Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2005 (18/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de octubre de 2005

Con el visado de la Gerencia General, la Gerencia de Planeamiento y Operaciones y de la Gerencia de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituyase una Comision, que se encargara de revisar y elaborar, segun corresponda, los Instrumentos de Gestion de COFOPRI: el Clasificador de Cargos, el Reglamento de Organizacion y Funciones, el Manual de Organizacion y Funciones, el Cuadro de Asignacion de Personal, la misma que esta conformada por las siguientes personas: - Senora MORDAZA Rouillon Gallese, Coordinadora Nacional de Formalizacion, quien la presidira; - Senora MORDAZA Pflucker MORDAZA, Gerente de Planeamiento y Operaciones de la COFOPRI; - Senor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA East, Gerente General de la COFOPRI; - Senor MORDAZA MORDAZA Tolmos MORDAZA, Gerente de Asesoria Legal de la COFOPRI, quien actuara como Secretario Tecnico; - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Sistemas de la COFOPRI; y, - Senora MORDAZA Quinteros MORDAZA, Jefe de Asuntos Legales. Articulo Segundo.- La Comision debera realizar su funcion en un plazo no mayor de 45 dias calendario, contados a partir de la fecha de la publicacion de la presente Resolucion, y presentarla a la Coordinadora Nacional de For malizacion para que gestione la aprobacion conforme a la legislacion vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia y Presidente de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI 17684

KVA - Campamento Militar Caballo Cocha"; y atendiendo a lo siguiente: ANTECEDENTES: 1. El 16 de diciembre de 2003, la Region Militar del Oriente del Ejercito del Peru, en adelante la Entidad, realizo la convocatoria al MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011/2003/RMO para la ampliacion de la red primaria e instalacion sap 160 kva Campamento Militar Caballo Cocha. 2. El 31 de diciembre de 2003, se adjudico la buena pro del mencionado MORDAZA a la Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por un monto ascendente a la suma de S/. 118 003.50. 3. El 12 de enero de 2004, la Entidad mediante Oficio Nº 029 SAC/DELOG/RMO, notifico a la Arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA el consentimiento del otorgamiento de la buena pro y le solicito que se apersone con los documentos respectivos a suscribir el correspondiente contrato a las Oficinas del Departamento de Logistica de la Region Militar Oriente, en el siguiente calendario: Primer Plazo: A partir del dia lunes 19 de enero y como plazo MORDAZA hasta el dia miercoles 21 de enero del ano en curso en el siguiente horario: de 08:30 a.m. hasta 13:35 p.m. MORDAZA Plazo: A partir del dia jueves 22 de enero y como plazo MORDAZA definitivo hasta el dia viernes 23 de enero del ano en curso en el siguiente horario: de 08:30 a.m. hasta 13:35 p.m. Al respecto, la Entidad senalo que en caso de que el Postor no cumpliera con la suscripcion del contrato, en aplicacion del numeral 3 del articulo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Reglamento, sin perjuicio de la sancion aplicable, procederia a llamar al postor que ocupo el MORDAZA lugar en el orden de prelacion, a fin de suscribir el aludido contrato. 4. El 23 de enero de 2004, la Entidad mediante Carta Nº 001 OCA/DELOG/RMO, por conducto notarial, comunico a la Arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA que, habiendose vencido el MORDAZA plazo otorgado para que cumpla con presentar la documentacion solicitada para la suscripcion del contrato y no habiendo cumplido con presentar la misma, en aplicacion del numeral 3 del articulo 118º del Reglamento, procederia a llamar al postor que ocupo el MORDAZA lugar en el orden de prelacion. 5. El 24 de enero de 2004, la Arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante comunicacion dirigida al Comandante General de la Region Militar del Oriente senalo que su representante se apersono a las oficinas del Departamento de Logistica de la Entidad dentro del plazo previsto, es decir, el 23 de enero de 2004, a horas 11:30 a.m. habiendo sido atendida por el senor MORDAZA MORDAZA, a las 13:25 horas aproximadamente, quien previamente habia sostenido una reunion con los representantes de la empresa que ocupo el MORDAZA lugar en la convocatoria, hecho que trajo como consecuencia que el citado Oficial, expusiera a su representante que existiendo supuestas omisiones formales en los documentos adjuntados, no era posible la suscripcion del contrato, y que el mismo se iba a suscribir con el postor que ocupo el MORDAZA lugar en orden de merito, vulnerando con dicho actuar su derecho a suscribir el contrato respectivo, debido a dentro del plazo previsto presento la documentacion requerida para la suscripcion del contrato. 6. El 27 de enero de 2004, la Entidad mediante Oficio Nº 053 SAC/DELOG/RMO respondio la comunicacion efectuada por la Arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senalando que mediante carta fechada y recibida el 26 de enero de 2004, la Arquitecta MORDAZA MORDAZA

CONSUCODE
Declaran no ha lugar aplicacion de sancion a persona natural por presunta reponsabilidad en la no suscripcion de contrato materia de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011/2003/RMO
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 832/2005.TC-SU

SUMILLA: No corresponde sancionar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA A L BU R QUEQ UE, al no haberse configurado la infraccion prevista en el literal a) del ar ticulo 205º de l Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
MORDAZA, 26 de agosto de 2005 Visto, en sesion de Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 15.08.05 el Expediente Nº 215/2004.TC sobre el procedimiento de aplicacion de sancion seguido a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunta responsabilidad en la no suscripcion del contrato, materia de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011/ 2003/RMO, convocada por la Region Militar del Oriente del Ejercito del Peru para la ejecucion de la obra: "Ampliacion de la Red Primaria e Instalacion SAP 160

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