Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2002 (12/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2002

do de Concejo se regulara por las disposiciones del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y Normas Complementarias. Articulo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas haga de conocimiento del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica conjuntamente con el Informe Tecnico Legal sustentatorio disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los plazos de Ley. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12412

siciones y Contrataciones, el mismo que debera ser aprobado por la MORDAZA autoridad del Pliego Presupuestal; Que, los Arts. del 5º al 9º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM establece lo referente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado es un Plan donde se consolida la informacion de las adjudicaciones directas, selectivas, incluyendo la adquisicion de bienes, servicios y obras a ejecutar que se efectuen en el presente ano; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 - Ley Nº 27573, establece los montos a tener en cuenta para las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, teniendo en cuenta el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Nº 23853 "Ley Organica de Municipalidades" y con cargo a dar cuenta en Sesion de Concejo; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES de la Municipalidad Distrital de Usquil correspondiente al Ejercicio Presupuestal Ano Fiscal 2002, segun se detalla en el cuadro adjunto a la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los (10) diez dias habiles siguientes, asi como la remision de la MORDAZA del mismo al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME La Libertad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a las areas correspondientes el cumplimiento y ejecucion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, y sea puesto a disposicion de los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12321

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE USQUIL
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano fiscal 2002
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 05-2002/MDU-ALC Usquil, 30 de enero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE USQUIL CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que las entidades publicas deberan elaborar un Plan Anual de Adqui-

OSIPTEL

Proyecto de "Reglamento sobre la continuidad en la prestacion del servicio telefonico bajo la modalidad de telefonos publicos en centros poblados rurales"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 033-2002-CD/OSIPTEL MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2002 VISTO el Proyecto de "Reglamento sobre la continuidad en la prestacion del servicio telefonico bajo la modalidad de telefonos publicos en centros poblados rurales"; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM aprobo el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, en cuyo Articulo 23º se da el caracter de funcion normativa a la emision de Reglamentos o disposiciones de caracter general sobre asuntos de su competencia; Que, el literal h) del Articulo 25º del Reglamento de OSIPTEL establece que en el ejercicio de la funcion normativa este Organismo podra dictar reglamentos sobre estandares de calidad y condiciones de uso de los servicios que se encuentran bajo su competencia, incluyendo la fijacion de indicadores tecnicos de medicion y uso de indicadores referidos al grado de satisfaccion de los usuarios; Que, con la finalidad de contar con un instrumento necesario para el desarrollo y precision de la obligacion de la continuidad a que estan sujetas las empresas prestadoras del servicio telefonico bajo la modalidad de telefonos publicos conforme a lo estipulado en sus contratos de concesion celebrados con el Estado Peruano, asi como la obligacion contenida en el literal b) de la clausula 8.01 del Contrato de Concesion celebrado por Telefonica del Peru S.A.A. y el Estado Peruano aprobado por D.S. Nº 011-94TCC, se ha elaborado el proyecto de visto; Que, asimismo el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 06-94-TCC dispone como obligacion del concesionario la de prestar el servicio concedido en forma ininterrumpida, salvo caso fortuito o de fuerza mayor debidamente sustentado; Que, el Articulo 27º del Reglamento de OSIPTEL establece que constituye requisito para la aprobacion de los Reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de caracter general que dicte OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados, debiendo contener: a) El texto completo del Reglamento, MORDAZA y/o Regulacion, que se propone expedir, b) Una Exposicion de Motivos; y, c) El plazo dentro del cual se recibiran las sugerencias o comentarios escritos al mismo, el que no podra ser menor de quince (15) dias calendario;

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