Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2004 (16/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2004

queria; asi como de los respectivos permisos de pesca, concesiones y actividades acuicolas, acuarios, peces ornamentales y control de periodos de MORDAZA correspondientes. - Difusion de los dispositivos legales vigentes a los pescadores armadores, industriales pesqueros, personas que se dediquen a las actividades acuicolas y autoridades locales. - Presentar la rendicion de cuenta documentada dentro de los treinta (30) dias de otorgados los fondos, conforme a la Directiva que MORDAZA la habilitacion y rendicion de los encargos otorgados por el Ministerio de la Produccion, con cargo a sus recursos directamente recaudados, que apruebe la Oficina General de Administracion. - Las rendiciones de cuenta documentada por los fondos otorgados en la modalidad de Encargo, deberan estar acompanadas de un informe mensual de avance fisico-financiero de las actividades contempladas en el Plan de Operaciones aprobado, ante la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, incluyendo las acciones y resultados de las operaciones de vigilancia y control materia del presente, adicionando para tal efecto las Actas de Inspeccion, ademas del correspondiente Informe Economico respecto a los gastos incurridos. MORDAZA de dicho informe debera ser presentado ante la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion. - Las rendiciones de cuenta deberan sujetarse a lo establecido en las normas que regulan los Sistemas de Presupuesto, Contabilidad, Tesoreria Abastecimiento y Control. CLAUSULA CUARTA: PRESUPUESTO Y FINANCIAMENTO El Monto aprobado para la ejecucion del presente Convenio asciende a la suma de ............................. Nuevos Soles y sera financiado de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y financiera del Ministerio de Produccion, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Ejercicio Fiscal 2004. CLAUSULA QUINTA: DE LA VIGENCIA El presente convenio entrara en vigencia a partir de la fecha de su suscripcion hasta el cierre del ejercicio presupuestal 2004, pudiendo ser renovado segun las necesidades institucionales o por acuerdo de las partes, con aviso anticipado de treinta dias calendario. CLAUSULA SEXTA: DE LA MODIFICACION Los terminos y condiciones del presente convenio en la parte tecnica y presupuestal, podran ser modificados acorde al desarrollo y evaluacion mensual de las acciones de seguimiento, vigilancia y control pesquero, en concordancia con las politicas y acciones de caracter tecnico normativo que disponga la DINSECOVI. CLAUSULA SEPTIMA: DE LA RESOLUCION Puede resolverse el presente Convenio por las siguientes causales: - Cuando los recursos financieros asignados MORDAZA destinados a fines distintos a los estipulados en el presente convenio. - Por falta de disponibilidad presupuestaria y financiera de parte de PRODUCE. - Por incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente Convenio. - A solicitud de alguna de las partes, con una anticipacion no menor de 30 dias. - Por mutuo acuerdo. CLAUSULA OCTAVA: DISPOSICIONES FINALES - Los aspectos que no se hayan considerado en las clausulas anteriores y que MORDAZA necesarios para una mayor ejecucion del convenio, seran adoptados de comun acuerdo de las partes y constaran en clausulas adicionales que, suscritas formaran parte de estos instrumentos. - Las partes suscriptoras declaran su plena conformidad con las clausulas y condiciones comprendidas en el presente convenio, el mismo que suscriben en (02) originales de igual valor y cuatro (04) copias, a los .................... dias del mes de ..................... del ano dos mil cuatro. __________________________ _________________________ Ministerio de la Produccion Gobierno Regional .............. Director Nacional de Presidente Seguimiento, Control y Vigilancia 22647

Aprueban Convenio Interinstitucional entre el Ministerio y el Gobierno Regional de MORDAZA, para realizar la Recuperacion del Potencial Hidrobiologico de los Recursos Hidricos de la Region
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 443-2004-PRODUCE
MORDAZA, 10 de diciembre del 2004 Visto el Oficio Nº 1748-2004-PRODUCE/DNA, del 12 de noviembre de 2004 de la Direccion Nacional de Acuicultura; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que es finalidad del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentacion, empleo e ingresos y de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, optimizando los beneficios economicos. Que la Ley Nº 27460 - Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, tiene entre sus objetivos, regular y promover la actividad acuicola en aguas marinas, aguas continentales o utilizando aguas salobres, disponiendo ademas medidas y beneficios en provecho de la acuicultura; Que el Plan Estrategico Sectorial Multianual 2004-2006 del Sector Produccion, considera dentro de sus objetivos el desarrollo de la actividad de acuicultura; considerandola como importante alternativa para la provision de alimentos para consumo humano y generadora de MORDAZA de trabajo, en especial, en zonas de sierra; Que la Direccion Regional de la Produccion - MORDAZA sustenta la necesidad de ejecutar la recuperacion del potencial hidrobiologico de los recursos hidricos del departamento de MORDAZA, a traves de acciones de repoblamiento, para propiciar su aprovechamiento, en beneficio de la poblacion como fuente de alimentacion y generadora de ingresos economicos adicionales, sobre la base del uso racional de los recursos naturales; Que en dicho sentido, a traves del Informe Tecnico Nº 044-2004-OGDPE-OP, de fecha 17 de noviembre de 2004, la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico indica la disponibilidad presupuestal para financiar la referida actividad, recomendando la aprobacion del respectivo Convenio; En concordancia a lo establecido en la Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27245 - Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal y su modificatoria, la Ley Nº 27958, Ley Nº 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y Ley Nº 27779 - Ley de creacion del Ministerio de la Produccion. Estando a lo solicitado por la Direccion Nacional de Acuicultura, contando con la conformidad del Viceministro de Pesqueria y con el visado de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Desarrollo y Planeamiento Estrategico, y de Administracion; y, en uso de las atribuciones conferidas por los literales i) y p) del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE -Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio Interinstitucional entre el Ministerio de la Produccion y el Gobierno Regional de MORDAZA, para realizar la Recuperacion del Potencial Hidrobiologico de los Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, por un monto total ascendente a S/. 43 718,00 (Cuarenta y tres mil setecientos dieciocho y 00/100 Nuevos Soles), a ejecutarse bajo la Modalidad de Encargo, por la Direccion Regional de la Produccion - Huanuco. Dicho Convenio forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesqueria, para que en representacion del Ministerio de la Produccion, suscriba el Convenio de Cooperacion Interinstitucional que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Acuicultura y las Oficinas Generales de Administracion y de Desarrollo y

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