Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2005 (25/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Jr. Manco Capac Nºs. 584-592-594 (antes MORDAZA Manco Capac Nºs. 164-166-168)". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional Instituto Nacional de Cultura 09625

Deniegan solicitud de retiro de condicion de Monumento de inmueble ubicado en MORDAZA y solicitan a propietarios efectuar refacciones
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 519/INC MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005 Visto el Expediente Nº 06873/2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 19 de MORDAZA de 2004, el senor MORDAZA Loo MORDAZA solicita Desafectacion de Declaracion de Monumento al inmueble de su propiedad ubicado en Jr. MORDAZA Torrico Nº 424-428-432, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Jefatural Nº 009-89-INC/J de fecha 12 de enero de 1989; Que, mediante Informe Nº 014-2005-INC-SDR-EAB, la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion presentada; Que, mediante Informe Nº 014-2005-INC/DPHCRSDR, la Subdirectora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la solicitud presentada; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 08 de fecha 25 de febrero de 2005, cuyo tenor es como sigue: Vistos: 1. Los antecedentes, el Acuerdo Nº 02-08/02.05.96, el Informe Nº 422-99-INC-DCH-CF del 6 de MORDAZA de 1999. 2. La documentacion presentada, testimonio de compra - venta, registro fotografico del interior y exterior del inmueble, plano de distribucion y delimitacion de Area Intangible del inmueble. 3. El Informe Nº 014-2005-INC/DPHCR-SDR de la Arq. MORDAZA Agois Barbier, profesional de la Subdireccion de Registro. 4. El Informe Nº 014-2005-INC/ DPHCR-SDR de la Arq. MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Registro. Considerando: 1. Que, el inmueble cuenta con una delimitacion de Area Intangible aprobado mediante Acuerdo Nº 02/08 de fecha 2 de MORDAZA 1996, comprende la conservacion desde el limite de propiedad del inmueble hasta el MORDAZA de cierre de la galeria, sector que posee los componentes de mayor valor como son las columnas azapatadas que evidencian la cronologia republicana dominante en el Monumento. Dicha area incluye el zaguan de ingreso y los ambientes que rodean el patio, en el citado acuerdo se solicita la restauracion del area delimitada. 2. Que, el inmueble presenta mal estado de conservacion, hacia el interior se han realizado diversas modificaciones de la tipologia original por lo que el Monumento debe ser intervenido con la finalidad de ponerlo en valor. 3. Que, en el entorno inmediato existen Monumentos, declarados, siendo necesario propender la conservacion de la volumetria del inmueble existente a traves de un proyecto de intervencion de recuperacion y reciclaje de sus estructuras en mal estado. Se Acuerda: 1. No procede el retiro de condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Torrico Nº 424-428-432, declarados como Jr. MORDAZA Torrico Nº 428, distrito, provincia y departamento de Lima. 2. Solicitar a los propietarios del inmueble la MORDAZA de un proyecto de intervencion que contemple la conservacion de la volumetria de la primera crujia que conforma

el zaguan y los ambientes laterales con frente a la fachada, incluye la conservacion de la galeria de uno de los lados del patio principal de la MORDAZA, las tres columnas azapatadas y el techo de vigueria de madera. Los componentes arquitectonicos y estructurales de este sector que presentan alto grado de deterioro podrian ser reciclados con materiales y sistemas contemporaneos acorde a las caracteristicas propias del antiguo inmueble. 3. Los propietarios deben realizar las acciones preventivas de emergencia en los sectores del inmueble en peligro de colapso, bajo responsabilidad, contando con la participacion de un profesional especialista, por cuanto estan obligados a velar por la conservacion de las estructuras conforme lo dispuesto en el Titulo IV-I-8 del Reglamento Nacional de Construcciones; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar la solicitud de retiro de condicion Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Torrico Nº 424-428-432, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- SOLICITAR a los senores MORDAZA Loo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Loo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Loo MORDAZA, propietarios el inmueble la MORDAZA de un proyecto de intervencion que contemple la conservacion de la volumetria de la primera crujia que conforma el zaguan y los ambientes laterales con frente a la fachada, incluye la conservacion de la galeria de uno de los lados del patio principal de la MORDAZA, las tres columnas azapatadas y el techo de vigueria de madera. Los componentes arquitectonicos y estructurales de este sector que presentan alto grado de deterioro podrian ser reciclados con materiales y sistemas contemporaneos acorde a las caracteristicas propias del antiguo inmueble. Articulo 3º.- SOLICITAR a los senores MORDAZA Loo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Loo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Loo MORDAZA, propietarios del inmueble, realizar las acciones preventivas de emergencia en los sectores del inmueble en peligro de colapso, bajo responsabilidad, contando con la participacion de un profesional especialista, por cuanto estan obligados a velar por la conservacion de las estructuras conforme lo dispuesto en el Titulo IV-I-8 del Reglamento Nacional de Construcciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 09626

SUNAT
Prorrogan plazo de designacion de Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 0000012-2005/SUNAT Huancayo, 19 de MORDAZA del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Intendencia Nº 0000116-2004/SUNAT publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de diciembre de 2004, se designo como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA

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