Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2007 (20/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, martes 20 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- La tarjeta Vecino Surcano Preferente "VSP", tendra vigencia desde el 1 de marzo hasta el ultimo dia del mes de febrero del ano siguiente, sin embargo su vigencia podra ser modificada o prorrogada en funcion a las disposiciones del Despacho de Alcaldia. Articulo Quinto.- El titular de la tarjeta VSP recibira un trato preferente en los servicios y gestiones que demande de la municipalidad siempre y cuando se encuentre al dia en sus pagos, tanto en la atencion presencial o no presencial y que se realice a traves de cualquier medio, ya sea escrito, telefonico o por medio electronico, encargando a los organos de apoyo y de linea de la municipalidad su cumplimiento. Articulo Sexto.- La tarjeta Vecino Surcano Preferente "VSP" contendra la siguiente informacion, logotipo de la municipalidad, codigo del contribuyente, nombre o razon social del contribuyente y los datos que establezca la municipalidad, pudiendo modificarse en diseno y color de acuerdo a las decisiones de la administracion. Articulo Setimo.- La entrega de la tarjeta VSP es gratuita para el contribuyente titular registrado en la declaracion tributaria del impuesto predial, adicionalmente, la municipalidad podra emitir tarjetas duplicadas para los titulares en caso de perdida, robo, dano o destruccion, a solicitud de este, de acuerdo al procedimiento establecido para tal fin y previo pago de la tarifa de S/ 5.00 nuevos soles. La municipalidad emitira tarjetas adicionales para los contribuyentes VSP que lo soliciten, las que podran ser extendidas a nombre del conyuge o hijos, en caso de tratarse de personas naturales; de los herederos en caso de sucesiones indivisas o condominos; de los arrendatarios en caso de inmuebles arrendados; y de los representantes legales en caso de personas juridicas, de acuerdo al procedimiento establecido para tal fin y previo pago de S/ 5.00 nuevos soles. Solo en casos excepcionales de error en la impresion de los nombres u otros datos, asi como del envio que hubiera sido en forma inapropiada, la municipalidad emitira duplicados de las tarjetas VSP sin costo para el contribuyente que lo solicite. Articulo Octavo.- Se perdera el derecho al uso de la tarjeta VSP para los servicios que demande de la municipalidad, cuando se verifique que el titular del predio MORDAZA cometido una infraccion por el incumplimiento de las normas administrativas que contemplen a la aplicacion de sancion establecidas; o cuando no se encuentre al dia al vencimiento de cada pago trimestral. Articulo Noveno.- Encargar a la Subgerencia de Servicios Especiales implementar formalmente los mecanismos de interaccion con el comercio local, orientados a asegurar el otorgamiento de beneficios a los vecinos preferentes, como descuentos en los negocios del distrito, campanas motivacionales con la participacion de empresas afiliadas al sistema VSP a cambio de apoyo publicitario en los medios de difusion de la municipalidad. Articulo Decimo.- El presente Decreto de lcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Disposicion Complementaria Primero.- Estando la prorroga de la tarjeta VSP 2006 mediante el Decreto de Alcaldia Nº 001-2007-RASS del 29.1.2007 dejese en suspenso el Articulo MORDAZA del presente Decreto de Alcaldia hasta la vigencia del referido Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA
38552-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Prorrogan plazo de vencimiento para pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial
ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2007/MDV

Ventanilla, 15 de marzo de 2007 VISTO: En la Sesion Ordinaria, de fecha 15 de marzo del 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 0075-2007/MDV-GR, el Gerente de Rentas, solicita al Concejo Municipal Distrital, apruebe la prorroga del vencimiento del plazo para el pago al contado o primera cuota del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio fiscal 2007; hasta el fin de mes de marzo, senalando que se encuentra en pleno MORDAZA de distribucion de las cuponeras de pago en el domicilio de los contribuyentes. Que, mediante Dictamen N° 002-2007-MDVCR de fecha 22 de febrero del 2007, la Comision de Rentas, dictamina recomendar al honorable Concejo, la aprobacion de la prorroga solicitada por la Gerencia de Rentas. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas son las normas de caracter genera de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO PARA PAGO AL CONTADO O DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL HASTA EL FIN DE MES MARZO DEL 2007 Articulo Primero.- Establecer la prorroga del plazo de vencimiento para pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial hasta el fin de mes de marzo del 2007. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
38807-1

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