Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2008 (07/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece en su articulo 79° inciso 3) numeral 3.1; que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tienen la funcion especifica de aprobar el plan MORDAZA rural o distrital, con sujecion al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia y como funciones especificas de la Municipalidad Provincial - Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial. Que, de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones, en su articulo 39° senala que el Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos y sus modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA debera de tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y en su articulo 40° indica que una vez aprobado el Planeamiento Integral tendra caracter obligatorio debiendo inscribirse en los Registros Publicos. Que, mediante Ordenanza Nº 090-MDA de fecha 22 de septiembre de 2005, se aprueba el Planeamiento Integral de Modulos Viales ubicados en el Sector Catastral 32 y 33 denominado Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA Gamez y Ampliaciones, del Distrito de Ate, que incluye la aprobacion del Plano signado con el Nº 006-2005-SGPUC-GDU/MDA. Que, en la jurisdiccion del Distrito de Ate, como una de sus funciones especificas es el ordenar el espacio MORDAZA como el medio principal que debera reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de sus pobladores. Es por eso, que el suelo en el que se desarrollan dichas actividades urbanas debera ser habilitado de manera tal que garantice el optimo funcionamiento de sus edificaciones y los espacios urbanos, considerando que el fin del Planeamiento Integral es el ordenamiento de las zonas que se han determinado espontaneamente y que cuentan con el saneamiento fisico legal de COFOPRI; por lo que se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA en mencion con la propuesta del Plan Integral segun las necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados. Que, mediante la aprobacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas del diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas ­ R.M. N° 70579-VC-5500 del 03 de diciembre de 1979 y el Reglamento de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector y a pedido de las diferentes Organizaciones que conforman el Consejo Ejecutivo de MORDAZA MORDAZA Gamez, quienes han manifestado la necesidad de modificar y ampliar el Planeamiento Integral con la finalidad que el mismo sirva para las gestiones que correspondan a la implementacion y/o ejecucion de proyectos de infraestructura MORDAZA (Pavimentacion de pistas y veredas, electrificacion, MORDAZA de contencion u otros), asi como para el ordenamiento de las actividades urbanas con fines de Recreacion Publica, Parques y Jardines en MORDAZA MORDAZA Gamez. Que, la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro ha revisado el Planeamiento Integral de MORDAZA MORDAZA Gamez y Ampliaciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 090-MDA; viendose en la necesidad de realizar la Inspeccion Ocular al area de terreno de 992,260.20 m2. (99.22 ha.) de area. Encontrando organizaciones formalizadas por COFOPRI que cuentan con ampliaciones, nuevos Asentamientos Humanos que cuentan con planos visados para servicios basicos por la Sub Gerencia, secciones de via que no corresponde al Planeamiento integral aprobado. Concluyendo tecnicamente realizar la Modificacion y Ampliacion del Planeamiento Integral de MORDAZA MORDAZA Gamez a nivel de diseno de los modulos viales en planta, cortes; considerando la consolidacion fisica existente. El cual esta conformado por 48 organizaciones, entre formalizadas por COFOPRI y reconocidas por la Municipalidad, dentro de los Sectores Catastrales Nº 32 y Nº 33. Que, la modificacion y ampliacion del Planeamiento Integral de MORDAZA MORDAZA Gamez, se realizo basado en el cruce de informacion cartografica del IGN, COFOPRI y el SAN (Servicio Aerofotografico Nacional) adecuandolo a la situacion fisica existente; la modificacion de los modulos

viales, incorporacion de organizaciones y ampliaciones al planeamiento. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la sesion de concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 090-MDA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES DE LAS VIAS PRINCIPALES Y SECUNDARIAS DE LOS TERRENOS UBICADOS EN EL SECTOR CATASTRAL Nº 32 Y Nº 33 Articulo 1°.- APROBAR la Modificacion de la Ordenanza Nº 090-MDA, conforme al Plano Signado con el N° 016-2008-PI-SGPUC-GDU/MDA, y N° 016A2008-PI-SGPUC-GDU/MDA; que forman parte integrante de la presente Ordenanza correspondiente al MORDAZA Planeamiento Integral de los Sectores Catastrales Nº 32 y Nº 33 denominado MORDAZA MORDAZA Gamez; que comprende el diseno de las redes y sus componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica - Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades. Articulo 2°.- SUSTITUYASE el Plano N° 006-2005SGPUC-GDU/MDA y sus anexos que forman parte de la Ordenanza Nº 090-MDA, por los planos aprobados en el articulo primero de la presente Norma. Articulo 3.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaria de Imagen Institucional se difunda la presente Ordenanza y los planos que forman parte de ella. Articulo 5°.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion, para su conocimiento y fines. Articulo 6°.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA de las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en MORDAZA MORDAZA Gamez, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 7°.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 287420-1

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