ex Secretario Tecnico del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional "Los Libertadores Wari", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conceder a los ex funcionarios citados en el articulo precedente el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion de la presente Resolucion y del correspondiente pliego de cargos, a fin que presenten sus descargos escritos y las pruebas que estimen convenientes para su defensa. Articulo 3º.- Poner en conocimiento de la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector Ministerio de la Presidencia, el MORDAZA administrativo que se instaura para que proceda de acuerdo a Ley. Publiquese, registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 2442

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 046-2002-PRES MORDAZA, 29 de enero de 2002 Visto, el Informe Nº 002-2002-PRES/CEPAF de la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector - Ministerio de la Presidencia, designada mediante Resolucion Ministerial Nº 285-2001-PRES.
CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, en cumplimiento de su Plan Anual de Control de 1998, realizo una au-

ditoria gubernamental en la Direccion Regional de Educacion MORDAZA, Organo de Linea Sectorial del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional "Los Libertadores Wari" - dispuesta por el despacho del senor Contralor General, mediante el Oficio Nº 985-98-CG/SHU de 25.SET.98, con la finalidad de informar a los niveles gubernamentales pertinentes, sobre la gestion realizada en la entidad, teniendo como objetivos: a) Determinar el cumplimiento de la normatividad vigente aplicada; b) Determinar el grado de confiabilidad de la ejecucion presupuestal en el pago de remuneraciones; c) Evaluar los procedimientos aplicados en la elaboracion, consolidacion, procesamiento y pago de las planillas de remuneraciones del personal docente y administrativo de la Direccion Regional de Educacion MORDAZA - Unidad de Servicios Educativos de Huamanga; Que, como resultado de dicho Examen Especial, se emitio el Informe Nº 212-99-CG/SHU, en el cual se plantearon cinco (5) observaciones y dos (2) recomendaciones, la MORDAZA de las cuales recomienda se disponga el deslinde de Responsabilidad Administrativa del Ing. MORDAZA Solar La MORDAZA y del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Presidentes del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional "Los Libertadores Wari", por los hechos materia de las Observaciones Nºs. 1.- Transferencias irregulares de recursos del Tesoro Publico a la cuenta del Subcafae de la Direccion Regional de Educacion MORDAZA, durante los anos 1994 y 1995, por un monto de S/. 9'245,289.73, para pagos de incentivos economicos al personal, contraviniendo lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 067-92-EF y Nº 025-93-PCM; y 3.- Pagos irregulares de remuneraciones al personal administrativo activo de la Sede Regional de Educacion MORDAZA, durante el periodo ENE.97 - OCT.98, habiendose otorgado haberes que no estan acorde con los cargos y categorias que desempenan, por un monto de S/. 218,395.67; Que, de la revision y analisis de los actuados, la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector Ministerio de la Presidencia, ha encontrado indicios de comision de presunta falta disciplinaria cometida por el Ing. MORDAZA Solar La MORDAZA, ex Presidente del ex CTAR - L.W por haber dispuesto mediante cinco (5) Resoluciones Presidenciales Regionales, el otorgamiento de remuneraciones a servidores administrativos activos de la Sede Regional de Educacion, por montos superiores a los que les correspondian en razon de los cargos y categorias que ocupaban, segun el cuadro de asignacion - CAP MORDAZA, bado mediante Resolucion Ministerial Nº 600-93-ED de 17.AGO.93 y la Resolucion Presidencial Regional Nº 047-93GRLW/P de 30.JUN.93 (Observacion Nº 3); Que, del cargo imputado al ex funcionario citado en el considerando precedente, se desprende la presunta inobservancia de los Articulos 9º, 16º y 21º incisos a) y b) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; los Articulos 18º, 19º y 20º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y los Articulos 3º, 4º y 5º del Decreto Supremo Nº 022-90-PCM, configurando dicha presunta inobservancia comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y d) del Articulo 28º del acotado Decreto Legislativo Nº 276; Que, en consecuencia, es pertinente se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el mencionado ex funcionario, a fin de efectuar el correspondiente deslinde de responsabilidad administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26922 Ley MORDAZA de Descentralizacion, el Decreto Ley Nº 25556,

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