Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2004 (31/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2004

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Convenio de Cooperacion entre el Gobierno de la Republica del Peru, el Gobierno de la Republica del Ecuador y el Gobierno de la Republica de Italia"
DECRETO SUPREMO Nº 091-2004-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio de Cooperacion entre el Gobierno de la Republica del Peru, el Gobierno de la Republica del Ecuador, y el Gobierno de la Republica de Italia", fue suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Repubilca del Peru, el 23 de enero de 2004; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio de Cooperacion entre el Gobierno de la Republica del Peru, el Gobierno de la Republica del Ecuador y el Gobierno de la Republica de Italia", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 23 de enero de 2004. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

Articulo Primero.- OBJETIVO DEL CONVENIO El presente Convenio regula la gestion del "Programa de Cooperacion Socio Sanitaria en apoyo al Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru-Ecuador" (cuyos objetivos y actividades se detallan en el documento tecnico adjunto) y define las obligaciones de las partes que intervienen en el Proyecto Red Binacional de Salud MORDAZA - Macara. Articulo Segundo.- ANTECEDENTES Los Gobiernos de Peru e Italia suscribieron el Acuerdo MORDAZA de Cooperacion Tecnica el 14 de enero de 1981 y lo integraron sucesivamente con el Acuerdo MORDAZA de Cooperacion Economica, Industrial, Cientifica, Tecnologica, Tecnica y Cultural que fue firmado el 25 de octubre de 1991. Los Gobiernos de Italia y Ecuador suscribieron el Acuerdo MORDAZA de Cooperacion Tecnica el 30 de junio de 1988. En virtud del Acuerdo Amplio Peruano Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, suscrito por los Gobiernos de Peru y Ecuador el 26 de octubre de 1998, se acuerda llevar adelante el Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza PeruEcuador. El Gobierno de Italia, en el MORDAZA de la primera reunion del Grupo Consultivo del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru Ecuador, celebrada el 23 de marzo de 2000 en New MORDAZA, Estados Unidos, asumio el compromiso de contribuir a la realizacion de una iniciativa en la MORDAZA de frontera que se insertara en el Plan Binacional MORDAZA mencionado. La Direccion General para la Cooperacion al Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Italia aprobo la propuesta de financiamiento de Liras Italianas 9.367.100.000 para la implementacion del "Programa de Cooperacion Socio Sanitaria en apoyo al Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru-Ecuador". La Direccion Regional de Salud de Piura-Peru y la Direccion Provincial de Salud de MORDAZA - Ecuador suscribieron el Convenio de Cooperacion Binacional para conformar la Red Binacional de Servicios de Salud el 2 de octubre de 2002. Los Gobiernos de la Republica del Ecuador y de Italia suscribieron las Notas Reversales Nºs. 55947/ GM/INECI/DGAF y 4539, de 10 y 17 de diciembre de 2002, respectivamente, lo que adelanta parte del presente Convenio, solo y unicamente para permitir el inicio de los tramites para la remodelacion y construccion del Hospital Cantonal de Macara, tecnicamente reconocido como parte esencial de la Red Binacional de Servicios de Salud en el area del Programa. Articulo Tercero.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA Objetivos generales: 1.- Contribuir a la consolidacion del MORDAZA de paz entre el Peru y Ecuador. 2.- Mejorar las condiciones de salud de la poblacion en el area de la frontera. Objetivo Especifico: Mejorar el acceso oportuno de la poblacion de frontera a servicios de salud de calidad, mediante el fortalecimiento y articulacion de una red binacional transfronteriza. Articulo Cuarto.- ACTIVIDADES Y RESULTADOS DEL PROGRAMA El Programa preve la construccion, ampliacion y equipamiento del Hospital de Macara y de los demas centros de salud que integraran la Red Binacional y que seran elegidos mediante estudio tecnico. El Programa apunta a realizar los siguientes resultados:

CONVENIO DE COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU, EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE ITALIA El Gobierno de la Republica del Peru, representado por su Ministro de Relaciones Exteriores y por el Director Ejecutivo del Capitulo Peru del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru-Ecuador. El Gobierno de la Republica del Ecuador, representado por su Ministro de Relaciones Exteriores y por el Director Ejecutivo del Capitulo Ecuador del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Ecuador-Peru. El Gobierno de la Republica Italiana, representado por el Embajador de Italia en Ecuador. Acuerdan celebrar el presente "Convenio Tripartito de Cooperacion" que regula la gestion del "Programa de Cooperacion Socio Sanitaria en apoyo al Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza PeruEcuador", aprobado por la Direccion General para la Cooperacion al Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Italia con "Delibera N.15" y "A.I.D. 6757", siendo de Liras Italianas 9.367.100.000 (equivalentes a Euros 4.837.703,42) el valor total de la donacion.

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