Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2005 (20/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Ocular que deberan abonar los solicitantes a la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
CERTIFICADO DE POSESION Y DE PREHABILITACION MORDAZA DE LOTE DE TERRENO EXCLUSIVO PARA EL TRAMITE DE LA CONEXION DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ESQUEMA DE LA MORDAZA ESTE, LOTE 8 QUE SE ENCUENTRA COMPRENDIDO EL DISTRITO DE CHACLACAYO EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO QUE SUSCRIBE CERTIFICA:

peracion de los saldos por cobrar de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en el estado en que se encuentren. En la aplicacion de la presente MORDAZA se consideraran las siguientes obligaciones tributarias y administrativas pendientes de pago: · · · · · Arbitrios Municipales Multas Administrativas Tasa de Licencias de Funcionamiento Relleno Sanitario Fraccionamiento Tributario

Que, luego de realizarse el empadronamiento y verificacion respectiva se deja MORDAZA que el senor (a) (ita) ....................................... identificado (a) con DNI. Nº............................ Ubicado en........................ .........................................Mz.................. Lote..................................... de la Asoc. ....... .................................... (Perteneciente al Esquema..............................) distrito de Chaclacayo, 2 que cuenta con un area total de......... m , acredita la posesion del inmueble desde.......................... a la fecha de expedicion del presente documento y ser contribuyente de esta Municipalidad. El lote MORDAZA mencionado guarda conformidad con los Planos de Pre Habilitacion MORDAZA de la Asoc. ............................................................... que obra en esta Municipalidad, aprobada con Resolucion de Gerencia Nº ...... .......... Chaclacayo,............ de.................... de 2005. 16093

La presente Ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza y por un periodo de 30 dias utiles. Los periodos que comprende corresponden a las deudas correspondientes registradas en el Sistema Sigma y Sistema de Rentas inclusive de la Municipalidad que por problemas de migracion no fueron trasladadas al actual sistema. Articulo 2º.- Tributos Afectos Que, la Administracion Tributaria ha realizado diversas Campanas Tributarias para la recuperacion de los diferentes tributos que administra durante los periodos fiscales 2003 y 2004 a la fecha, a pesar de existir serias restricciones tecnicas, administrativas y/o de sistemas para su ejecucion. Que, se hace pertinente efectuar las disposiciones correspondientes de depuracion en concordancia con el MORDAZA legal tributario, por tanto necesario disponer que: 1. De las Deudas Tributarias por concepto de Arbitrios Municipales Periodo 1994 al 2000. Se declaren extinguidas las deudas por concepto de Arbitrios Municipales del periodo 1994 al 2000, de las cuales se han generado los valores respectivos como la de aquellas deudas que figuren solo a nivel de cuenta corriente sobre las cuales no se hayan presentado las causales de interrupcion de la prescripcion establecida en el Articulo 45º del Codigo Tributario, teniendo en cuenta lo estipulado en los Articulos 43º y 44º de la mencionada norma. Los valores de este universo que contengan deudas del ano 2001 hacia adelante deberan ser reacotadas de acuerdo a Ley, prosiguiendo con su cobranza correspondiente de ser el caso siempre y cuando los mismos se encuentren en la Unidad de Recaudacion para su ejecucion respetando las formalidades administrativas y legales que ameriten las mismas. 2. De la Licencia de Funcionamiento En aplicacion del Decreto Legislativo Nº 776 del Articulo 67º concordado con la Ley Nº 27180 se hace necesaria la depuracion de adeudos por concepto de Tasa de Licencia de Funcionamiento que indebidamente se encuentra en los saldos por Cobrar de la Corporacion distorsionando la misma por lo tanto por la presente MORDAZA declarese extinguida las deudas existentes por concepto de Tasa de Licencia de Funcionamiento en las cuentas de saldos por cobrar, disponiendo el retiro de la Base de Datos correspondiente. 3. Del Relleno Sanitario En aplicacion de la Ordenanza Nº 052-MML; de la Municipalidad de MORDAZA que dispuso el no cobro por dicho concepto, por ello y a fin de depurar los saldos por cobrar que no son exigibles en merito a la misma dispongase la extincion y retiro de la Base de Datos por concepto de Relleno Sanitario que figuren en los anos 1994 al 2000.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Ordenanza de regularizacion tributaria y no tributaria de saldos por cobrar
ORDENANZA Nº 181-MJM MORDAZA MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 014-2005MJM-CPEP de la Comision de Planificacion, Economia y Presupuesto; con el MORDAZA MAYORITARIO de sus miembros, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA DE LOS SALDOS POR COBRAR Articulo 1º.- Objetivo, Obligaciones comprendidas y Vigencia La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los mecanismos de depuracion, limpieza y recu-

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