Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2002 (12/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 5 dias siguientes de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 12317

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Amplian plazo de beneficio de regularizacion tributaria y administrativa otorgado a contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2002-A-MDC Cieneguilla, 19 de junio del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 020 de fecha 26 de MORDAZA del 2002, esta Comuna OTORGO EL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA a los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, del 14 de MORDAZA al 15 de junio del 2002, habiendose establecido en el Articulo 8º de la misma, facultar al senor MORDAZA, para dictar las medidas complementarias pertinentes para su implementacion; Que, es necesario ampliar el plazo del beneficio otorgado, dado que el corto tiempo conferido no ha sido suficiente para una adecuada difusion de la Ordenanza, segun lo indicado por la Oficina de Rentas, en su Informe Nº 157-2002-MDC/OR; Estando a lo acordado en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de junio del 2002; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) y el Articulo 111º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- AMPLIAR EL PLAZO DEL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA otorgado a los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, mediante Ordenanza Nº 020 de fecha 26 de MORDAZA del 2002, a partir del 19 de junio hasta el 20 de MORDAZA del 2002, por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa del presente Decreto. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Jefatura de Rentas, Informatica y Ejecutoria Coactiva, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12146

Que, el Articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, dispone que el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio, reconociendolos como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, en el distrito de Cieneguilla, existe una gran cantidad de uniones de hecho que es necesario regularizar legalmente, dandoles las maximas facilidades a las parejas para la celebracion de su MATRIMONIO CIVIL; Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de junio del 2002, se ha acordado por unanimidad autorizar la celebracion de MATRIMONIO CIVIL MASIVO en el distrito de Cieneguilla el 29 de agosto del 2002, a las 11.00 a.m.; En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 47º, inciso 6), 111º y 115º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR LA CELEBRACION DE MATRIMONIO CIVIL MASIVO EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA, el dia 29 de agosto del 2002, a las 11.00 a.m., en el Palacio Municipal del distrito. Articulo 2º.- DISPONER que los contrayentes para ser considerados aptos para contraer MATRIMONIO CIVIL, deberan presentar los siguientes requisitos: 1) Partida de Nacimiento y/o Partida de Bautizo (en caso que el contrayente hubiera nacido MORDAZA del 14 de noviembre de 1936) original y actualizado o dispensa otorgada por el Juzgado de Primera Instancia. 2) MORDAZA certificada por la Fedataria de la Municipalidad, del Documento de Identidad (L.E., D.N.I., C.I.P.) o Carne de Extranjeria de los contrayentes. 3) Certificado domiciliario, otorgado por la Policia Nacional del Peru del sector. 4) Certificado Prenupcial. 5) Dos testigos (uno por cada contrayente), debiendo adjuntar MORDAZA certificada por la Fedataria de la Municipalidad, de sus Documentos de Identidad. 6) En caso que los contrayentes MORDAZA menores de edad, deberan presentar la dispensa del Juzgado de Familia con la autorizacion de sus padres. 7) Derecho de pago: S/. 50.00 (cincuenta nuevos soles). Articulo 3º.- DISPENSAR a los contrayentes de la publicacion de los Edictos Matrimoniales, siempre y cuando cumplan con la MORDAZA de todos los requisitos exigidos en el Articulo 248º del Codigo Civil. Articulo 4º.- ENCARGAR a Direccion Municipal y la Unidad de Registro Civil, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12147

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican articulos del Reglamento del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y carga en vehiculos colectivos
ORDENANZA Nº 048-C/MC Comas, 5 de junio de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS El Concejo Distrital de Comas, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 15-2001-C/MC, se aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Publi-

Autorizan celebracion de matrimonio civil masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2002-A-MDC Cieneguilla, 19 de junio del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

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