Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2004 (31/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Designan fiscales superiores titulares en Despachos de la MORDAZA y MORDAZA Fiscalias Superiores Penales de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1823-2004-MP-FN MORDAZA, 30 de diciembre de 2004. VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 488-2004-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2004. Articulo Segundo.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Superior Penal de Lima. Articulo Tercero.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Superior Penal de Lima. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 23866

Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y con la finalidad de que las empresas del sistema financiero comuniquen previamente las modificaciones en tasas de interes, comisiones, gastos y otras tarifas asociadas a los productos que brinden, esta Superintendencia ha resuelto emitir la presente Circular. 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas comprendidas en los literales A y B del articulo 16º de la Ley General, al Banco de la Nacion, al Banco Agropecuario, y al Fondo de Garantia para Prestamos a la Pequena Industria (FOGAPI), en adelante las empresas. 2. MORDAZA de transparencia Las empresas deberan ser plenamente transparentes en la difusion, aplicacion y modificacion de las tasas de interes, comisiones, gastos y cualquier otra tarifa asociada a los productos y servicios que brinden, debiendo comunicar a sus clientes previamente las modificaciones a dichos conceptos en los terminos senalados en la presente Circular. 3. Difusion y aplicacion de las tasas de interes, comisiones, gastos y otras tarifas que apliquen las empresas Las empresas deberan informar en sus oficinas, en su pagina web, si disponen de esta, y en otros medios de ser el caso, las tasas de interes, comisiones, gastos y otras tarifas asociadas a los diferentes productos y servicios que ofrezcan. Esta informacion debera ser lo suficientemente MORDAZA, explicita y facilmente comprensible para los interesados, a fin de evitar que su texto pueda generar confusiones o interpretaciones incorrectas. La informacion referida en el parrafo precedente debera revelar, para cada producto o servicio que se ofrece, la tarifa vigente, oportunidad de cobro y demas condiciones que afecten su aplicacion y determinacion, de forma tal que los interesados puedan realizar comparaciones entre las tarifas que las distintas empresas apliquen. La informacion sobre las tarifas vigentes y demas condiciones debera ser lo suficientemente detallada para permitir a los interesados tener pleno conocimiento de ellas, realizar las verificaciones que correspondan y comprender el costo involucrado. La informacion sobre los conceptos MORDAZA senalados que se incluya en la pagina web, en el caso de las empresas que dispongan de MORDAZA, debera mostrarse en un espacio de facil acceso, junto a la informacion sobre los productos o servicios afectos a esos cobros. En las oficinas en que pueda solicitarse los productos o servicios ofrecidos por la empresa, se debe mantener a disposicion de los interesados, en folletos, hojas impresas u otros medios, la informacion sobre las tarifas vigentes que aplica la empresa por los distintos servicios y productos, conforme a lo indicado en la Circular Nº B-1995-97, F-338-97, CM-18397, CR-058-97, EDPYME-012-97 del 23 de setiembre de 1997. Asimismo, las empresas deberan mantener en sus paginas web, cuando dispongan de esta, un enlace permanente con la seccion "Transparencia en Tasas de Interes" de la pagina web de esta Superintendencia, y con otras secciones referidas al tema de transparencia cuando lo senale este organo de control. 4. Comunicacion previa de la modificacion de tasas de interes, comisiones, gastos y otras tarifas Las empresas deberan informar previamente a sus clientes, las modificaciones en las comisiones, gastos y otras tarifas, y en las tasas de interes segun lo indicado en el presente numeral. 4.1 Modificacion en las comisiones, gastos y otras tarifas Las empresas deberan informar a sus clientes, la modificacion de las comisiones, gastos y demas tari-

SBS
Aprueban Circular sobre difusion y obligacion de comunicacion previa por parte de empresas del sistema financiero de modificaciones a tasas de interes, comisiones, gastos y otras tarifas
CIRCULAR Nº B-2140-2004 MORDAZA, 28 de diciembre de 2004 CIRCULAR Nº B-2140-2004 F-0480-2004 CM-0327-2004 CR-0196-2004 EDPYME-0113-2004 EAF-0225-2004 FOGAPI-0024-2004 ESF-0010-2004 --------------------------------------------------------REF.: Difusion y Obligacion de comunicacion previa de modificaciones a tasas de interes, comisiones, gastos y otras tarifas ---------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y

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