Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2002 (30/09/2002)


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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 254-2002-TR MORDAZA, 27 de setiembre de 2002 VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 30 de setiembre de 2002 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 255-2002-TR

MORDAZA, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presidencia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecutiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de MORDAZA de Compostela, Espana, se llevara a cabo la PASANTIA EN ENFERMEDAD VASCULAR CEREBRAL, organizada por el Hospital Clinico Universitario, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha determinado la conveniencia que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico del Servicio de Neurologia del Hospital Nacional MORDAZA Almenara Irigoyen, participe en el mencionado evento; Que, segun las estadisticas del Hospital Nacional MORDAZA Almenara Irigoyen, las enfermedades vasculares cerebrales constituyen una causa frecuente de ingreso en los servicios de emergencia y es la primera causa de hospitalizacion en el servicio de neurologia, por lo que resulta conveniente el entrenamiento del personal medico en el manejo de esta patologia, lo que servira para mejorar la calidad de MORDAZA del MORDAZA y para elevar el nivel asistencial de este hospital con la implementacion y funcionamiento de la primera unidad de ICTUS en el Peru; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE la Direccion Ejecutiva de FONAFE precisa los alcances de la aplicacion de las normas contenidas en la Directiva Nº 001-2002/FONAFE al procedimiento de autorizacion de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios publicos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSALUD es un organismo publico descentralizado, las autorizaciones para viajes al extranjero de su personal se rigen segun el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, no siendo aplicable lo dispuesto en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, asi como en la Resolucion Suprema Nº 015-2002-TR, la misma que establece excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto publico; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE:

El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presidencia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecutiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Barcelona, Espana, se llevara a cabo la PASANTIA EN ONCOLOGIA PEDIATRICA, organizada por el Hospital MORDAZA Infantil de Barcelona, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha determinado la conveniencia que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Enfermera del Servicio de Quimioterapia de la Consulta Externa Pediatrica del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", participe en el mencionado evento; Que, la participacion de la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la pasantia en mencion le permitira intercambiar experiencias, conocer los nuevos adelantos tecnologicos en el tratamiento oncohematologico y los ultimos estandares de protocolos de investigacion en patologias oncologicas y a su retorno propondra estrategias para afrontar situaciones en cuanto a la atencion de enfermeria del MORDAZA pediatrico oncologico, actividad que redundara en brindar una mejor calidad de atencion; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE la Direccion Ejecutiva de FONAFE precisa los alcances de la aplicacion de las normas contenidas en la Directiva Nº 001-2002/FONAFE al procedimiento de autorizacion de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios publicos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSALUD es un organismo publico descentralizado, las autorizaciones para viajes al extranjero de su personal se rigen segun el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, no siendo aplicable lo dispuesto en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, asi como en la Resolucion Suprema Nº 015-2002-TR, la misma que establece excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto publico; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Enfermera del Servicio de Quimioterapia de la Consulta Externa Pediatrica del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Barcelona, Espana, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Pasajes Tarifa CORPAC : : : US$ 2,171.75 US$ 1,585.00 US$ 25.00

Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico del Servicio de Neurologia del Hospital Nacional MORDAZA Almenara Irigoyen, del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de MORDAZA de Compostela, Espana, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Pasajes Tarifa CORPAC : : : US$ 2,494.05 US$ 1,438.00 US$ 25.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 17376

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 17377

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