Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2002 (27/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 27 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, el RE 615-1 "Licencias, Vacaciones y Permisos", en el parrafo 2.c, MORDAZA las condiciones para obtener y conceder Licencia por razones de instruccion, estableciendo entre otras; que el personal Militar podra hacer uso de Licencia por Estudios dentro del territorio de la Republica o en el Extranjero; que el Oficial no percibira gratificacion de ninguna clase por estos conceptos en el tiempo que dure la Licencia, asimismo, cuando la licencia sea concedida para seguir estudios en el extranjero, las Remuneraciones que le corresponda seran abonados en moneda extranjera en el MORDAZA donde se encuentre el interesado, o en moneda nacional en MORDAZA, de acuerdo a lo que solicite el beneficiario; Que, el D.S. Nº 047-2002-PCM de 5.Jun.02, Art. 11º, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitacion, siempre que no ocasionen ningun MORDAZA de gasto al tesoro publico, seran autorizados mediante Resolucion del titular del Sector correspondiente; y, Estando a lo propuesto por el Senor General Comandante General del Comando de Personal del Ejercito y a lo aprobado por el Senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la licencia por instruccion al Cap. San. Med. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Freddy, con CIP Nº 119843200, para continuar su perfeccionamiento profesional en el Hospital La Pitie-Salpetriere en Paris-Francia, del 4 de noviembre del 2002 al 4 de MORDAZA del 2003. Articulo 2º.- La presente resolucion no generara ningun MORDAZA de gasto para el Estado, y durante el periodo de Licencia el mencionado Oficial Subalterno seguira percibiendo el integro de sus remuneraciones que como Oficial corresponde en el Peru. Articulo 3º.- El citado Oficial Superior durante su permanencia en el extranjero pasara Lista de Revista en el CA-CGE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 18939

Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en 4 camiones de bomberos, usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 600 000,00 (Seiscientos Mil y 00/100 Yenes), segun Carta de Donacion de fecha 16 de enero de 2002 y un peso aproximado de 11 010 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nº OSZX-10 de HUAL - COOL CARRIERS JOINT SERVICE. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO
MORDAZA Toyota Toyota Toyota Toyota MORDAZA Camion de bombero Camion de bombero Camion de bombero Camion de bombero Modelo M - FJ61V M - FJ61V M - FJ61V M - FJ61V Ano 1984 1984 1984 1984 Nº de Motor 2F-844916 2F-841010 2F-840152 2F-341449 Valor Aprox. ¥ 150 000,00 150 000,00 150 000,00 150 000,00

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan donacion de camiones efectuada a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntario del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 270-2002-EF MORDAZA, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japon ha efectuado una donacion a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en camiones de bomberos, usados; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por Japan Firefighters Association de Japon, a favor del

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Autorizan viaje de asesor a Ecuador para asistir a reuniones en el MORDAZA de las negociaciones para la conformacion del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 426-2002-EF/10 MORDAZA, 24 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA ILLESCAS MORDAZA, Asesor II del Despacho del Viceministro de Economia, viajara a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 25 de octubre al 1 de noviembre de 2002, con la finalidad de asistir a la Duodecima Reunion del Comite de Negociaciones Comerciales y a la Septima Reunion Ministerial de Ministros de Comercio en el MORDAZA de las negociaciones para la conformacion del Area de Libre Comercio de las Americas -ALCA-; Que, en tal sentido y siendo de interes para la institucion, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, debiendo el Ministerio de Economia y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el literal b) del inciso 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 0302002;

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