Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2005 (18/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de octubre de 2005

materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista que corresponde a esos montos. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra. Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueban por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geograficas son los siguientes:

a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica

ANEXO RESOLUCION JEFATURAL Nº 336-2005-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACION DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACION CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 AL 30 DE SETIEMBRE DEL 2005 OBRAS DE EDIFICACION Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) (Terminada) M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0026 1,0026 1,0032 1,0033 1,0048 1,0057 1,0026 1,0026 1,0032 1,0033 1,0048 1,0057 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0036 1,0037 1,0039 1,0042 1,0048 1,0056 1,0036 1,0037 1,0039 1,0042 1,0048 1,0056

AREAS GEOGRAFICAS Nº 1 2 3 4 5 6

Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. Resto Total Elem. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0031 1,0031 1,0035 1,0035 1,0044 1,0054 1,0031 1,0031 1,0035 1,0035 1,0044 1,0054

Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) M.O. Resto Total Elem. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0024 1,0026 1,0029 1,0032 1,0042 1,0052 1,0024 1,0026 1,0029 1,0032 1,0042 1,0052

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OSINERG
Dictan Mandato de Interconexion a favor de Hidrandina S.A. y la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas para que EGENOR permita realizar trabajos en la Subestacion MORDAZA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 372-2005-OS/CD MORDAZA, 13 de octubre de 2005 VISTO: La solicitud formulada conjuntamente por la empresa HIDRANDINA S.A. (en adelante HIDRANDINA) y la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas (en adelante la DEP) mediante comunicacion de fecha 25 de MORDAZA de 2005, para que OSINERG emita Mandato de Conexion a fin que la empresa concesionaria MORDAZA ENERGY EGENOR S. en C. (en adelante EGENOR) permita realizar los trabajos y la respectiva conexion en la Subestacion MORDAZA de su propiedad, para la ejecucion de las obras del proyecto de linea de transmision 138 kV Huallanca-Sihuas-Tayabamba. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1 Que, en fecha 25 de MORDAZA de 2005, HIDRANDINA y la DEP solicitaron a OSINERG emitir Mandato de

Conexion a fin que se permita realizar los trabajos en la Subestacion MORDAZA de propiedad de la empresa concesionaria EGENOR, para la ejecucion de las obras del proyecto de linea de transmision 138 kV HuallancaSihuas-Tayabamba. 1.2 Que, en fecha 10 de agosto de 2005, con Oficio Nº 3893-2005-OSINERG-GFE se remitio a EGENOR MORDAZA de la solicitud de Mandato de Conexion de HIDRANDINA y la DEP a fin que presentara su propuesta. 1.3 Que, en fecha 26 de agosto de 2005, EGENOR mediante documento s/n, presento su respuesta a la solicitud de Mandato de Conexion de HIDRANDINA y la DEP. 2. ANALISIS MORDAZA NORMATIVO 2.1 Que, el articulo 33º y el inciso d) del 34º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, establecen el libre uso por parte de terceros de las redes electricas de las empresas de Transmision y Distribucion respectivamente, consagrando el MORDAZA de Libre Acceso a las Redes. 2.2 Que, es dentro de este MORDAZA normativo que OSINERG, en uso de su funcion normativa, aprobo mediante Resolucion Nº 091-2003-OS/CD el "Procedimiento para fijar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmision y Distribucion Electrica" (en adelante Procedimiento de Libre Acceso), el mismo que busca evitar condiciones discriminatorias de acceso y uso de las redes, y por tanto asegurar que el acceso a las mismas se de en condiciones de libre mercado. Asimismo, implemento un procedimiento para que OSINERG en uso de su funcion normativa y en caso las partes no lleguen a un acuerdo, emita un Mandato de Conexion en el cual se establecera las condiciones del acceso a las redes.

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