Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2004 (13/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, sabado 13 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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temente, asumen responsabilidad administrativa el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la oficina de Infraestructura y Desarrollo Urbano; Sr. MORDAZA MORDAZA GRANDE VARILLAS, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Division de Obras Privadas y Catastro; al haber inobservado lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, estando incursos en la comision de falta administrativa contemplada en el inciso d) del articulo 28º del referido Decreto Legislativo; Que, la Observacion Nº 11, determina que al efectuar la evaluacion y revision de la valorizacion, cuadernos de obras y otros documentos referidos a la obra "Equipamiento Deportivo del MORDAZA de la Juventud", ejecutado por la empresa URPICON S.R.L., no se encontro los informes mensuales de supervision y/o evidencias de las pruebas de control de calidad, efectuadas por el contratista durante la ejecucion de dicha obra; Que, en torno a esta Observacion, cabe precisar que, los presuntos responsables fueron debidamente notificados para que absuelvan estos cargos, no habiendo levantado la observacion; consecuentemente, asumen responsabilidad administrativa el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la oficina de Infraestructura y Desarrollo Urbano; Sr. MORDAZA MORDAZA GRANDE VARILLAS, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; al haber inobservado lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, estando incursos en la comision de la falta administrativa contemplada en el inciso d) del articulo 28º del mencionado Decreto Legislativo; Que, la Observacion Nº 12, determina que existen deficiencias en el expediente tecnico de la Obra "Equipamiento Deportivo del MORDAZA de la Juventud", elaborado por la empresa contratista URPICON S.R.L.; en cuanto a metrados y calculos del presupuesto inicial de cierre de obra; asi como la no ejecucion de obras proyectadas ha generado a la municipalidad un pago indebido de S/. 37,223.94 Nuevos Soles; Que, en este sentido, los presuntos responsables fueron debidamente notificados para que absuelvan estos cargos, no habiendo levantado la observacion; consecuentemente, asumen responsabilidad administrativa el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la oficina de Infraestructura y Desarrollo Urbano; Sr. MORDAZA MORDAZA GRANDE VARILLAS, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Direccion de Obras Privadas y Catastro; al haber inobservado lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, estando incursos en la falta administrativa contemplada en el inciso d) del Art. 28º del referido Decreto Legislativo; Que, la Observacion Nº 13, determina que en el Ano 2002, la Municipalidad de San MORDAZA pago el monto de S/. 350,642.22 Nuevos Soles por la ejecucion de la obra "Equipamiento Deportivo del MORDAZA de la Juventud", sin tener en cuenta que el valor de esta obra no se habia considerado en el presupuesto institucional de apertura y sus modificatorias; Que, en este sentido, los presuntos responsables fueron debidamente notificados para que absuelvan estos cargos no habiendo levantado la observacion; consecuentemente, asumen responsabilidad administrativa el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Coordinador del Area de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, al haber inobservado lo establecido en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, estando incursos en la comision de la falta administrativa establecida en el inciso d) del articulo 28º del referido Decreto Legislativo; Que, mediante Informe Nº 002-2004-CEPA/MDSM, de fecha 15 de octubre de 2004, la Comision Especial de Procesos Administrativos, conforme a las facultades que le otorga el Art. 166° del D.S. Nº 005-90-PCM, se ha pronunciado por la procedencia de instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los funcionarios implicados en los hechos irregulares mencionados; En uso a las atribuciones conferidas por el inciso 6) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades,

Ley Nº 27972, y conforme a lo establecido por el Articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa; RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal; Sr. MORDAZA MEYHUAY MORDAZA, ex Director de Administracion; Sr. MORDAZA MORDAZA BOUVERIE ALOR, ex Director de Asesoria Juridica Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Infraestructura y Desarrollo Urbano; Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA, ex Director de la oficina de Infraestructura y Desarrollo Urbano; Sr. MORDAZA ESTUARDO MORDAZA MORDAZA CORCUERA, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Sr. MORDAZA MORDAZA GRANDE VARILLAS, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OREJUELA, ex jefe de la Division de Obras Privadas y Catastro; Sr. MORDAZA STALIN MORDAZA MORDAZA CARRUITERO, ex jefe de la Unidad de Abastecimiento; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Coordinador de la oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Division de Estudios y Obras Publicas; Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Direccion de Obras Privadas y Catastro; por los motivos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General la notificacion a los interesados, a efecto que MORDAZA MORDAZA su derecho. Articulo Tercero.- Dar a conocer la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica y a las dependencias pertinentes de la Corporacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 20500

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban pedido para reconocer a la Imagen del Senor de los MORDAZA como "Patron del Distrito de MORDAZA Anita"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 047-2004-MDSA
MORDAZA MORDAZA, 30 de octubre de 2004 Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido realizado al pleno por la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente a reconocer a la Imagen del Senor de los MORDAZA como "PATRON DEL DISTRITO DE MORDAZA ANITA"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo I del titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, dispone que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado, y MORDAZA inmediatos de Participacion Vecinales en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del Gobierno Local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, la autonomia de la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Constitucion Politica del Peru, dispone en su articulo 50º que dentro de un regimen de independencia y autonomia del Estado reconoce a la Iglesia Catolica como elemento importante en la formacion historica, cultural y moral del Peru y le presta su colaboracion;

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