Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2008 (07/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS Monto en Nuevos Soles

NORMAS LEGALES
DICIEMBRE 2008 ­ FEBRERO 2009 (*) 87,580

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2008

(*) Actualizacion para el trimestre diciembre 2008 ­ febrero 2009 en base a la Variacion IPM diciembre 1998 ­ noviembre 2008: 1,41258103 Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 287747-1

UNIVERSIDADES
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion convocado por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA para la adquisicion de equipos de computo y proyectores multimedia para la Facultad de Ciencias Matematicas
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 05671-R-08 MORDAZA, 3 de diciembre de 2008 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 13122-SG-08 del Comite Especial para la Conduccion del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva concerniente a la Adquisicion de Computadoras y Equipos Multimedia para la Facultad de Ciencias Matematicas de la UNMSM, sobre declaratoria de oficio de la Nulidad del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2008-UNMSM. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 0769-DGA-2008 de fecha 01 de octubre de 2008, se conformo el Comite Especial para la Conduccion del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva concerniente a la Adquisicion de Computadoras y Equipos Multimedia para la Facultad de Ciencias Matematicas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Mediante Acta de Sesion Nº 001 ­ ADS Nº 012-2008-UNMSM de fecha 15 de octubre de 2008, el Comite Especial aprobo el proyecto de Bases Administrativas del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2008-UNMSM concerniente a la "ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMPUTO Y PROYECTORES MULTIMEDIA PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MATEMATICAS DE LA UNMSM"; asimismo, por Resolucion Directoral Nº 0827-DGA-2008 de fecha 16 de octubre de 2008, la Direccion General de Administracion aprobo las Bases Administrativas del MORDAZA de Seleccion acotado; Que en Acta de Sesion Nº 002 ­ ADS Nº 012-2008UNMSM de fecha 23 de octubre de 2008, el Comite Especial absolvio las consultas y observaciones realizadas a las bases administrativas del MORDAZA de Seleccion indicado e igualmente mediante Acta de Sesion Nº 003 ­ ADS Nº 012-2008-UNMSM, de fecha 24 de octubre de 2008, el Comite Especial integro las bases administrativas del MORDAZA de Seleccion acotado; Que el Secretario del Comite Especial da cuenta que el Tercer Miembro y Jefe de la Unidad de Estadistica e Informatica y representante de la Facultad de Ciencias Matematicas don MORDAZA MORDAZA MORDAZA informo que dentro de las caracteristicas tecnicas minimas del Item Nº 01: Computadoras, se omitio considerar la Tarjeta de Video: PCI EXPRESS x 16, 512 MB Reales, siendo que la ausencia de dicho componente implica la no operatividad del bien; asimismo, se informa que de la etapa de formulacion de Consultas y Observaciones ninguna fue referida a las caracteristicas tecnicas minimas de dicho item y no se realizaron aclaraciones al respecto por lo que el Comite Especial da cuenta que a fin de garantizar los principios de Eficiencia y de Transparencia que rigen las Contrataciones

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y Adquisiciones del Estado, Mediante Acta de Sesion Nº 004 ­ ADS Nº 012-2008-UNMSM de fecha 30 de octubre de 2008, el Comite Especial solicita se declare la Nulidad del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2008UNMSM concerniente a la "ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMPUTO Y PROYECTORES MULTIMEDIA PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MATEMATICAS DE LA UNMSM" en el Item Nº 01:Computadoras y retrotraerlo a la etapa de convocatoria previa reformulacion de las Bases Administrativas, de conformidad con los Articulos 29º y 117 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 57 del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el Articulo 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece: "Nulidad: El Tribunal en los casos que conozca, declarara nulos los actos administrativos expedidos por las Entidades cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso. El Titular de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, por las mismas causales previstas en el parrafo anterior, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de que pueda ser declarada por el Titular de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos que conozca. Despues de celebrados los contratos solo es posible declarar nulidad de oficio para efectos del articulo 9º de la presente Ley y cuando se verifique la transgresion del MORDAZA de presuncion de veracidad. Esta facultad es indelegable"; Que el articulo 117º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa: "Integracion de Base: Una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedaran integradas como reglas definitivas y no podran ser cuestionadas en ninguna otra via ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun sea el caso. En los casos en que no se hubiere elevado al CONSUCODE el expediente respectivo, corresponde al Comite Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases conforme a lo dispuesto en los pliegos de absolucion de consultas y de absolucion de observaciones; de lo contrario, el MORDAZA de seleccion resultara invalido". Asi mismo el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone: "Determinacion de las Caracteristicas Tecnicas: Las caracteristicas tecnicas deben incidir sobre los objetivos, funciones y operatividad de los bienes, servicios y ejecucion de obras requeridos. Las caracteristicas tecnicas deberan sujetarse a criterios de razonabilidad, y objetivos congruentes con el bien, servicio u obra requerido con su costo o precio. Los requerimientos sobre caracteristicas tecnicas de los bienes, servicios y ejecucion de obras tendran en cuenta las condiciones del mercado"; Que mediante Actas de Sesion Nºs. 004 y 005-2008 / ADS Nº 012-2008-UNMSM de fecha 30 de Octubre y 13 de noviembre respectivamente se postergaron los actos de MORDAZA de propuestas, evaluacion de propuestas tecnicas y economicas y otorgamiento de la Buena Pro finalmente para las fechas 02, 03 y 04 de diciembre del 2008 respectivamente; Que con Oficio Nº 005 y 006-CE-2008/ADS Nº 012-2008UNMSM, el Presidente del Comite Especial para la Conduccion del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva concerniente a la Adquisicion de Computadoras y Equipos Multimedia para la Facultad de Ciencias Matematicas solicita al Titular del Pliego de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, el Senor Rector, se declare la nulidad del MORDAZA de seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2008-UNMSM concerniente a la "ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMPUTO Y PROYECTORES MULTIMEDIA PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MATEMATICAS DE LA UNMSM" en el Item Nº 01:Computadoras, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por prescindir de las normas esenciales de procedimiento por lo que se sugiere se retrotraiga el MORDAZA de seleccion hasta la etapa de convocatoria; Que mediante Informe Nº 1497 y 1512-R-OGAL-2008, la Oficina General de Asesoria Legal concluye en atencion a lo manifestado por el Comite Especial en el Acta de Sesion Nº 004-ADS Nº 012-2008-UNMSM y el Oficio Nº 006-2008 / ADS Nº 012-2008-UNMSM, del Presidente del Comite Especial que senala que: "la omision de la Tarjeta de Video

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