Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2002 (30/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 30 de setiembre de 2002

Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 66 513 670,34 m2, descrito en el considerando precedente, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, la Gerencia Tecnico Registral de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA Mariategui, mediante Oficio Nº 023-2002/ ORRJCM-GTR, de fecha 10 de junio del ano en curso, senala que de conformidad con el Informe Tecnico Catastral Nº 988-2002-ORJCM/GTR, de fecha 5 de junio de 2002, el terreno submateria, no se superpone con propiedad catastral en la Oficina Registral de Tacna - Seccion de Predios Rurales; Que, mediante oficio Nº 95-2002-RPU-GR-GD3/TACNA, la Oficina Registral del Registro Predial MORDAZA - Tacna, nos remite el Informe Tecnico Nº 0002-2002/GR-OCTACNA, a traves del cual senala que el terreno submateria no se superpone con predios inscritos en el Registro Predial Urbano; Que, mediante oficio Nº 800-2002-DRA.T./CTAR-TACNA, de fecha 7 de junio de 2002, la Jefatura PETT Ejecucion Regional Tacna senala que de conformidad al Informe Nº 179-2002-DRA.T-PETT-PTVJ-AT, que sobre el terreno submateria existen predios solicitados al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 518-97-AG, mas no derecho de propiedad; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como tambien, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, el Decreto Ley Nº 25738, la Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y el Decreto Supremo Nº 154-2001EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 254-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 9 de agosto de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 66 513 670,34 m2, ubicado entre los Kilometros 1230 al 1250 de la Carretera Tacna Sama Locumba, tramo de la Carretera Panamericana Sur entre Tacna y MORDAZA, distrito de Inclan, provincia y departamento de Tacna. Articulo 2º.- La Oficina Registral MORDAZA MORDAZA Mariategui de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 17317 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 150-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 20 de setiembre de 2002 Visto el Expediente Nº 081-2002/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 2 400,00 m2, ubicado en el Jr. San MORDAZA s/n (antes MORDAZA Nueva), distrito de Pacaran, provincia de Canete y departamento de Lima; y,

Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 17 de MORDAZA de 2002, se ha verificado que en el predio de 2 400,00 m2, ubicado en el MORDAZA San MORDAZA s/n (antes MORDAZA Nueva), distrito de Pacaran, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, actualmente viene funcionando el Centro de Salud de Pacaran a cargo del Ministerio de Salud en cuyo interior se encuentra una edificacion de material noble de un nivel; Que, la Oficina Registral de Canete mediante Oficio Nº 2155-2002/ORLC-CAN de fecha 2 de agosto de 2002, sobre la base del Informe Tecnico Nº 3072-2002-ORLCGPI-SCAT, emitido por la Subgerencia de Catastro, remite el Certificado Catastral que da cuenta que el area de 2 400,00 m2 se encuentra en una MORDAZA donde graficamente no se observa inscripcion; Que, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 7 de junio de 2002, el Registro Predial MORDAZA de conformidad con el Informe Tecnico Nº 0185-2002/GR-OC-CANETE, emitido por la Oficina de Catastro, informa que el terreno se encuentra dentro de una MORDAZA en la cual no se aprecian predios registrados; Que, la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, dispone que el Estado representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que sin constituir propiedad privada no se encuentran inscritos en los Registros Publicos ni registrados en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP; Que, de acuerdo al numeral 2) del Rubro 2 de la Directiva Nº 001-2002/SBN, que regula los tramites de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, de fecha 15 de MORDAZA de 2002, la Superintendencia de Bienes Nacionales puede promover la inscripcion de los inmuebles del Estado que se encuentran bajo posesion y administracion de alguna entidad publica, cuando esta carece de titulos comprobatorios de dominio o los que tiene son insuficientes; Que, los incisos i) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado cuando se carece de titulos probatorios de dominio, asi como tambien, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; y Resolucion Nº 315-2001/SBN; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 284- 2002/SBN-GO-JAR de fecha 11 de setiembre de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 2 400,00 m2, ubicado en el MORDAZA San MORDAZA s/n (antes MORDAZA Nueva), distrito de Pacaran, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 17316

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