Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2006 (08/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 8 de octubre de 2006

declaratoria de desierto. Y por cuya razon se recomienda contratar a una empresa que cuente con la especializacion que el caso amerita. Que, teniendo en cuenta la naturaleza del servicio requerido, se necesita la contratacion de una empresa especializada con conocimiento de la geografia del distrito y con la experiencia de haber realizado similares servicios dentro de la provincia de Talara con similar problematica, cuya contratacion deberia realizarse por servicio personalisimo que lo permite la letra f) del Articulo 19º del D.S. Nº 083.2004.PCM, en concordancia con el Articulo 145º del D.S. Nº 084.2004.PCM, en donde se dispone que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notarialmente especializadas, siempre de su experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores. Para este efecto, la Resolucion que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de dos o mas informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la obligacion, tal como lo dispone el Articulo 146º del D.S. Nº 084.2004.PCM en concordancia con el Articulo 20º del D.S. Nº 083.2004.PCM. Que, la inviabilidad de la competencia y por ende la aplicacion de esta causal se determina por la concurrencia de tres clases de elementos; los referidos al objeto contractual y los vinculados a la persona prestadora del servicio. Los elementos referidos al objeto contractual son los siguientes: Que la entidad requiera una prestacion de servicios; que se trate de un servicio especializado; que el servicio sea de indole profesional, artistico, cientifico o tecnologico y que el servicio atienda necesidades complejas de la entidad. Los elementos referidos al prestador del servicio son los siguientes: Que, el postor tenga la habilitacion necesaria; que el postor posea especialidad en la prestacion del servicio requerido ; que la calificacion se evidencie por la destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos del prestador; que su especialidad sea notoria y que con su notoria especializacion corresponda con la complejidad del objeto contractual. Que, el elemento referido a la entidad contratante, es la apreciacion objetiva de la entidad acerca de la inviabilidad de la comparacion con otros potenciales postores, en funcion al cumplimiento de los elementos referidos al objeto contractual y al prestador del servicio. Que, la Empresa J.C. MORDAZA ASESORIAS E.I.R.L., segun su curriculo es una entidad especialidad en Saneamiento Tecnico Legal de terrenos, habiendo prestado dichos servicios a la Empresa ENACE en MORDAZA, Tumbes y MORDAZA, y asimismo en las Municipalidades provinciales de MORDAZA en los distritos de: MORDAZA, Catacaos, Cura Mori; de Sechura en los distritos de Bellavista, Rinconada, Llicuar y Vice de Paita, y de Talara en los distritos de: Lobitos, El Alto, La MORDAZA, Negritos y Los Organos, lo cual le permite tener conocimiento de la realidad y situacion de los terrenos de los indicados distritos como es el distrito de Los Organos y que le permite a la citada empresa caracteristicas particulares y trayectoria profesional, que MORDAZA la diferencia y hace inviable la comparacion con otros potenciales proveedores y consecuentemente hace viable la contratacion de dicha empresa mediante la causal de servicio personalisimo. Esta contratacion debera ser en forma directa mediante acciones inmediatas solicitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones, tal como lo dispone el Articulo 148º del D.S. Nº 084.2004.PCM. Que, el servicio materia de la exoneracion consiste en la formulacion del Estudio Definitivo del Catastro MORDAZA del distrito de Los Organos incluyendo la Caleta El Nuro, para efectos de obtener la recoleccion de datos de MORDAZA necesarios en los predios con nivel de terreno y edificados, como son los registros y mediciones geometricas de cada una de las viviendas y/o edificaciones existentes en la localidad, como son el perimetro y el area total, area libre y area techada y demas referencias estipuladas en los terminos de referencia. Cabe mencionar que la Elaboracion de dicho estudio es imprescindible para conocer la realidad actual de la poblacion y que permitira determinar el potencial de

contribuyentes para aplicar las estrategias correspondientes que incrementen los recursos propios de la Institucion Municipal. Que, el valor referencial es de S/.50,000.00 nuevos soles, incluyendo gastos generales y utilidad asi como el I.G.V y el plazo de ejecucion de los servicios sera de 50 dias calendario. Para determinar la Cobertura Presupuestal correspondiente, sera necesario que previamente se remita el presente informe al area de Contabilidad y Presupuesto. Que, la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la contratacion por servicios personalisimos es aprobada por ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL, el mismo que obligatoriamente sera publicado en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO dentro de los 10 dias habiles de su emision y adicionalmente se publicara en el SEACE, tal como lo dispone el Articulo 20º del D.S. Nº 20 del D.S. Nº 083.2004.PCM. Que, el Asesor Legal en su Informe Nº 067.2006.MDLO/ OAL, RECOMIENDA, que el Acuerdo de Concejo Municipal y los informes tecnicos y legales que lo sustentan se remitiran a CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y AL CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO (CONSUCODE) bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 20º del D.S. Nº 083.2004.PCM. Que, el Asesor Contable en su Informe Nº 201.2006.MDLO/AC, de fecha 21 de septiembre del ano en curso, informa que la Cobertura Presupuestal del Proyecto ELABORACION DE CATASTRO MORDAZA se encuentra en el Componente 2067094, Fuente de Financiamiento 01, Especifica 6.5.11.33. Estando a lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Informe Legal, Informe Contable, Informe del Jefe de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura y con la Exoneracion de la Lectura y Aprobacion del Acta de Sesion Extraordinaria Nº 019-2006-.MDLO/CM de fecha 28.09.2006 el Concejo en Pleno por UNANIMIDAD. ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR AUTORIZAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion que corresponda para la CONTRATACION DE UNA EMPRESA ESPECIALIZADA que formule el ESTUDIO DEFINITIVO para la ELABORACION DEL CATASTRO MORDAZA DEL DISTRITO DE LOS ORGANOS, incluyendose la CALETA EL NURO, declarandose como SERVICIOS PERSONALISIMOS, de conformidad con el inciso f) del articulo 19º del D.S. Nº 083.2004.PCM. Articulo Segundo.- ESTABLECER, que la CONTRATACION a que se refiere el articulo precedente sera por un periodo de 50 dias calendario hasta por un monto del valor referencial de S/. 50,000.00 nuevos soles, incluyendo gastos generales y utilidad asi como el I.G.V. con cargo al Componente 2067094, Fuente de Financiamiento 01, Especifica 6.5.11.33. Articulo Tercero.- FACULTAR, al senor MORDAZA la suscripcion del Contrato correspondiente con la EMPRESA JC.OLAYA ASESORIA E.I.R.L. Articulo Cuarto.- DISPONER, que Secretaria General remita MORDAZA Fedateada del presente Acuerdo y de los Informes Tecnico-Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE dentro de los 10 dias habiles siguiente a la fecha de su aprobacion y asi mismo ingrese dicha informacion al SEACE del CONSUCODE. Articulo Quinto.- ENCARGAR, al Comite Especial Permanente de Contrataciones y Adquisiciones registre y efectue la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion del Proyecto: ELABORACION CATASTRO URBANO. Articulo Sexto.- DISPONER, que Secretaria General y Abastecimiento cumplan con la Publicacion del Acuerdo en el Diario El Peruano, dentro de los 10 dias habiles a su emision o adopcion segun corresponda. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARCA MORDAZA MORDAZA 02853-1

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