Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2008 (07/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. VISTO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2008

Visto en sesion ordinaria de Concejo Municipal de fecha 03 de diciembre del 2008, el contenido del Informe Legal Nº 119-2008-MDPL/AJ, sobre Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, por las causales de desabastecimiento inminente y urgencia, para la ejecucion de la obra: "Red Secundaria de Electrificacion de Huacay"; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. C) del Art. 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente y urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley. Que, el Art. 21° del Decreto Supremo N° 083-2004PCM, establece que el desabastecimiento inminente es "aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda". Que, la causal descrita precedentemente guarda relacion con lo normado en el Art. 141° del Dec. Supremo N° 084-2004-PCM, que en su 2do paragrafo establece: "la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos..."; cuyo requisito es de aplicacion en el presente caso, toda vez que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, tiene previsto ejecutar la obra: Red Secundaria de Electrificacion de Huacay; todo ello MORDAZA de la finalizacion del ano fiscal 2008, adelantandose a la llegada de las lluvias que arrecian en la MORDAZA, por contar con recursos economicos, y atender de esa forma los requerimientos de los pobladores ubicados en los lugares donde se van a ejecutar los trabajos, con la finalidad de integrarlos en los beneficios de la Electrificacion Rural, en forma generalizada a nivel del distrito de Pueblo Libre. Que, en tal sentido, la adquisicion y la exoneracion del MORDAZA de seleccion, debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, cumpliendo con las exigencias del

Inc."C" del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, disponiendose el cumplimiento del Art. 148º del D.S., MORDAZA referido; en cuyo caso, la adquisicion debe ser inmediata y con caracter de definitivo, para la suscripcion del contrato respectivo por el Titular del Pliego, por no ser procedente un MORDAZA MORDAZA de seleccion en adelante. Que, asimismo, debera tenerse presente lo que dispone el Inc. 2 del Art. 150º del Decreto Supremo Nº 084-2004 PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneracion no son impugnables. Por las consideraciones expuestas, de conformidad con los Arts. 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, por UNANIMIDAD del pleno de regidores; SE ACUERDA:

Primero.- APROBAR el contenido del Informe Legal Nº 0119-2008-MDPL/AJ, en todos sus terminos, para los fines de ley. Segundo.- Se acuerda la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por las causales de desabastecimiento inminente y urgencia, para la ejecucion de la obra: "Red Secundaria de Electrificacion de Huacay", por un valor referencial de S/. 198,520.84 nuevos soles (CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTE CON 84/100 NUEVOS SOLES), el cual sera abonado con recursos de FONCODES, en un monto de S/. 70,000.00 nuevos soles, y que se complementara con un monto de S/. 128,520.84 nuevos soles (Ciento veintiocho mil quinientos veinte con 84/100 nuevos soles), realizandose anulaciones y creditos necesarios, con recursos del Canon sobre Canon. Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art.148º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004 PCM; cuya ejecucion de la obra tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el Titular del Pliego, al no ser procedente en adelante un MORDAZA MORDAZA de seleccion. Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal y el informe legal que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASQUEZ. MORDAZA de la Municipalidad Dist. de Pueblo Libre 287262-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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