Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2008 (07/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
CONCEPTO

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2008

SANCIONES EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE CODIGO PEQUENO COMERCIO (Puestos, Kioscos y otros) INDUSTRIAS ESTABLECIMIENTO DISTRIBUIDOR O COMER, Y OTRAS COMERCIAL Y/O Y SERVICIO SANCIONES SERVICIOS MAYORISTAS MAYORES

MORDAZA MORDAZA Por arrojar residuos solidos de cualquier origen en zonas de cultivo. Por arrojar y regar zonas de cultivo con residuos liquidos de origen industrial peligroso y no peligroso Por arrojar residuos solidos de cualquier origen en MORDAZA, acequias y MORDAZA de agua para regadio Por ocupar la faja marginal, cauce natural del Rio Chillon, con actividades incompatibles con la MORDAZA y entorno paisajistico de la MORDAZA Por arrojar residuos liquidos de cualquier origen en MORDAZA, acequias y MORDAZA de agua para regadio Por dejar abandonado objetos inservibles o vehiculos en desuso, en zonas de cultivo Por dejar abandonado productos vencidos o adulterados en zonas de cultivo. Por ocupar indebidamente zonas agricolas, sin autorizacion de municipal Por edificar y construir ilegalmente en zonas de cultivo, sin licencia municipal Por arrojar residuos solidos y liquidos a MORDAZA de agua superficial y subterranea como los MORDAZA y pozos Por causar impactos ambientales negativos a la faja marginal y cauce natural del Rio Chillon y el entorno paisajistico Por realizar actividades incompatibles con la zonificacion MORDAZA del distrito Por no darle mantenimiento periodico a los MORDAZA de regadio. (Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos es competencia del sector agricultura). Por no tener los permisos de SENASA para la crianza adecuada de aves animales (granjas). OPERACIONES INDUSTRIALES Y ACTIVIDADES EXTRACTIVAS Por no contar con Estudio de Impacto Ambiental EIA, DIA, aprobado por el sector correspondiente para iniciar sus operaciones Por no contar con PAMA, aprobado por el sector correspondiente para realizar sus operaciones Por operar sin cumplir con lo establecido en el PAMA aprobado por el sector competente Por extraccion informal de materiales no metalicos y causar riesgos a la salud. Por abandonar actividades extractivas y no cumplir con el Plan de Cierre establecido en el PAMA Por abandonar actividades extractivas y economicas productivas que causen alteraciones al ambiente Por carecer de resolucion suprema para tener derecho minero titulado en MORDAZA MORDAZA y de expancion MORDAZA Por carecer de certificacion ambiental para extraer material metalico y no metalico Por carecer de certificacion ambiental para el funcionamiento de plantas de beneficio Por alterar la calidad de suelo con elementos fisicos y quimicos. Por no cumplir con los estandares de calidad ambiental limites maximos permisibles en las actividades de industritextil, fundicion y ceramica. RUIDOS Por producir ruidos molestos en la via publica que perturben al vecindario (parlantes, equipos de sonido, bocinas, motores, megafonos, sirenas, silbatos, petardos y otros.) Producir ruidos que excedan los de 65 decibeles en lugar residencial en el horario de 07:01 a 22:00 y 60 decibeles en el horario de 22:00 a 07:00 horas. Producir ruidos de 60 decibeles de 07:01 a 22:00 y 55 decibeles de 22:01 a 07:00 en zonas circundantes hasta 100 metros de centros hospitalarios en general Producir ruidos en MORDAZA comercial que excedan 70 decibeles en locales comerciales en el horario de 07:01 a 22:00 y de 65 decibeles en el horario de 22:00 a 07:00 horas Producir ruidos en MORDAZA industrial que excedan 75 decibeles en horarios de 07:01 a 22:00 horas y de 65 decibeles en el horario de 22:01 a 07:00 AM AREAS NATURALES Y PATRIMONIO CULTURAL Por alterar MORDAZA natural de MORDAZA con actividades incompatibles con la MORDAZA paisajistica del lugar Por no contar con el permiso de INRENA para realizar actividades en zonas naturales del distrito. Por depredar especies, de fauna y MORDAZA de las areas naturales del distrito Por depredar la tierra y fomentar las excavaciones clandestinas y realizar otras actividades que pongan en riesgo el entorno del patrimonio cultural distrital Por arrojar e incinerar residuos solidos, liquidos y convertir en letrinas informales los monumentos historicos del distrito. Por realizar pintas e inscripciones y colgar letreros informales en los monumentos historicos del distrito Por apropiacion de enseres de bienes patrimoniales e historicos del distrito. Por no contar con el permiso del INC para la modificacion y restauracion de los monumentos historicos Por no contar con el permiso del INC para realizar e iniciar actividades extractivas, que danen zonas arqueologicas del distrito. 80% 80% 90% 1 UIT 80% 90% 90% 30% 2 UIT 90% 90% 1 UIT 2 UIT 90% 1 UIT 1 UIT 40% 3 UIT 1 UIT 1 UIT 2 UIT 3 UIT 1 UIT 2 UIT 2 UIT 50% 4 UIT 30% 35% 35% 30% 40% 40% 50% 50% 50% 60% 50% 60% 60% 65% 70% 2.5 UIT 3 UIT 2 UIT 3 UIT 3 UIT 3.5 UIT 3 UIT 6 UIT 5 UIT 4 UIT 2 UIT 2 UIT 10% 10% 10% 12% 5 UIT 5 UIT 7 UIT 7 UIT 8 UIT 7 UIT% 30% 15% 80% 30% 10% 10% 20% 20% 30% 8 UIT 35% 16% 90% 40% 10% 10% 25% 25% 35% 9 UIT 40% 18% 1 UIT 50% 10% 12% 30% 30% 40% 1 UIT 40% UIT 20% UIT 50% UIT

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