Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2006 (28/10/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano sabado 28 de octubre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

331657

Direcciones Regionales de Pesqueria del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 03610-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 286-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de agosto del 2006 Visto el escrito de Registro Nº 00006120 del 23 de junio del 2005, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA DELGADO. CONSIDERANDO: Que los articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que los permisos de pesca son derechos especificos otorgados por el Ministerio de la Produccion, a plazo determinado y a nivel nacional, a las personas naturales y juridicas, para el desarrollo de actividad pesquera; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 6.5 del articulo 6º que la extraccion de los atunes y especies afines, por tratarse de recursos altamente migratorios, podra estar sometida a un regimen gradual de incremento de esfuerzo pesquero nacional; Que el numeral 6.3 del articulo 6º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso Bacalao de Profundidad, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 2362001-PE dispone suspender temporalmente el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota y de nuevos permisos de pesca para la extraccion de bacalao de profundidad; Que a traves del escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion palangrera de menor escala denominada "DELFIN I", de 32.50 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de los recursos bacalao de profundidad, atun y especies afines, con destino al consumo humano directo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente la recurrente acredita que la embarcacion pesquera "DELFIN I" cumple con los requisitos sustantivos y procedimentales exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE y Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaria procedente otorgar la autorizacion de incremento de flota para el acceso a los recursos Atun y especies afines e improcedente en el extremo referido al recurso bacalao de profundidad, por encontrarse suspendido temporalmente el tramite para el acceso a dicho recurso; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 175-2005PRODUCE/DNEPP-Dch, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion palangrera, de MORDAZA, de menor escala denominada "DELFIN I" de 32.50 m3 de volumen de bodega, que utilizara hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, implementada con palangre o espinel de media agua para la extraccion de recursos Atun y especies afines, con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota en el extremo referido al recurso hidrobiologico bacalao de profundidad, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente tendra una vigencia improrrogable de dieciocho (18) meses contados a partir de la vigencia de la presente resolucion de acuerdo a lo establecido en el numeral 37.1 del Articulo 37 del Reglamento de la Ley General de Pesca, debiendo dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento de dicha autorizacion, proceder a solicitar el respectivo permisos de pesca, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la autorizacion, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Asimismo, sera causal de caducidad de la autorizacion otorgada que la embarcacion exceda el volumen autorizado o sea construida con caracteristicas diferentes a una embarcacion MORDAZA palangrera. Articulo 4º.- Cumplido el plazo para ejecutar la referida autorizacion de incremento de flota la recurrente debera solicitar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero la inspeccion tecnica a que se hace referencia en el requisito Nº 7 del procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- Incluir la presente autorizacion de Incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribase la presente resolucion directora a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 03610-2

Declaran en abandono procedimiento administrativo del recurso de reconsideracion presentado contra la R.D. Nº 296-2005-PRODUCE/DNEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 288-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 28 de agosto del 2006 Visto el escrito con registro Nº 00038947 del 15 de noviembre del 2005, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 324-97-PE, del 3 de MORDAZA de 1997, se otorgo permiso de pesca a favor de la empresa FABRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A., para operar la embarcacion pesquera "ESTHER 1" de matricula Nº CO-12926-PM, con una capacidad de bodega de 459.91 m3, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.);

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.