Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2007 (20/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 20 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341885

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº 28607, de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de agosto de 2006, establece en su articulo primero "Declarar feriados no laborables a nivel nacional, para los trabajadores del Sector Publico, durante el ano 2007, los dias martes 2 de enero, lunes 30 de MORDAZA, jueves 28 de junio, lunes 30 de MORDAZA, viernes 31 de agosto, martes 9 de octubre, viernes 2 de noviembre, lunes 24 y 31 de diciembre; Que, en el articulo MORDAZA de la citada MORDAZA legal se establece que las horas dejadas de trabajar en los dias declarados no laborables en el articulo precedente, seran compensados en la semana posterior a la del dia declarado no laborable o de acuerdo a lo que establezca el Titular de cada entidad publica, en funcion a sus propias necesidades; Que, dada la naturaleza de los servicios que brinda la Municipalidad, es necesario que la entidad establezca los mecanismos pertinentes a efectos que no se interrumpa la operatividad de los mismos; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 20º numeral 6) Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer los dias no laborables para el ano 2007, como se detallan a continuacion: ANO 2007: - Martes 2 de enero: Sera compensado con una hora adicional los dias 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11 y 12, del mismo mes y ano. - Lunes 30 de abril: Sera compensado con una hora adicional los dias 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10 y 11, del mes de MORDAZA de 2007. - Jueves 28 de junio: Sera compensado con una hora adicional los dias 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11, del mes de MORDAZA de 2007. - Lunes 30 de julio: Sera compensado con una hora adicional los dias 31 de MORDAZA, 1, 2, 3, 6, 7, 8 y 9, del mes de agosto de 2007. - Viernes 31 de agosto: Sera compensado con una hora adicional los dias 3, 4, 5, 6, 7, 10,11 y 12, del mes de septiembre de 2007. - Martes 9 de octubre: Sera compensado con una hora adicional los dias 10,11, 12, 15, 16, 17, 18 y 19 del mismo mes y ano. - Viernes 2 de noviembre: Sera compensado con una hora adicional los dias 5, 6, 7, 8, 9, 12, 13 y 14 del mismo mes y ano. - Lunes 24 de diciembre: Sera compensado con una hora adicional los dias 26,27,28,del mismo mes y ano, y los dias 2, 3, 4, 7 y 8 de enero de 2008. - Lunes 31 de diciembre: Sera compensado con una hora adicional los dias 9, 10, 11, 14, 15, 16, 17 y 18 de enero de 2008. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinacion con las Gerencias de Limpieza Publica y Areas Verdes, Recursos Humanos y Obras Publicas y Mantenimiento, la dotacion del personal necesario para la continuidad de la operatividad de los servicios publicos municipales. Articulo Tercero.- Disponer que los dias declarados feriados no laborables, no seran computados para los plazos establecidos en los procedimientos administrativos iniciados por los administrados ante la Municipalidad.

Articulo Cuarto.- Para los fines tributarios, estos dias seran considerados habiles. Articulo Quinto.- Todas las Gerencias, Procuraduria Publica Municipal, Oficinas de Control Institucional y Sub Gerencias de la entidad, daran cumplimiento al presente Decreto bajo responsabilidad, garantizando la adecuada prestacion de los servicios. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA
38714-1

Declaran el mes de febrero como Mes de las Artes Plasticas en Miraflores
DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2007-MM

Miraflores, 16 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº 28607, de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el numeral 12 del articulo 82º establece que es funcion de las mismas promover los valores artisticos y culturales de la comunidad buscando su conservacion y difusion; Que, la actual administracion municipal tiene especial interes en promover la actividad cultural y artistica en la jurisdiccion, que propicie el enriquecimiento de los valores culturales heredados por vecinos ilustres del distrito; Que, los artistas MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Baca-Flor Soberon son los maximos exponentes de las artes plasticas del siglo XX, cuyo legado artistico forma parte del patrimonio cultural e historico de la nacion; Que, es MORDAZA fomentar el desarrollo y dimension de las artes plasticas y dedicar el mes de febrero de cada ano a destacar los logros de las mismas en el MORDAZA, partiendo del reconocimiento de los artistas plasticos mas significativos del ultimo siglo; En uso de las facultades conferidas por el Numeral 6) del Articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Declarar el mes de febrero como Mes de las Artes Plasticas en Miraflores, en homenaje a los maestros y exponentes mas reconocidos de la nacion, en merito a su invalorable aporte a la cultura peruana y con el objeto de promover y destacar los valores culturales transmitidos a traves del arte. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Cultura. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA
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