Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

informacion economica y financiera como el Producto MORDAZA Interno de diversos paises; los indices de precios al por mayor y al consumidor; la produccion de minerales como el cobre, zinc, plomo, oro y plata; los indicadores cualitativos como el nivel de confianza del consumidor; los niveles de tasas de interes; curvas de tasas de rendimiento de bonos locales y foraneos, noticias e informacion cuantitativa sobre la evolucion de los mercados bursatiles, entre otros. Asi tambien permite acceder a la normativa relevante de diversos paises, debiendose mencionar que son de mucho apoyo los reglamentos, reglas y normas emitidas por las entidades autorreguladas de mercados desarrollados, entre los que destacan la NYSE y el Nasdaq; Que, dicho sistema contribuye de manera importante en la supervision de los mercados secundarios de valores y de fondos mutuos, asi como en la obtencion de informacion estadistica y en el estudio de la normativa de otros mercados con el fin de sustentar las modificaciones a la normativa local. Asimismo, la informacion a la que se accede, posibilita la evaluacion de diversos indices de sensibilidad (duracion) y volatilidad y de desempeno de fondos mutuos, la asignacion de precios en las transacciones, la identificacion de arbitraje y valorizacion de inversiones, con especial enfasis en la deteccion de malas practicas de los participantes del mercado; Que, en el Memorandum Conjunto N° 1465-2007EF/94.06.1/94.06.2/94.06.4 las Direcciones de Mercados Secundarios, Investigacion y Desarrollo y Patrimonios Autonomos de CONASEV sustentan las necesidades de orden tecnico que requieren ser cubiertas con el Servicio de informacion "Bloomberg Professional" que incluya adicionalmente para este ejercicio, la informacion en tiempo real de las cotizaciones internacionales de los metales (London Metal Exchange); razones por las que se considera que "Bloomberg Profesional" cuenta con las funcionalidades y herramientas que especificamente requieren las areas de linea para el cumplimiento de la labor supervisora de CONASEV sobre el MORDAZA de valores y se trata de un servicio que no admite sustituto; Que, la empresa Bloomberg L.P., es una de las principales empresas a nivel mundial en la distribucion de servicios de informacion integrados via multimedia y se trata de proveedor unico y exclusivo en nuestro MORDAZA del servicio "Bloomberg Professional", el mismo que se encuentra protegido por la legislacion de derechos de autor; Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la contratacion de los bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico estan exonerados de los procesos de seleccion que le correspondan, procediendo su contratacion mediante acciones inmediatas, de acuerdo con el articulo 20º de la citada norma; Que, asimismo, el articulo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM dispone que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; y que se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV aprobado por Resolucion Gerencia General N° 011-2007-EF/94.11, modificado por Resoluciones Gerencia General N° 037 y N° 0472007-EF/94.11, asi como por Resolucion Gerencia General N° 062-2007-EF/94.01.2, se encuentra previsto la realizacion de un Concurso Publico para la contratacion del "Servicio de Informacion Integrado Via Multimedia"; Que, de acuerdo con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, se trata de un MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, pues el monto de la contratacion del servicio por el periodo de un (1) ano, asciende a US $ 75 551,04 incluido todo MORDAZA de tributos. El costo de dicho servicio se financiara con recursos propios, el cual se encuentra debidamente presupuestado;

Que, el Informe Conjunto N° 308-2007EF/94.05.1/94.04.1 de fecha 6 de junio de 2007, considera que es factible contratar, via exoneracion, el Servicio de informacion "Bloomberg Professional" con la empresa Bloomberg L.P.; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 19º, inciso e) y el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 144° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico por la causal de servicio que no admite sustituto y existe proveedor unico, para la contratacion del servicio de informacion "Bloomberg Professional", hasta por un monto de US $ 75 551,04 (Setenta y cinco mil quinientos cincuenta y uno y 04/100 Dolares Americanos) incluido todo MORDAZA de tributos, por el plazo de un (1) ano. Articulo 2°.- Autorizar al Area de Logistica a efectuar la contratacion del mencionado servicio con la empresa Bloomberg L.P. mediante acciones inmediatas, el mismo que sera financiado con recursos propios de CONASEV, encontrandose dicho monto debidamente presupuestado. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; asimismo, remitir MORDAZA de la Resolucion y de los Informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL HIRSH MORDAZA Presidente 72591-1

Opinan a favor de listado de acciones comunes representativas del capital social de CAVALI S.A. ICLV en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA y disponen su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 011-2007-EF/94.06.3 MORDAZA, 8 de junio de 2007 VISTOS: El Expediente Nº 2007016038, asi como el Informe Interno Nº 310-2007-EF/94.06.3 del 7 de junio de 2007, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante escritos presentados con fechas 18 de MORDAZA, 23 y 25 de MORDAZA de 2007, CAVALI S.A. ICLV solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el listado de las acciones comunes representativas de su capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV; Que, el 28 de MORDAZA de 2007 la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de admitir la solicitud de listado de las acciones comunes representativas del capital social de CAVALI S.A. ICLV, y

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