Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2004 (16/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Planeamiento Estrategico, quedan facultadas a adoptar las acciones que correspondan dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del Convenio que se aprueba en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se afectara al Pliego 038: Ministerio de la Produccion, Funcion 12: Pesca, Programa 044: Promocion de la Produccion Pesquera, Sub Programa 0117: Fomento de la Pesca, Actividad 1.00345: Normar, Promover y Desarrollar la Actividad Pesquera, Componente 3.01091: Promocion y Desarrollo, Meta 00002:01284 Promover la Acuicultura Continental de las Especies Hidrobiologicas, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2004; hasta por un monto de Cuarenta y tres mil setecientos dieciocho y 00/ 100 Nuevos Soles (S/. 43 718,00). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 22648

MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MIGLIORI BAZALAR, se ha determinado que la embarcacion pesquera en cuestion no es responsable de la descarga de 10.82 toneladas efectuada el dia 5 de MORDAZA de 2002 en Pesquera Hayduk S.A, sin embargo, sobre el resto de descargas efectuadas se contradicen con lo declarado por la recurrente, por lo que deben asumir la descarga de 540.69 toneladas que se le imputa; Estando a lo informado por el Informe Tecnico Nº 1732004-PRODUCE/DINSECOVI-Dsvs de fecha 6 de MORDAZA de 2004 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los articulos 4º, 148º y 208º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y modificatoria, Ley Nº 27779 -Ley de creacion del Ministerio de la Produccion, Ley Nº 27789 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002PRODUCE - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar FUNDADO EN PARTE el Recurso de Reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MIGLIORI MORDAZA en representacion del senor MORDAZA MORDAZA MIGLIORI BAZALAR, respecto de la embarcacion pesquera MORDAZA DEL MORDAZA de matricula HO-4309CM, contra la Resolucion Ministerial Nº 159-2003-PRODUCE al no ser responsable de la descarga de 10.82 toneladas efectuada el dia 5 de MORDAZA de 2002 en Pesquera Hayduk S.A e INFUNDADO en el extremo contradictorio, al desvirtuar lo declarado, habiendo efectuado la descarga de 540.69 toneladas; Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 22649

Declaran fundado en parte recurso de reconsideracion interpuesto contra la R.M. Nº 159-2003-PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 446-2004-PRODUCE
MORDAZA, 10 de diciembre del 2004 Visto el escrito de registro Nº 09265002 de fecha 23 de MORDAZA del 2003 presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MIGLIORI MORDAZA en representacion del senor MORDAZA MORDAZA MIGLIORI BAZALAR; CONSIDERANDO: Que el articulo 100º del Decreto Supremo Nº 012-2001PE, Reglamento de la Ley General de Pesca establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) por intermedio de la Direccion de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como las dependencias regionales de pesqueria y otros organismos a los que se delegue dicha facultad, llevara a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementara los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 159-2003-PRODUCE de fecha 9 de MORDAZA del 2003, se publico la relacion de embarcaciones pesqueras que presentan una diferencia mayor al 3% entre lo declarado por el armador y lo verificado por la Administracion sobre descargas de recursos hidrobiologicos correspondientes al ejercicio 2002, cuya relacion en Anexo forma parte integrante de la presente resolucion; Que a traves del escrito del visto, la recurrente interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Ministerial Nº 159-2003-PRODUCE; por haber incluido a la embarcacion pesquera MORDAZA DEL MORDAZA de matricula HO-4309-CM, en el anexo de la mencionada resolucion; Que el numeral 4 del articulo 4º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, podra ser empleada firma mecanica o integrarse en un solo documento bajo una misma motivacion, siempre que se individualice a los administrados sobre los que recaen los efectos del acto; Que el numeral 5 del articulo 148º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cuando sea identica la motivacion de varias resoluciones, se podran usar medios de produccion en serie, siempre que no lesione las garantias juridicas de los administrados, sin embargo, se considerara cada uno como acto independiente; Que el articulo 208º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el recurso de reconsideracion se interpondra ante el mismo organo que dicto el primer acto que es materia de impugnacion y debera sustentarse en nueva prueba; Que de la revision del Recurso de Reconsideracion presentado por MORDAZA MORDAZA MIGLIORI MORDAZA en re-

Declaran nulidad de resoluciones y sancionan con multas de 5 UIT a Hope Trading S.A.C., Pesquera Mar y MORDAZA S.A.C. y Tecnologica de Alimentos S.A.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 034-2004-PRODUCE/DVM-PE
MORDAZA, 15 de diciembre del 2004 Visto; La Hoja de Recomendacion Nº 015-2004-PRODUCE/OGAI de la Oficina General de Auditoria Interna, el Memorando Nº 3971-2004-PRODUCE/SG de la Secretaria General de este Ministerio, asi como las Comunicaciones del 24 de setiembre de 2004, 6 de octubre de 2004, 3 de noviembre de 2004 y 10 de noviembre de 2004 del representante Legal de la Empresa PESQUERA MAR S.A.C.; y, los Informes Nºs. 023 y 024-2004-PRODUCE/OGAJ-DC, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Oficina General de Auditoria Interna, en cumplimiento del Plan Anual de Auditoria Gubernamental 2004 del Ministerio de la Produccion, viene efectuando el Examen Especial a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero; Que, la Comision Auditora en la revision selectiva a la documentacion existente en la indicada Direccion Nacional, respecto a la documentacion presentada por los Administrados, en cumplimiento del MORDAZA aplicable a la fecha de MORDAZA de sus solicitudes, determino que el Primer Juzgado Especializado, en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con resolucion del 20 de octubre de 2003, en el MORDAZA iniciado por

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