Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2003 (30/06/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 114

Pag. 247212
144.3 144.5 144.7 144.9 144.11 144.13 144.15 144.17 144.19 144.21 144.23 144.25

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 30 de junio de 2003

Definiciones. Obligatoriedad del certificado. Solicitud de expedicion o modificacion. Duracion del certificado. Reservado. Exhibicion del certificado. Inspecciones. Restricciones publicitarias. Reconocimiento de estudios. Convenios de entrenamiento. Oficina comercial e instalacion principal. Sucursales de la escuela de tripulantes auxiliares. REQUISITOS DE CERTIFICACION

SUBPARTE B: Seccion: 144.27 144.29 144.31 144.33 144.35 144.37 144.39 144.41 144.43 144.45

Personal. Requisitos y obligaciones del director. Requisitos y obligaciones del jefe de instruccion. Requisitos y obligaciones del secretario o coordinador administrativo. Requisitos y obligaciones del contador. Requisitos economico-financieros para la obtencion de un certificado de escuela de tripulantes auxiliares. Requisitos legales para la obtencion de un certificado de escuela de tripulantes auxiliares. Aprobacion del programa de entrenamiento de tripulantes auxiliares. Requerimientos curriculares del programa de entrenamiento. Requerimientos correspondientes a instalaciones, equipos y materiales. NORMAS GENERALES DE OPERACION

SUBPARTE C: Seccion: 144.47 144.49 144.51 144.53 144.55 144.57 144.59 144.61

Inscripcion, examenes y convalidacion por instruccion o experiencia previas. Diploma de graduacion y certificado de notas. Archivos. Cumplimiento continuo de los requisitos del instructor. Cumplimiento continuo de los requisitos de instalaciones, equipo y materiales. Cumplimiento continuo de los requisitos del programa curricular. Calidad de la instruccion. Cambio de domicilio. PROGRAMA DE INSTRUCCION Y ENTRENAMIENTO INICIAL PARA TRIPULANTES AUXILIARES.

APENDICE A:

SUBPARTE A: GENERALIDADES 144.1 Aplicabilidad

La presente Parte prescribe los requisitos de expedicion de certificados de escuela de tripulantes auxiliares, las especificaciones de entrenamiento asi como las normas generales de operacion aplicables a un titular de certificado, expedido en virtud a la presente Parte. 144.3 Definiciones

(c) Escuela de tripulantes auxiliares: Es una organizacion regulada por los requisitos pertinentes de la presente Parte. Dicha organizacion debe impartir entrenamiento asi como realizar evaluaciones academicas a favor de tripulantes auxiliares sujetos a los requerimientos de la Parte 63 de las regulaciones. (d) Especificaciones de entrenamiento: Significa un documento expedido por la DGAC a favor de un titular de certificado de escuela de tripulantes auxiliares. Dicho documento senala las autorizaciones y restricciones con respecto al entrenamiento y evaluacion academica del centro de instruccion en cuestion; asimismo, establece los requerimientos del programa de entrenamiento. (e) Evento: Es una parte integral de un modulo de entrenamiento, evaluacion o calificacion; orientado a una funcion y requiere el uso de un procedimiento o procedimientos especificos. Un evento de entrenamiento brinda al estudiante la oportunidad de instruccion, demostracion y/o practica utilizando procedimientos especificos. (f) Horas de entrenamiento: (o "Silabus" del Curso) Significa la cantidad total de tiempo necesario para concluir el entrenamiento que exige un programa curricular. Dicho tiempo debe brindar una oportunidad para la instruccion, demostracion, y/o practica y evaluacion, segun sea necesario. En la descripcion del segmento curricular, se debe senalar este tiempo en horas. Usualmente una hora de entrenamiento incluye el tiempo necesario de descanso, como por ejemplo diez (10) minutos por cada hora. Es recomendable un MORDAZA de ocho (8) horas diarias. (g) Instructor: Significa una persona empleada por una escuela de tripulantes auxiliares y designada para impartir instruccion de conformidad con lo establecido por esta Parte. (h) Material didactico: Es el material de instruccion elaborado para cada curso o programa curricular, debiendo considerarse tambien los planes de leccion, descripciones de eventos practicos, programas de software computarizado, programas audiovisuales, manuales, separatas u otros. Dicho material debe reflejar con exactitud los requerimientos curriculares a fin de integrarse de manera adecuada a los metodos de instruccion. (i) Modulo de entrenamiento (ME): Es una Subparte de un segmento curricular, constituye una unidad logica e independiente; contiene elementos o eventos que se relacionan a un tema especifico relacionado al modulo de entrenamiento. (j) Programa curricular: Es una agenda de entrenamiento completa y especifica para el MORDAZA de instruccion que se brinda. Todo programa curricular comprende varios segmentos curriculares. (k) Programa de entrenamiento: Sistema de instruccion que incluye programas curriculares, instalaciones, instructores, material didactico, equipos, control de calidad, metodos de instruccion, asi como procedimientos de evaluacion; necesarios para alcanzar un objetivo especifico de capacitacion y entrenamiento. (l) Segmento curricular (SC): Es la subdivision mas grande de un programa curricular, que contiene temas y actividades de entrenamiento relacionados entre si, basados en los requerimientos normativos. Son subdivisiones logicas de un programa curricular que pueden ser evaluados por separado y aprobado uno por uno. Cada segmento curricular comprende uno o mas modulos de entrenamiento. (m) Licencia de tripulante Auxiliar (s/h): Licencia sin habilitacion en aeronave que expide la DGAC, a los solicitantes graduados en una Escuela de Tripulante Auxiliar certificada. 144.5 Obligatoriedad del certificado

De acuerdo a lo utilizado en la presente Parte: (a) Curso: Es una parte de un del programa curricular que satisface una cantidad especifica de exigencias correspondientes a determinadas asignaturas disenadas para la formacion de un tripulante auxiliar. (b) Elemento: Es una parte integral de un modulo de entrenamiento, evaluacion o calificacion; no orientado a una funcion sino orientado a un tema. Por ejemplo, un modulo de entrenamiento en tierra de "meteorologia" podria incluir temas tales como la atmosfera, la temperatura, etc. Ninguna persona u organizacion puede operar como una escuela de tripulantes auxiliares si no cuenta con un certificado de escuela de tripulantes auxiliares y las especificaciones de entrenamiento expedidos en virtud a la presente Parte. 144.7 Solicitud de expedicion o modificacion

(a) Una solicitud de certificado de escuela de tripulantes auxiliares y de las respectivas especificaciones de entrenamiento debera:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.