Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2004 (13/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
morteros de base cemento Portland y enlucidos. 1ª Edicion

MORDAZA, sabado 13 de noviembre de 2004

NTP 334.149:2004 NTP 209.501:2004 NTP 208.031:2004

CALES. Cal hidratada para acabados. Requisitos. 1ª Edicion ALIMENTOS IRRADIADOS. Etiquetado. 1ª Edicion PRODUCTOS DE CACAO. Manteca de cacao. Determinacion del contenido de solidos grasos (SFC) por resonancia magnetica nuclear de baja resolucion (RMN). 1ª Edicion PRODUCTOS DE CACAO. Determinacion de humectabilidad en cocoa instantanea en polvo. 1ª Edicion VEHICULOS FERROVIARIOS. Pastillas de freno de disco. Generalidades y requisitos. 1ª Edicion PRODUCTOS DE MORDAZA LAMINADOS PLANOS PARA RECIPIENTES SOLDADOS PARA GAS. 1ª Edicion CAFE VERDE. Determinacion de la perdida de masa a 105 °C. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO 6673:2000

NTP 208.032:2004

NTP 311.405:2004

NTP-ISO 4978:2004

rre MORDAZA, ordenando que se proceda a resolver el recurso administrativo MORDAZA mencionado; Que, mediante Resolucion Nº 10 de fecha 7 de octubre de 2004, el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de Huamanga, requiere al Instituto Nacional de Cultura, que cumpla con resolver el recurso administrativo que presento el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 15 de enero de 2003; Que, mediante Informe Nº 547-2004-INC/OAJ la Oficina de Asuntos Juridicos del Instituto Nacional de Cultura evaluo la solicitud de extincion de caracter cultural de la "Casa More", Ayacucho; senalando que corresponde se pronuncie el organo tecnico respectivo; Que, mediante Informe Nº 084-2004-INC/DPHCR-SDCHMGH la Subdireccion de Centros Historicos de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano indica que la propiedad del recurrente forma parte de un lote matriz de mayor extension, cuya tipologia compuesta por su organizacion, espacio-funcional; por su zaguan, patio y ambientes que lo conforman, portadas, bovedas, muros, escaleras, galerias, carpinteria de MORDAZA de puertas y ventanas, piso de MORDAZA, techos y coberturas; son elementos originales y representativos de las casonas ayacuchanas; Que, de la evaluacion del expediente la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 02 de fecha 3 de noviembre de 2004, cuyo tenor es como sigue: CONSIDERANDO: 1. Que, el inmueble ubicado en el Jr. 28 de MORDAZA Nº 266, MORDAZA, forma parte de la Unidad Inmobiliaria matriz declarada Monumento en su totalidad, de la cual se conserva y subsisten antiguas estructuras de la denominada MORDAZA MORDAZA, la cual constituye uno de los mejores ejemplos tipologicos de la arquitectura domestica de la MORDAZA de Ayacucho. 2. Que, el inmueble que le corresponde como propietario al senor MORDAZA MORDAZA ha sido objeto de intervenciones de demolicion parcial y construccion nueva inconsultas las cuales han seguido tramite mediante expedientes varios desde el ano 1999, en los cuales se ha dispuesto acciones conducentes a la recuperacion y conservacion de las estructuras originales del inmueble, asi mismo se han impuesto las sanciones correspondientes por causar dano al Patrimonio Cultural. 3. Que, el propietario del inmueble, senor MORDAZA MORDAZA no ha cumplido debidamente con lo dispuesto mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1458/INC-2000 en cuanto a la paralizacion de la obra nueva, ni la demolicion del tercer piso, ni con las medidas preventivas de seguridad que garanticen la preservacion de las estructuras que presentaban danos. 4. Que, las intervenciones ejecutadas en el inmueble, asi como las senaladas en el Acta de Compromiso suscritas por la Municipalidad de Huamanga, personal de la Direccion del INC - MORDAZA y el propietario no cuentan con las resoluciones de autorizacion correspondiente ni fueron refrendados por proyectos aprobados. 5. Que, el proyecto presentado mediante Expediente Nº 07232/2003 ha sido evaluado por la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos de Proyectos Arquitectonicos y desaprobado mediante Acuerdo Nº 02 del 17 de noviembre de 2003, no habiendo el propietario del inmueble presentado la reformulacion del mismo, habiendose ofrecido la asesoria tecnica pertinente mediante Oficio Nº 336-2004-INC/DREPH. 6. Que, el proyecto de remodelacion ubicado en Jr. 28 de MORDAZA Nº 246 al 266, MORDAZA, parte integrante de la citada "Casa More", no cuenta con la debida aprobacion, habiendose dispuesto la paralizacion mediante Oficio Nº 826-2001-INC/DGPMH del 11 de MORDAZA de 2001. 7. Los argumentos vertidos en la solicitud de extincion de caracter cultural del inmueble no desvirtuan los aspectos tecnicos y condicion patrimonial del inmueble. SE ACORDO: No procede el retiro de condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. 28 de MORDAZA Nº 246 al 266, parte integrante de la "Casa More", distrito, provincia y departamento de Ayacucho. Con la visacion de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Regla-

NTP-ISO 6673:2004

Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana: NTP-ISO 6673:2000 CAFE VERDE. Determinacion de la perdida de masa a 105 ºC

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Novak, MORDAZA Ruiloba, MORDAZA Danos, MORDAZA Paz Soldan y MORDAZA Dajes. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 20431

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran improcedente retiro de condicion de monumento de inmueble ubicado en el distrito y provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1189/INC
MORDAZA, 5 de noviembre de 2004 Vista la solicitud de fecha 15 de enero de 2003 presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Oficio Nº 8912004-INC/D de la Direccion del Instituto Nacional de Cultura - MORDAZA y documentacion adjunta; y, CONSIDERANDO: Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Ministerial Nº 775-87-ED de fecha 9 de noviembre de 1987, ubicado dentro del Ambiente MORDAZA Monumental y MORDAZA Monumental de MORDAZA, ambos declarados mediante Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, con fecha 15 de enero de 2003 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita se declare la extincion del caracter cultural del inmueble ubicado en Jr. 28 de MORDAZA Nº 266 - Ayacucho; integrante del inmueble matriz sito en Jr. 28 de MORDAZA Nº 246-250-254-258-262-266, conocido como "Casa More", distrito, provincia y departamento de Ayacucho; Que, con fecha 5 de enero de 2004, el Tribunal Constitucional emite sentencia declarando fundada la demanda de accion de MORDAZA interpuesta por el senor MORDAZA Agui-

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