Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

procedimiento administrativo a fin de analizar los expedientes asignados, se observa que aun se mantiene la deuda pendiente y que en todos los siguientes expedientes coactivos no ha tomado las medidas pertinentes a fin de resguardar los intereses de la Municipalidad :
EXPEDIENTE 3050-2004 3065-2004 3080-2004 3106-2004 3166-2004 3247-2004 3289-2004 3384-2004 3741-2004 3757-2004 DEUDA TOTAL 859.41 2,361.31 5,160.10 1,042.45 1,306.33 797.29 2,423.76 1,160.24 11,044.94 5,516.32 FECHA 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 Estado de la deuda PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE

Es mas, tratandose de un profesional en Abogacia, a la par funcionario publico de MORDAZA, conocedor de las leyes, y mas aun de las responsabilidades que emergen de una conducta funcional como la que el ha asumido, nos lleva a determinar, que su actuacion ha tenido motivaciones de caracter personal, esto es, en provecho propio, de manera que su actuacion funcional seria dolosa. AUXILIAR COACTIVO MORDAZA JUANITO MONTES: Al Auxiliar Coactivo MORDAZA Juanito MORDAZA segun su informe Nº 009-2007-OCE/MDLV de fecha 23 de marzo del 2007 emitido por el mismo, manifiesta que tiene en su custodia y bajo su responsabilidad 887 valores (Ordenes de Pago y Resoluciones de Determinacion) con un monto involucrado de S/.762,777.83 Nuevos Soles sobre los cuales no inicio el procedimiento de cobranza coactiva, a pesar de haber transcurrido varios meses y que recien en esta gestion (ano 2007) se estan iniciando. Que, asimismo informa que tienen un total de 628 expedientes de los anos 2004 al 2006, que se encuentran bajo custodia del citado auxiliar coactivo por un monto involucrado de S/.499,200.77 Nuevos Soles, de los cuales no se trabaron todas las correspondientes medidas cautelares y las acciones de cobranza. MORDAZA a la ardua labora de la gerencia de Ejecucion Coactiva, recien en el ano 2007, se han trabado las respectivas medidas cautelares, las cuales producto de la eficiencia de la citada gerencia han dado optimos resultados como el caso de los embargos en forma de inscripcion Registral Inmueble y Vehicular, sin embargo en otros casos pese al esfuerzo no ha sido posible debido a que el obligado no contaba con bienes a su nombre con los cuales respaldar el pago de la deuda tributaria, por lo que la dilacion en la traba de medidas ha podido ocasionar que durante los anos de inaccion del Ejecutor y Auxiliar Coactivo, el deudor MORDAZA transferido sus bienes, perjudicando a la Municipalidad de La MORDAZA, que no tiene ahora como asegurar el recupero de la acreencia. Al respecto debemos senalar que la unica solucion en este caso seria la interposicion de una accion oblicua o pauliana, a titulo de sugerencia por parte de esta comision, lo cual podria lograr la nulidad de dichos actos juridicos sustentado en una transferencia destinada a la disminucion del patrimonio a fin de evadir el pago de la deuda tributaria, sin embargo es una medida ex post, posterior al dano que ya en si ha sido ocasionado a la Municipalidad. Que, habiendose notificado la Resolucion de Gerencia Nº 034-2007-GM/MDLV, el mencionado auxiliar efectuo sus respectivos descargos manifestando lo siguiente: Sin embargo de su Informe y de las copias certificadas de los expedientes coactivos llevados por el auxiliar en cuestion que obran en autos, se evidencia que las medidas cautelares se trabaron en el presente ano, habiendo transcurrido meses de inactividad. Es mas, tratandose de un profesional en Abogacia, a la par funcionario publico de MORDAZA, conocedor de las leyes, y mas aun de las responsabilidades que emergen de una conducta funcional como la que el ha asumido, nos lleva a determinar, que su actuacion ha tenido motivaciones de caracter personal, esto es, en provecho propio, de manera que su actuacion funcional seria dolosa. Que luego de haber revisado las copias certificadas que obran en autos y que forman parte del presente procedimiento administrativo a fin de analizar los expedientes asignados, se observa que aun se mantiene la deuda pendiente y que en todos los siguientes expedientes coactivos no ha tomado las medidas pertinentes a fin de resguardar los intereses de la Municipalidad :
EXPEDIENTE 3722-2004 3566-2004 3733-2004 2889-2004 3567-2004 3620-2004 3540-2004 12353-2005 15594-2006 DEUDA TOTAL 2,006.15 4,318.32 7,045.44 313.95 2,997.70 1,698.08 2,459.91 9,917.77 2,906.01 FECHA 05/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 31/08/2004 01/09/2005 02/08/2006 ESTADO PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE PENDIENTE

