Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2005 (20/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Senor MORDAZA MORDAZA Cordova: Pasaje aereo Impuestos aereo Assist - Card Viaticos Gastos de traslado TOTAL US$ 1186.34 US$ 58.24 US$ 89.00 US$ 500.00 US$ 200.00 ------------------US$ 2033.58

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2005

Articulo Segundo.- DEJESE SIN EFECTO todas las disposiciones administrativas que contravengan la Directiva Nº 009-2005-P-CSJLI/PJ. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima; para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera sea su clase o denominacion. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, a la Secretaria Permanente y de las Secretaria Pro Tempore de la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a los interesados, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

DIRECTIVA Nº 009-2005-P-CSJLI/ PJ

I.- OBJETO El objetivo de la presente directiva es dictar pautas especificas para el adecuado desarrollo de las labores en el Juzgado Penal de Turno Permanente. II.- FINALIDAD Garantizar un servicio efectivo de atencion de las denuncias formalizadas por el Ministerio Publico con detenido y una adecuada y pronta intervencion judicial en las acciones de habeas MORDAZA y en aquellos actos procesales de extrema urgencia que requieran la inmediata y efectiva decision de la autoridad judicial. III.- BASE LEGAL 16095 - Constitucion Politica del Peru, Art. 139º. - Ley Organica del Poder Judicial. - Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial. - Res. Adm. Nº 068-CME-PJ. - Res. Adm. del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 153-96-SE-TP-CME-PJ. - Res. Adm. Nº 60-2004-P-CSJLI-PJ. - Res. Adm. Nº 407-2004-P-CSJLI-PJ. - Informe evacuado por la Comision designada mediante Res. Adm. Nº 061-2005-P-CSJLI/PJ. IV.- NORMAS Aspecto Jurisdiccional - Por celeridad procesal, las declaraciones instructivas tomadas a los procesados en el turno permanente, deben concluirse, excepto en casos debidamente justificados. - Las demandas de habeas MORDAZA y las medidas urgentes que solicite el Ministerio Publico deberan ser resueltas en el dia, bajo responsabilidad funcional. - En las demandas de habeas cor pus, cuyas diligencias no pueden ser realizadas, por cuestion de horario, por el Juez de turno, estas deben ser de conocimiento del Juez Penal de turno siguiente. - En las demandas de habeas MORDAZA, cuyo tramite no pudo ser concluido, por motivos justificados, por el Juez Penal de Turno, debera ser resuelto por el Juez del turno siguiente. - Los procesos de habeas MORDAZA resuelto por el Juez de Turno, seran asignados a su Despacho, a efecto de que prosiga con la tramitacion. - Dar fiel cumplimiento a lo establecido en el articulo 27º de la Ley Nº 282371 .

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban Directiva que establece pautas especificas para el adecuado desarrollo de las labores en el Juzgado Penal de Turno Permanente
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 343-2005-P-CSJLI/PJ

MORDAZA, 14 de setiembre del 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, esta Presidencia considera pertinente dictar pautas especificas, que deberan ser acogidas por el Juzgado Penal de Turno Permanente de esta Corte Superior; Que, para que los responsables de las disposiciones senaladas en el considerando precedente, tomen conocimiento de las mismas, la Presidencia de esta Corte Super ior de Justicia, ha considerado per tinente comunicarlas via publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, en atencion a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo y en uso de las facultades que le confieren los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 0092005-P-CSJLI/PJ, la misma que tiene por objetivo dictar patrones de cumplimiento obligatorio para un adecuado desarrollo en el Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima.

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La demanda puede presentarse por escrito o verbalmente, en forma directa o por correo, a traves de medios electronicos de comunicacion u otro idoneo. Cuando se trata de una demanda verbal, se levanta acta ante el Juez o Secretario, sin otra exigencia que la de suministrar una sucinta relacion de los hechos.

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