Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2002 (29/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 29 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a Suiza para participar en la reunion anual de vicegobernadores del BIS
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 069-2002 MORDAZA, 27 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitacion del Bank for International Settlements (BIS) para asistir a la reunion anual de vicegobernadores, que se realizara en la MORDAZA de Basilea, Suiza; En dicha reunion se centralizara temas fiscales para Bancos Centrales, siendo conveniente la participacion de este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de fecha 25 de MORDAZA de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del director senor MORDAZA Burneo MORDAZA, a la MORDAZA de Basilea, Suiza, del 8 al 11 de diciembre del presente ano, a fin de participar en la reunion indicada en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US$ 5 940,24 Viaticos US$ 1 040,00 Tarifa unica de uso de aeropuerto: US$ 25,00 -----------------TOTAL US$ 7 005,24 Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA WEBB Presidente 20981

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de las municipalidades distritales de Putumayo, Querocoto y Chumuch
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 260-2002-CG MORDAZA, 22 de noviembre de 2002 Vistos, el Informe Especial Nº 120-2002-CG/ORIQ, resultante del Examen Especial practicado en la Municipalidad Distrital de Putumayo, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, periodo 1 de enero de 1996 al 31 de MORDAZA de 2001; y,

Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del ano 2001 de la Oficina Regional de Control - Iquitos de la Contraloria General de la Republica, se dispuso la ejecucion de la correspondiente accion de control en la Municipalidad Distrital de Putumayo, por el periodo enero 1996 - MORDAZA 2001; en virtud de las denuncias formuladas por ciudadanos de la Localidad de San MORDAZA del Estrecho - distrito de Putumayo, asi como de la solicitud efectuada por el Congreso de la Republica; Que, de la revision efectuada a la obra ejecutada por Administracion Directa, denominada "Electrificacion de la comunidad MORDAZA Peru", la respectiva Comision Auditora ha evidenciado que esta fue autorizada, sin haberse aprobado el expediente tecnico; obra que a la fecha se encuentra inoperativa desde el ano 2000, debido a que no se contemplo la construccion de la MORDAZA de fuerza y la adquisicion del grupo electrogeno necesarios para su funcionamiento, ademas de presentar deficiencias constructivas; asi tambien se ha evidenciado que la inversion efectuada no se refleja en el avance de obra ejecutado, toda vez que los trabajos proyectados no se cumplieron en su totalidad, lo que ha ocasionado un perjuicio a la entidad por S/. 10,567.43; determinandose asimismo, que ante la Municipalidad Provincial de Maynas se sustento informacion que no es real, referida a la adopcion de medidas correctivas con relacion a la implementacion de una recomendacion de un Informe de Auditoria, emitido por el Organo de Auditoria Interna de la citada municipalidad provincial; constituyendo estos hechos indicios razonables de la comision de los delitos de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omision de Actos Oficiales, y Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, previstos y penados en los articulos 377º y 428º del Codigo Penal, respectivamente; Que, tambien la Comision Auditora ha determinado que en los periodos de 1999 y 2000, se han adquirido bienes y servicios hasta por la suma de S/. 154,127.00 a proveedores que no tienen domicilio comercial conocido en la Localidad de San MORDAZA del Estrecho; siendo que los funcionarios responsables de la entidad MORDAZA aprobaron la adquisicion de bienes y contratacion de servicios a favor de la entidad, sin demostrar el destino final que tuvieron los mismos; habiendo autorizado y visado los comprobantes de pago y su documentacion sustentatoria para su correspondiente pago; lo que constituye indicios razonables de comision del delito de Peculado, previsto y penado en el articulo 387º del Codigo Penal; Que, igualmente se ha determinado que las adquisiciones de diversos bienes y servicios efectuadas mediante los procesos de adjudicacion directa de menor cuantia ejecutados entre los meses de agosto a diciembre del 2000, han sido sustentados con facturas falsas de supuestos proveedores por un valor de S/. 30,444.00, habiendo sido confirmada dicha situacion por los representantes de los proveedores que emitieron los comprobantes de pago originales; con el agravante que los cheques girados por las supuestas compras se giraron a nombre de los propios funcionarios de la citada entidad edil; lo cual denota la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos de Peculado y Delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previstos y penados en los articulos 387º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, se ha evidenciado la adquisicion de materiales de construccion y otros suministros, por un monto ascendente a S/. 172,780.87 entre los meses de MORDAZA a MORDAZA del ano 2001, con recursos provenientes del Fondo de Compensacion Municipal y Canon Petrolero, bienes que no han ingresado al almacen de la entidad; toda vez que, se verifico que los materiales adquiridos no han sido utilizados en las obras a las que estaban destinadas, por cuanto las mismas se encontraban paralizadas e inconclusas desde el ano 2000, desconociendose el destino final que tuvieron tales adquisiciones, con el agra-

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