Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2002 (10/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 10 de setiembre de 2002

El Informe Nº 023-UNIDAD SUBEJECUTORA ORDESUR CTAR - TACNA, e Informe Nº 60-2002-GRAJ-CTARTACNA y los documentos que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0781-2002-DRS.T-DG-OAJ/ CTAR-TACNA, la Direccion Regional de Salud de Tacna, solicita la Resolucion de Situacion de Urgencia para la realizacion de las Obras de Reforzamiento Estructural y Reparacion de las Instalaciones del Hospital "Hipolito Unanue" de Tacna; Que, mediante Informe Nº 23 Unidad Subejecutora ORDESUR CTAR - TACNA, se emite el Informe Tecnico para la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica, indicando en sus conclusiones y recomendaciones la necesidad urgente de pronunciarse sobre la Declaracion de Situacion de Urgencia para atender las Obras de Reforzamiento Estructural y Reparacion de las Instalaciones del Hospital "Hipolito Unanue" de Tacna, debido al periodo ajustado (65 dias) que tiene para realizar la obra; Por lo tanto, al verse afectado la Infraestructura Hospitalaria por las precipitaciones Pluviales en los meses de junio y MORDAZA del presente; por causa de las filtraciones de la MORDAZA de techo del 4to. y 5to. piso, y aunado a las consecuencias del sismo producido el 23 de junio de 2001; el Hospital "Hipolito Unanue" se ha convertido en un lugar de eminente riesgo, pudiendo colapsar en cualquier momento, lo que ha ocasionado realizar el desalojo y traslado de pacientes, agravando su atencion y hospitalizacion. Por lo que es necesario tomar las medidas necesarias e inmediatas para su rehabilitacion del inmueble; por que no se cuenta con otra infraestructura para la atencion de Consultoria Externa y Hospitalizacion, ya que es muy importante para la continuidad de estos servicios, la misma que no puede ser paralizada; Mas aun cuando el departamento de Tacna ha sido declarado en el presente ano como MORDAZA de emergencia; debido precisamente al friaje y las precipitaciones fluviales que sufre esta parte del sur del pais; habiendose emitido el D.S. Nº 069-2002-PCM donde se declara en Estado de Emergencia los departamentos de Tacna y MORDAZA, entre otros de la MORDAZA sur del MORDAZA, por Desastre natural; estableciendo en su Art. 3º la Exoneracion, entre otros al Ministerio de Salud, del requisito de Licitacion Publica y Concurso Publico, adjudicacion directa o adjudicacion de menor cuantia para las contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras que MORDAZA imprescindibles para atender el Estado de Emergencia; concordante con la Ampliatoria expedida por D.S. Nº 077-2002-PCM; Que, conforme al Informe tecnico la exoneracion de declarar por situacion de urgencia, se enmarcaria dentro de los alcances del Art. 21º de la D.S. Nº 012-2001-PCM "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" donde senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso; MORDAZA que es concordante con el Inc. 2) del Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Inc. c) del Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; senala que estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente ley; Que, el Art. 20º del cuerpo legal mencionado dispone que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere

el Art. 19º se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, se cumple el presupuesto legal, con la actual situacion en que se encuentra la infraestructura del Hospital "Hipolito Unanue" de Tacna; que de no producirse la rehabilitacion inmediata de la infraestructura comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que brinda el Hospital, ocasionando grave perjuicio en la salud de los pacientes y personal medico asistencial de ese nosocomio, poniendo en riesgo la integridad fisica de los mismos; por lo que es necesario proceder a emitir el acto administrativo correspondiente; Conforme a los considerandos expuestos y dentro del MORDAZA de lo preceptuado por los Articulos 189º y 197º de la Constitucion Politica del Peru, D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 013-2001-PCM, Ley Nº 27783 "Ley de Bases de Descentralizacion" y Resolucion Suprema Nº 023-2002PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en SITUACION DE URGENCIA la Rehabilitacion de las Obras de Reforzamiento Estructural y Reparacion de las Instalaciones del Hospital "Hipolito Unanue" de Tacna; en consecuencia EXONERESE del MORDAZA de Licitacion Publica, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia por un valor referencial de Supervision de Obra de 138,000 (CIENTO TREINTA OCHO MIL 00/100 NUEVOS SOLES); para la ejecucion de la obra de rehabilitacion; por un valor referencial de S/. 1'980,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA MIL 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- DESIGNAR el Comite Especial de Adjudicaciones que se encargara del MORDAZA de Licitacion Publica en la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia para la adquisicion de los bienes y servicios del MORDAZA exonerado en el articulo precedente. Dicho Comite estara integrado por:
1. PRESIDENTE : ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GERENTE REGIONAL DE OPERACIONES 2. MIEMBRO : LIC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTOS Y PATRIMONIO 3. MIEMBRO : ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COORDINADOR ORDESUR CTAR - TACNA

Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- REMITIR, MORDAZA de la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica. Articulo Quinto.- NOTIFICAR, a los demas organos que correspondan del CTAR TACNA. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA CALIZAYA Presidente Ejecutivo 16135

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Estatuto de MORDAZA de la Corte Penal Internacional"
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/199 comunica que el citado Estatuto, aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 27517, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 16 de setiembre de 2001, entro en vigencia el 01 de MORDAZA del ano 2002. Fue ratificado por el Decreto Supremo Nº 079-2001-RE de 05 de octubre de 2001 y publicado al igual que el texto el 09 de octubre de 2001 en el Diario Oficial "El Peruano". 16153

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