Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2002 (27/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 27 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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terse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos, precisando que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion, siendo que dicha resolucion requiere obligatoriamente un informe tecnico-legal previo emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, que justifique la contratacion y de la necesidad de la exoneracion, contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad, y determinando en cada caso la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, el Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 0302002 establece que las adquisiciones de bienes y servicios que efectuen las Entidades Publicas, de acuerdo a sus respectivos Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que superen las Tres (3) UIT, deberan ser autorizadas por el Titular de la Entidad mediante la resolucion correspondiente, la misma que se publicara en la respectiva Pagina Web de la Entidad; Que, mediante Memorandos Nºs. 496 y 497-2002-FONCODES/GG, la Gerencia General del FONCODES justifica tecnicamente la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA bajo la causal de exoneracion por servicios personalisimos, a efectos brinde sus servicios para el Acompanamiento de la Gestion e Implementacion de la "Tercera Etapa del Programa de Apoyo a las Operaciones del FONCODES", financiada mediante el Contrato de Prestamo Nº 1421/OC-PE, suscrito entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, por cuanto dicho profesional brindo sus servicios para la formulacion y concrecion del Programa y acuerdo de financiamiento MORDAZA senalados, teniendo una basta experiencia en consultoria especializada en Programas y Proyectos Sociales financiados por organismos multilaterales como el BID y el Banco Mundial, ademas de contar con maestrias y especialidades en Gestion y Desarrollo de Programas Sociales y con mas de 20 anos de experiencia profesional local e internacional, de los cuales desde el ano 1993 viene apoyando a la Entidad, desempenandose como su Director Ejecutivo desde diciembre del 2000 a MORDAZA del 2001, todo lo cual ratifican su idoneidad para la prestacion de los servicios MORDAZA senalados asi como determinan la conveniencia de su contratacion; Que, mediante Informe Nº 274-2002-FONCODES/ GPyS, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas de FONCODES emite su Informe de disponibilidad presupuestaria para la contratacion de los servicios MORDAZA senalados por un monto de S/. 43,200; Que, mediante Informe Legal Nº 371-2002-FONCODES/ GG, la Gerencia de Asesoria Legal de FONCODES, en virtud a las justificaciones tecnicas, opina por la procedencia de tramitar la mencionada contratacion bajo la causal de exoneracion por servicios personalisimos, de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y normas presupuestales vigentes; Que, de acuerdo a lo MORDAZA senalado, procede autorizar y exonerar del MORDAZA correspondiente, la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA bajo la causal de servicios personalisimos; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Logistica y Gerencia de Asesoria Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, y literal n) del Articulo 24º del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la prestacion de los servi-

cios personalisimos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, por un valor referencial de S/ . 43,200 Nuevos Soles, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, por el periodo octubre-diciembre, y consecuentemente autorizar al Comite Especial Permanente designado mediante el Articulo 2º de la Resolucion Gerencial Nº 010-FONCODES/GG a realizar la contratacion de dichos servicios mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Logistica, efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision, y asimismo, remita una MORDAZA de la misma y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su emision, conforme lo establece el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Articulo 115º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Logistica, publique la presente Resolucion en la Pagina Web de la Entidad, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LICERAS Director Ejecutivo Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social 19014

SALUD
Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la contratacion del servicio de limpieza para el Instituto de Oftalmologia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1705-2002-SA/DM MORDAZA, 23 de octubre del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 1019-2002-DG/INO, el Oficio Nº 1071-2002DG/INO, el Informe Nº 24-2002-LOG-INO, el Informe Nº 25-2002-LOG-INO y el Memorandum Nº 294-2002-OPLANINO del Instituto de Oftalmologia; y el Oficio Nº 3209-2002OGAJ e Informe Nº 1516-2002-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta-

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