Que de las copias certificadas se observa que respecto al Expediente Nº 3050-2003 cuya Resolucion de Ejecucion Coactiva se emitio con fecha 4 de Agosto de 2004, recien el 21 de febrero de 2007 solicito al Ejecutor Coactivo, habiendose cumplido el plazo establecido en el articulo 14º de la Ley Nº 26979, y estando pendiente de pago la deuda materia de autos, solicito se trabe recien la medida cautelar de Embargo en forma de retencion hasta por la suma de S/ 552.44, habiendo transcurrido casi tres anos para su ejecucion. Que cabe senalar que carece de fundamento el argumento del procesado, sobre la inexistencia de cargo de notificacion sobre los citados valores, o expedientes referidos al procedimiento de Cobranza Coactiva, debido a que el mismo procesado remitio a traves del Informe Nº 026-2007OEC/OF/MDLV de fecha 22 de marzo del 2007; el estado en el que se encuentran dichos expedientes y/o valores, en consecuencia carece de efecto la negativa de recepcion o el desconocimiento supuestamente alegado, debido a que el mismo Auxiliar ha enviado tanto en original y MORDAZA el mencionado Informe sustentatorio dirigido a la Gerente de Ejecucion Coactiva, Dra. MORDAZA Romero. La negligencia se ha determinado mediante el expediente coactivo Nº 3050-2004, con fecha de REC 4 de agosto de 2004 notificado con fecha 18 de agosto de 2004 Medida Cautelar Embargo en Forma de Retencion con fecha 21 de MORDAZA de 2007. El expediente coactivo Nº 3065-2004, con fecha de REC 4 de agosto de 2004 notificado con fecha 13 de agosto de 2004 Medida Cautelar Embargo en Forma de Retencion con fecha 6 de marzo de 2007. El expediente coactivo Nº 3080-2004, con fecha de REC 4 de agosto de 2004 notificado con fecha 13 de agosto de 2004 Medida Cautelar Embargo en Forma de Retencion con fecha 15 de marzo de 2007. El expediente coactivo Nº 3108-2004, con fecha de REC 4 de agosto de 2004 notificado con fecha 2 de setiembre 2004 Medida Cautelar Embargo en Forma de Retencion con fecha 13 de marzo de 2007. El expediente coactivo Nº 3166-2004, con fecha de REC 4 de agosto de 2004 notificado con fecha 12 de agosto de 2004 Medida Cautelar Embargo en Forma de Retencion y/o captura de vehiculos. Sostiene dicho funcionario, que su despacho si trabo las medidas cautelares en forma de retencion bancaria, en forma de deposito y hasta en forma de inscripcion, de los referidos a expedientes coactivos de los principales contribuyentes; Sin embargo de su Informe y de las copias certificadas de los expedientes coactivos llevados por el auxiliar en cuestion, se evidencia que las medidas cautelares se trabaron en el presente ano, habiendo transcurrido meses de inactividad. Que, ha quedado demostrado que el Auxiliar Coactivo mencionado ha actuado a su libre albedrio, sin respeto a la normatividad vigente que enmarca sus funciones; contraria la diligencia y al fiel cumplimiento de sus funciones, lo que debe caracterizar a todo funcionario publico, causando con su accionar, grave dano moral y economico a la Municipalidad de La Victoria; es decir, no ha actuado con prevision, y diligencia, sino con manifiesta negligencia.

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