Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

NORMAS LEGALES
ANEXO B PROYECTOS DE INVERSION

347227

UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHISQUILLA, PROVINCIA DE BONGARA, DEPARTAMENTO DE AMAZONAS MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 TRANS. FINANC. S/.

COD SNIP

PROYECTOS

30257

MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADOCHISQUILLA TOTAL

INDIRECTA

27,721.60 55,443.20 20,791.20

13,860.80

13,860.80

6,930.40

138,608.00

27,721.60 55,443.20 20,791.20

13,860.80

13,860.80

6,930.40

138,608.00

Administracion Indirecta : El primer desembolso se iniciara con la suscripcion del contrato de obra.

73070-4

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 182-2007-VIVIENDA MORDAZA, 8 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, incorporado al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con Resolucion Ministerial Nº 505-2006VIVIENDA por la suma de UN MIL TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 036 801 539, 00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecucion de proyectos a traves de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto para cuyo efecto debera suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecucion de proyectos por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927,

las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para proyectos de inversion y saneamiento se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario oficial El Peruano; Que, mediante Informe Tecnico Nº 037-2007/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ha informado respecto al estado situacional del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, y asimismo, ha emitido opinion favorable respecto a la transferencia financiera a realizarse a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAMBRASBAMBA, Distrito de Yambrasbamba, Provincia de Bongara, Departamento de Amazonas, para la ejecucion del referido proyecto, hasta por la suma de S/. 135 880,00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Ano Fiscal 2007 y la Ley Nº 28979; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 135 880,00 (Ciento treinta y cinco mil ochocientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAMBRASBAMBA, Distrito de Yambrasbamba, Provincia de Bongara, Departamento de Amazonas, para la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion y/o conclusion del proyecto detallado en el Anexo A, quedando prohibido que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAMBRASBAMBA, efectue anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos solo se efectivizaran luego que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAMBRASBAMBA presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecucion de estudios, obra o supervision del proyecto,

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