Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2006 (28/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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331700

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 28 de octubre de 2006

de sus actividades y los que el Servicio adquiera en el desarrollo de sus actividades. g) Los que se capten por convenios o contratos con terceros. h) Otros que se obtengan por cualquier concepto con arreglo a ley. Las actividades de SISOL no son lucrativas, debiendo cautelar que los costos de los servicios en general, aseguren la mayor rentabilidad social, de modo que permita ampliar progresivamente el acceso de la poblacion a los servicios de salud que el Estado a traves de sus entidades adscritas brinda (2).
(2) Parrafo adicionado por el articulo 1º de la Ordenanza Nº 968MML, publicada el 06/08/2006.

Articulo Noveno.- La programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion, control y evaluacion del Presupuesto y Estados Financieros del SISOL, se regiran por las disposiciones legales que sobre la materia se encuentren vigentes y por el presente Estatuto. El SISOL se ubica dentro de las entidades publicas con tratamiento empresarial que se regulan por las Directivas que emite la Direccion Nacional de Presupuesto Publico. Articulo Decimo.- El ejercicio economico de SISOL se inicia el primero de enero y termina el 31 de diciembre de cada ano. Al final del ejercicio se formulara el Balance General, dentro del plazo que la normatividad vigente senale, contados a partir del cierre del Ejercicio Economico Anual. Articulo Decimo Primero.- Los recursos del SISOL seran depositados en el sistema financiero, procurando que los fondos depositados obtengan la mayor rentabilidad y seguridad. Articulo Decimo Segundo.- Siendo el Sistema Metropolitano de la Solidaridad, un Organismo Publico Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, estan exonerados de todo impuesto, asi como de pago de los derechos registrales y arancelarios cuando los bienes provengan del extranjero, para los fines del calculo del impuesto de la renta, seran deducidos como gastos, de acuerdo a la legislacion vigente sobre la materia. A r ticulo Decimo Tercero.- El Sistema Metropolitano de la Solidaridad, podra recibir donaciones de acuerdo a Ley, los que deberan ser puestos a consideracion del Concejo Metropolitano de MORDAZA, para lo cual debera hacer su inscripcion de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Decimo Cuarto.- El personal del Sistema Metropolitano de la Solidaridad esta comprendido en el Regimen Laboral de la Actividad Privada conforme al Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral y su TUO aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR, asi como sus normas complementarias. TITULO MORDAZA DE LAS FUNCIONES GENERALES Articulo Decimo Quinto.- Son funciones generales del Sistema Metropolitano de la Solidaridad, los siguientes: a) Apoyar, promover, implementar, administrar y desarrollar programas de servicios de salud integrales, asi como otros de interes social a fin de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion de menores recursos. b) Realizar prestaciones de salud en las diferentes especialidades medicas y afines, tanto en MORDAZA Metropolitana, como en los lugares que por convenio se establezca, de acuerdo a las necesidades y a solicitud de la poblacion. c) Apoyar, promover, administrar, desarrollar, coordinar con Entidades Publicas y Privadas programas y proyectos de salud, actividades e investigaciones y estudios necesarios con el fin de determinar las necesidades de salud, mejoramiento de los servicios y prestaciones de salud, asi como otras acciones que redunden en la calidad de MORDAZA de la poblacion.

d) Construir, equipar y administrar establecimientos de salud que brinden actividades preventivas, curativas y de rehabilitacion de salud a las poblaciones urbanomarginales de escasos recursos a traves de la implementacion de establecimientos permanentes o moviles. e) Brindar ayuda social total y/o parcial a los casos de indigencia o precariedad social. Asi como en los casos de situacion de desastre o de emergencia. f) Suscribir todos los actos, contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de sus fines, pudiendo asociarse con otras entidades publicas o privadas, nacionales, extranjeras o multinacionales. g) Proponer y desarrollar planes de Investigacion Cientifica y Social, asi como de intercambio de conocimientos y de transferencia tecnologica, mediante programas de cooperacion tecnica nacional e internacional. h) Realizar estudios y prestar servicios de su competencia por encargo de entidades publicas y privadas. i) Otras funciones que a criterio de la Direccion Ejecutiva, MORDAZA necesarias para atender a sus fines de conformidad con la normatividad vigente. TITULO MORDAZA DE LA ORGANIZACION Y ADMINISTRACION CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo Decimo Sexto.- La Estructura Organica del Sistema Metropolitano de la Solidaridad - "SISOL", es la siguiente (3): I. CONSEJO DIRECTIVO - Director Ejecutivo II. DEL ORGANO DE DIRECCION - Gerente General III. ORGANOS DE CONTROL - Oficina de Control Institucional IV. ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asesoria Juridica - Oficina de Planificacion y Presupuesto V. ORGANOS DE APOYO - Gerencia de Administracion y Finanzas VI. ORGANOS DE LINEA - Gerencia de Servicios de Salud - Gerencia de Comercializacion - Gerencia de Gestion de Riesgos VII. ORGANOS DESCONCENTRADOS - Hospitales Desconcentrados - Centros Medicos
(3) Articulo modificado por el articulo 1º de la Ordenanza Nº 961MML, publicada el 23/07/2006.

Articulo Decimo MORDAZA A.- Definicion y Conformacion del Consejo Directivo (4) El Consejo Directivo del Sistema Metropolitano de Solidaridad - SISOL, es el organo de mayor nivel de la entidad, estando encargado de la definicion de los planes y politicas vinculadas a su ambito, de supervision y control de sus actividades, de la aprobacion de normas de primer rango de la entidad, asi como de aquellas otras funciones especificas que se detallan mas adelante. El MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, designa a los 5 miembros del Consejo Directivo, siendo presidido por el Director Ejecutivo del Sistema Metropolitano de la Solidaridad ­ SISOL.
( 4) Articulo insertado por el articulo 2º de la Ordenanza Nº 961-MML, publicada el 23/7/2006.

Articulo Decimo MORDAZA B.- Funciones del Presidente del Consejo Directivo (5)

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