Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2005 (20/09/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

Pag. 300706

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2005

cumplimiento de la presente Ordenanza, requiriendose para tal efecto, el apoyo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16089

Entiendase comprendidas dentro de dichas Organizaciones a las Asociaciones de Vivienda, Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda; Asentamientos Humanos, que esten comprendidos en el Proyecto de Mejoramiento Sanitario de Areas Marginales de MORDAZA, PE - P30 DEL JBIC y en General todo MORDAZA de Organizaciones que tengan un fin no lucrativo y que MORDAZA sido inscrita y reconocida en la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, mediante la emision de la Resolucion correspondiente. Articulo Cuarto.- Las empresas inmobiliarias, urbanizadoras o personas naturales que se dediquen a la comercializacion de lotes de terreno no se encuentran comprendidas dentro de los alcances del presente dispositivo. Articulo Quinto.- En el caso de todas aquellas personas titulares de predios que cumplan con el procedimiento y acrediten indubitablemente la posesion del predio en el cual residen, la Municipalidad previa evaluacion les extendera a su solicitud, el Certificado de Posesion y de PreHabilitacion MORDAZA correspondiente. Articulo Sexto.- Los solicitantes deberan respetar las disposiciones emitidas por la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y las que posteriormente se expidan en los que respecta al sistema Vial Local y por la Ordenanza Nº 341 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA sobre el sistema Vial Metropolitano. Articulo Setimo.- Las solicitudes seran presentadas a la Municipalidad, contando con la Autorizacion y conformidad de las Dirigencias de las Asociaciones de Vivienda, Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda; Asentamientos Humanos y Centros Poblados, beneficiarias del "Proyecto de Mejoramiento Sanitario de Areas Marginales de Lima" de conformidad al Decreto Supremo Nº 097-2000-EF del 30 de agosto del 2000. Articulo Octavo.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, las solicitudes que se presenten ante la Municipalidad se regiran por el Convenio Interinstitucional por el cual establecen los Procesos Previos necesarios para ejecutar obras secundarias y solicitar conexiones domiciliarias bajo el Convenio de Prestamo PE-30 del JBIC, entre la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. Articulo Noveno.- Todos aquellos tramites que concluyan con la expedicion favorable del respectivo Certificado en el MORDAZA de la presente Ordenanza, podran solicitar la factibilidad de servicios de agua y alcantarillado a las Empresas Prestadoras de Servicios Publicos correspondientes, y cumplir con iniciar el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA en vias de regularizacion con el objeto de lograr el saneamiento fisico legal de las areas ocupadas. Articulo Decimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo Primero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y a la Oficina de Participacion Vecinal el cumplimiento de la presente Ordenanza.
DISPOSICION TRANSITORIA UNICA

Regulan el procedimiento de prehabilitacion MORDAZA en el distrito
ORDENANZA Nº 101-MDCH Chaclacayo, 15 de setiembre del 2005 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo en Sesion Ordinaria de la fecha 14 de setiembre de 2005, aprobo por mayoria de votos la ORDENANZA que regula el procedimiento de:
PREHABILITACION MORDAZA EN EL DISTRITO

Articulo Primero.- La presente Ordenanza regula el procedimiento que deben cumplir las personas que requieran el Certificado de Posesion y de Prehabilitacion MORDAZA de Lote de Terreno exclusivo para el tramite de la conexion domiciliaria de agua potable y alcantarillado en el esquema de la MORDAZA Este Lote 8 que se encuentra comprendido el distrito de Chaclacayo, la Aprobacion de Planos de Prehabilitacion MORDAZA para la Ejecucion de sus proyectos de Servicios Basicos de Agua y Alcantarillado, correspondientes a los terrenos en los cuales se MORDAZA consolidado de hecho construcciones que no cuenten con Estudios Preliminares y/o Estudios Definitivos de Habilitacion MORDAZA, destinados al uso de vivienda, comercio, industria y/o servicios. Articulo Segundo.- BASE JURIDICA El presente dispositivo se fundamenta en las siguientes normas legales: a) Constitucion Politica del Estado y la Ley Nº 27680 - Ley de Refor ma Constitucional - De la Descentralizacion. b) Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. c) Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas y su modificatoria la Ley Nº 27135. d) Reglamento Nacional de Construcciones. e) Decreto Supremo Nº 011-98-MTC - Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas. f) Decreto Supremo Nº 012-99-MTC, que modifica los literales a) y e) de la MORDAZA Tecnica S.111 Factibilidad de Servicios, y el S112 Documentos del Proyecto del Titulo X del Reglamento Nacional de Construcciones. g) Ordenanza Nº 341-MML, que aprueba el Plano de Sistema Vial Metropolitano de Lima. h) Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo Tercero.- Se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la presente Ordenanza: a) Las personas naturales. b) Las personas juridicas que establece el Codigo Civil debidamente inscritas en los Registros Publicos (SUNARP). c) Las Organizaciones reconocidas por la Municipalidad.

Dispongase que las personas comprendidas en el Articulo Tercero de la presente Ordenanza, que se acojan a esta MORDAZA hasta el 15 de octubre del 2005, deberan abonar por el derecho al Certificado de Posesion e Inspeccion Ocular el monto ascendente al 1.5 % de la UIT vigente. Dandose por esta unica vez el otorgamiento del CERTIFICADO DE POSESION y la exoneracion al cobro indicado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), por concepto de Inspeccion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.