Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2006 (26/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano martes 26 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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Articulo 12º.- De la ejecucion contractual La ejecucion contractual se computa en dias calendario desde el dia siguiente de la suscripcion del contrato o desde el dia siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las Bases. En el caso de obras se aplica lo dispuesto en el articulo 240º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 13º.- De la implementacion de la Veeduria Los procesos de seleccion y la ejecucion de los contratos que se derivan de la presente MORDAZA estan sujetos a los mecanismos de control preventivo del Sistema Nacional de Control, como las veedurias, a que se refiere la Directiva Nº 001-2005-CG/OCI-GSNA, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 528-2006CG y modificada por Resolucion de Contraloria Nº 2382006-CG, sin perjuicio del control posterior que corresponda. Articulo 14º.- De la fiscalizacion Culminados los Procesos de Seleccion Abreviado (PSA) las entidades comprendidas en la Ley Nº 28880, informan sobre sus resultados a la Comision de Fiscalizacion y Contraloria del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica y el CONSUCODE, dentro de un plazo que no debe exceder treinta (30) dias calendario siguientes de firmado el contrato respectivo, adjuntando la documentacion correspondiente. Articulo 15º.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia rige a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 16º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Las entidades que hayan realizado los actos descritos en los articulos 4º y 5º del presente MORDAZA, MORDAZA de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, deben adecuarse a lo establecido en la presente MORDAZA en un plazo no mayor a dos (2) dias habiles. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Exceptuese al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, del articulo 8º literal b) de la Ley Nº 28652 para que realice el nombramiento del vocal del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Segunda.- La MORDAZA autoridad administrativa de las Entidades Prestadoras de Servicios de Sanea-

miento, Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales o Distritales, podran optar, de acuerdo a los proyectos de inversion a ejecutar, entre la aplicacion del procedimiento regulado en el presente Decreto de Urgencia o la aplicacion del Procedimiento Especial Simplificado, establecido en el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo Nº 026-2006-VIVIENDA y normas complementarias. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de setiembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 02450-3

PCM
Designan miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP
RESOLUCION SUPREMA Nº 283-2006-PCM MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 200-2006-PCM se acepto la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA Garavito Amezaga como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; Que, encontrandose vacante dicho cargo, resulta necesario designar a la persona que desempene tales funciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 056-2001-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA RUBIO como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP.

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