Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2006 (08/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 8 de octubre de 2006

Solo podran acogerse a este procedimiento los poseedores que cumplan con las siguientes condiciones: a. Acreditar haber tomado posesion hasta el 31 de diciembre de 2004. (pago de impuesto predial, recibo de servicios basicos u otro documento ) b. No tener MORDAZA judicial pendiente respecto a la titularidad c. El lote debe figurar en los planos visados por la Municipalidad Distrital de Ate, conforme al Planeamiento Integral aprobado del sector, segun se ubique el predio. d. El area ocupada debe ser mayor a 40 m2 ( RNC Item II-X-3 minimo habitable ) e. Debe predominar el uso residencial en el lote de terreno materia de la solicitud. Los usos comerciales seran de nivel local y compatible con el uso residencial. f. El terreno no estara ubicado en MORDAZA de riesgo, MORDAZA arqueologica, MORDAZA minera, en via publica, en area destinada a aportes, en terreno ribereno, previa Declaracion Jurada bajo sancion de nulidad (Articulo 32ª, numeral 32.3 de la Ley N° 27444). 3.- Pago por derecho de tramite: Durante los primeros 30 dias Despues de los 30 dias de publicada la Ord. S/. 25.00 Nuevos Soles S/. 50.00 Nuevos Soles

4.- Un folder Manila 5.- Fotocopia simple de DNI ( por los dos lados ) 6.- Plano perimetrico del lote de terreno, ( Esc. 1/50 ), y Localizacion (Esc. 1/1000). 02850-1

Aprueban Planeamiento Integral de la MORDAZA Central del distrito del sector denominado El Platanal
ORDENANZA Nº 127-MDA Ate, 29 de setiembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de setiembre de 2006 y visto el Dictamen Nº 09-06-CDU/MDA de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º (modificado por la Ley Nº 27680) establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha establecido que es funcion especifica exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de Organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar fiscalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica, de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley Nº 27972). Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, Titulo II, Capitulo V, Articulos 37º al 42º establece que el Planeamiento Integral comprende la red de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente; asimismo senala que en los predios que coinciden con areas habilitadas o con proyecto de habilitacion

MORDAZA aprobado, el planeamiento comprendera la integracion al sector MORDAZA mas proximo. Este Planeamiento tendra una vigencia de 10 anos y las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes, el cual una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habitaciones urbanas futuras, debiendo ser inscrito en los Registros Publicos. Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML, de fecha 6 de diciembre de 2001, aprueba la actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion se encuentra por dos vias metropolitanas: Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui y la Av. Carretera Central. Que, en la Jurisdiccion del distrito de Ate, se tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales tomando conocimiento de la realidad y reconocimiento del espacio fisico del sector, poniendo a disposicion un Instrumento de Gestion de Ordenamiento del territorio mediante la elaboracion de Planeamientos Integrales por Sectores. Que, la finalidad del Planeamiento es el acondicionamiento progresivo de las zonas donde se ha detectado ocupaciones y construcciones no regularizadas, derivadas del crecimiento de la poblacion que viene provocando una dinamica MORDAZA desordenada e inadecuada, siendo necesario dictar normas que permitan adoptar estrategias normativas dentro del MORDAZA territorial existente, promoviendo las gestiones de desarrollo y promocion de la inversion. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se ha encargado de la elaboracion del estudio del Planeamiento Integral de la MORDAZA Central del distrito de Ate del sector denominado El Platanal ubicado en el Fundo La Estrella; constituido por los lotes 77B y 78 con un area de 45,803.00 m 2 e inscrita en el tomo 305 fojas 405 y continua en la PE 46773640 y el lote 79A parte inscrita en el tomo 305 fojas 442 continua en la PE 46773659 con un area de 12,870.00 m 2 y otra de 10,090.00 m2 ocupada por el centro Comercial Plaza Vitarte; haciendo un area total de 68,763.00 m2 cuyos linderos son: por el Norte: Carretera Central, por el Sur: Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui, por el Este: Pasaje La MORDAZA y por el Oeste: MORDAZA Progreso, el cual involucra predios en posesion de la Municipalidad Distrital de Ate y de otras Instituciones del Estado. Que, la Propuesta de Estudio del Planeamiento Integral, cuya finalidad es precisar las pautas relevantes de la adecuacion MORDAZA de un sector consolidado, congrega usos institucionales y de infraestructura importante en el distrito. Asimismo este Planeamiento va a permitir que se realice; ante los organismos competentes; el saneamiento fisico legal de las propiedades ubicadas dentro del sector y que se encuentran en posesion de instituciones importantes. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes a la sesion de concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA MORDAZA CENTRAL DEL DISTRITO DE ATE ­ SECTOR DENOMINADO EL PLATANAL LOTES Nº 77B, 78 Y PARTE DEL 79-A DEL EX FUNDO LA MORDAZA DISTRITO DE ATE Articulo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral de la MORDAZA central del distrito de Ate del sector denominado El Platanal; constituido por los lotes 77B, 78 con un area de 45,803.00 m 2 inscrita en el toma 305 fojas 405 y continua en el PE 46773640 y el lote 79A parte inscrita en el tomo 305 fojas 442 continua en la PE 46773659 con un area de 12,870.00 m2 y otra de 10,090.00 m2 ocupada por el Centro Comercial Plaza Vitarte; haciendo un area total de 68,763.00 m2, el mismo que sera considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilitaciones futuras que forma parte de dicho planeamiento, y sera inscrito obligatoriamente como carga en los Registro Publicos, con una vigencia de 10 anos como minimo, conforme al Plano signado como

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