Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2006 (01/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 162

Pag.332056

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2006

consejeros regionales, alcaldes y regidores que postulen a la reeleccion de sus cargos no requieren renunciar ni solicitar licencia", disposicion que obedecio conforme se indicada en la parte considerativa de la misma MORDAZA, al hecho de no encontrarse prevista disposicion legal alguna que exigiera el otorgamiento de licencia o de renuncia a los funcionarios que desempenan cargos de presidente, vicepresidente y miembros del Consejo Regional, asi como de los alcaldes y regidores, que desearan reelegirse, en el MORDAZA facultativo que en este sentido establecen los Arts. 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru. Que, no obstante la vigencia del MORDAZA normativo expuesto, la peticion del Presidente Regional obedece a decision personal publicamente expresada, de no mantenerse en ejercicio del cargo durante la presente MORDAZA electoral para la eleccion en el MORDAZA de autoridades representativas de gobiernos regionales y locales correspondiente al periodo 2007 ­ 2010; decision que como es de publico conocimiento obedecio a motivos relacionados a la necesidad de garantizar mejor la transparencia de la actual gestion, minimizando al MORDAZA toda posibilidad de politizacion de la misma o especulaciones sobre el ejercicio indebido del cargo en favor de su candidatura. Que, en este contexto, el Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, preve en su Articulo 4º que "considerase funcionario al ciudadano que es elegido o designado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempenar cargos del mas alto nivel en los poderes publicos y los organismos con determinados por Ley"; Que, complementariamente, el Articulo 109º del mismo Reglamento citado de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, senala que se entiende por licencia la autorizacion para no asistir al centro de trabajo uno o mas dias, iniciandose el uso del derecho de licencia a peticion de parte, estando condicionado a la conformidad institucional; Que, en otro extremo del documento del visto, se solicita tambien se autorice la encargatura de la Presidencia Regional a la Lic. Enf. Nery Enny MORDAZA de Kroll, en atencion a lo previsto por el Articulo 23º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, supuesto tambien contemplado en la parte considerativa de la Resolucion Nº 860-2006-JNE, del regional sera reemplazado por el vicepresidente regional de conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales". Que, formando parte del MORDAZA normativo aplicable al petitorio formulado se encuentra el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Regional Nº 020-2003-GR.LAMB./CR, que precisa en el inciso 1. de su Articulo 12º como atribucion del Consejo Regional de MORDAZA, ademas de las senaladas en el Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, "autorizar los viajes por comision de servicios del Presidente y el Vicepresidente; asi como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) dias naturales al ano"; Que, en consecuencia, es conforme a ley autorizar la licencia solicitada por el Dr. Yehude MORDAZA Munaro, Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, por ser derecho que le corresponde con arreglo a ley; Que, de conformidad con el Articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Articulo 37º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atencion a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su SESION EXTRAORDINARIA de fecha 23 DE OCTUBRE DE 2006; SE ACUERDA: Articulo Primero.- CONCEDER licencia sin goce de haber del 24 de octubre al 19 de noviembre del ano 2006

al Dr. Yehude MORDAZA Munaro, Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque. Articulo Segundo.- ENCARGAR el despacho de la Presidencia Regional con todas las facultades inherentes al mismo, a la Lic. Enf. Nery Enny MORDAZA de Kroll, Vicepresidenta del Gobierno Regional de MORDAZA, durante el periodo de licencia del titular del pliego a que regional. Registrese, comuniquese y cumplase. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e) 3730-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2006-CR/GRM

Regional de MORDAZA solicita se publique Fe de erratas de la Ordenanza Regional Nº 009-2006-CR/GRM, publicada en la edicion del dia 19 de octubre de 2006. En el Articulo Tercero:

La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del primero de enero-2006 y sera publicado en el Diario Gobierno Regional de Moquegua.

La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir El Peruano, asi como el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Moquegua. 3761-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican procedimientos del MORDAZA de la Municipalidad, vinculados con los servicios que presta la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y aprueban normas que regulan los procedimientos simplificados para la obtencion de licencias de obras privadas en el Cercado de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 069 MORDAZA, 27 de octubre de 2006 Que, conforme al articulo 195 de la Constitucion Politica del Estado corresponde a los Gobiernos Locales promover el desarrollo y la economia local, siendo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.